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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (25/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de abril de 2008 371271 Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica (en adelante la “Ley”), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros años de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribución (en adelante “Distribuidoras”) podrán convocar a licitaciones, con una anticipación menor a tres (3) años para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no será mayor a cinco (5) años; Que, el numeral 6.2 del Artículo 6º de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitación, modelos de contrato, términos y condiciones del proceso de licitación, fórmulas de actualización de precios fi rmes y supervisar su ejecución; Que, la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/CD (en adelante “Norma Lineamientos”) es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009, en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley; Que, con fecha 13 de julio del año 2007, la empresa Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. (en adelante “COELVISAC”) publicó en su página Web y en un diario de circulación nacional su intención de iniciar un proceso de licitación pública para la contratación de suministro de potencia y energía. Como consecuencia de dicha manifestación, ninguna empresa manifestó su intención de incorporarse al procedimiento al amparo del Artículo 4.3 de la Ley; Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN Nº 666- 2007-OS/CD y Nº 750-2007-OS/CD, se aprobaron, respectivamente, las Bases y Bases Integradas para la Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la empresa COELVISAC en primera convocatoria; realizándose, el día 27 de diciembre de 2007 el acto público de presentación de propuestas y adjudicación de la buena pro. Como consta en el acta del acto público, no se presentó ninguna oferta por lo que el Comité de Adjudicación declaró desierto el proceso en forma total; Que, posteriormente, mediante Resoluciones OSINERGMIN Nº 027-2008-OS/CD y Nº 060-2008-OS/CD, se aprobaron, respectivamente, las Bases y Bases Integradas para la Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la empresa COELVISAC en segunda convocatoria; efectuándose, con fecha 12 de febrero de 2008, el acto público de presentación de propuestas y adjudicación de la buena pro. Como consta en el acta del referido acto público, no se presentaron ofertas, por lo que el Comité de Adjudicación declaró desierto el proceso en forma total; Que, subsiguientemente, mediante Resoluciones OSINERGMIN Nº 275-2008-OS/CD y Nº 327-2008-OS/CD, se aprobaron, respectivamente, las Bases y Bases Integradas para la Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la empresa COELVISAC en tercera convocatoria; efectuándose, con fecha 8 de abril de 2008, el acto público de presentación de propuestas y adjudicación de la buena pro. Como consta en el acta del referido acto público, no se presentaron ofertas, por lo que el Comité de Adjudicación declaró desierto el proceso en forma total; Que, mediante carta COI-0958-2008/G.G., recibida el 22 de abril del presente, COELVISAC presenta su Propuesta de Bases para la Cuarta Convocatoria a Licitación Pública; Que, la propuesta de Bases ha sido desarrollada tomando en cuenta las Bases Integradas aprobadas mediante Resolución OSINERGMIN Nº 327-2008-OS/CD, manteniéndose los requerimientos de potencia no cubiertos en la Tercera Convocatoria; Que, adicionalmente, en aplicación de lo señalado en el numeral 3.12 de la Norma Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitación, para cuya determinación se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolución OSINERGMIN Nº 168-2007-OS/CD que fi jó los Precios en Barra para el período mayo 2007 - abril 2008; Que, se han emitido el Informe Nº 0216-2008-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Nº 0215-2008-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, en los que se analizan las modifi caciones propuestas y el proyecto de Bases remitido por las Licitantes. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en este sentido, no habiéndose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Cuarta Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica” (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectúen hasta el 24 de julio de 2009 en el marco de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energía para los Puntos de Medición o Barras de Entrega comprendidos en las Bases señaladas en el Artículo 2º: Punto de SuministroBarra de Entrega y MediciónFactores Nodales de PotenciaFactores Nodales de Energía Horas Punta Horas Fuera de Punta Villacurí Villacurí 60 kV 1,0743 1,0036 1,0487Lambayeque Illimo 22,9 kV 1,0693 0,9619 1,0350 Motupe 10 kV 1,0693 0,9619 1,0350 Andahuasi Andahuasi 22,9 kV 1,0565 0,9951 1,0345 Artículo 2º.- Aprobar las Bases para la Cuarta Convocatoria a Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 193017-1 Prorrogan plazo para presentación de sugerencias y observaciones al proyecto de modificación de la “Base Metodológica para la aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 368-2008-OS/CD Lima, 24 de abril de 2008 VISTO: El Memorando Nº GFE-489-2008 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, la prórroga del plazo de presentación de sugerencias y observaciones al proyecto de modifi cación de la “Base Metodológica para la aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos” establecido en el artículo 1º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 229-2008-OS/CD. CONSIDERANDO:Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores Descargado desde www.elperuano.com.pe