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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de abril de 2008 371292 Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Corea, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 25 al 30 de abril de 2008, embarcado en el puerto coreano de Busan en el BAP “Mollendo” para participar del viaje de instrucción al Extranjero VIEX 2008. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 193855-3 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el nuevo “Formato de Personal Beneficiario del D.U. Nº 037-94” a que se refiere el D.S. Nº 058-2008-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2008-EF/43 Lima, 25 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007 se constituye el Fondo denominado “Fondo DU Nº 037-94”, de carácter intangible, orientado al pago de deudas por concepto del benefi cio establecido en el Decreto de Urgencia Nº 037-94, por un monto ascendente a cien millones y 00/100 nuevos soles (S/.100 000 000,00); Que, por Decreto Supremo Nº 012-2008-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº034-2008-EF, se establecen los procedimientos orientados a determinar y realizar el pago de las deudas con cargo al “Fondo DU Nº 037-94”, que comprende, entre otros aspectos, montos, requisitos, sustentación documentaria, plazos y cronogramas para los respectivos abonos a ser efectuados con cargo al Fondo; Que, con el Decreto Supremo Nº 058-2008-EF se modifi ca las normas reglamentarias del Decreto de Urgencia Nº 051-2007, estableciendo en su artículo 9º que el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a aprobar el nuevo “Formato de Personal Benefi ciario del DU Nº 037-94” para el registro de la información requerida, dentro del marco del Decreto de Urgencia Nº 051-2007; Que, dentro de los datos necesarios para efectuar válidamente el pago es necesario que el Pliego apruebe no sólo los montos pendientes de pago al 31 de diciembre de 2007 a favor de los benefi ciarios del “Fondo DU Nº 037-94”, sino que además deben determinar las cargas sociales y otros que consoliden los descuentos a realizar respecto a cada benefi ciario; por lo que dicha información debe integrarse en el nuevo “Formato de Personal Benefi ciario del DU Nº 037-94”; De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 051- 2007 y el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 058-2008-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el nuevo “Formato de Personal Benefi ciario del DU Nº 037-94”, a que hace mención el Decreto Supremo Nº 058-2008-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas DESCRIPCION DE CAMPOS Nº.-Número correlativo de benefi ciarios. Sec. Ejec..- Mnemónico de la Ejecutora, según codifi cación del SIAF. Tipo Dcto. .- Tipo de documento de identidad. Núm. Dcto. .- Número de documento de identidad. Apellido Paterno .- Apellido paterno del benefi ciario. Apellido Materno .- Apellido materno del benefi ciario. Nombres .- Nombres del benefi ciario. Banco .- Entidad Financiera donde se realiza el pago de la remuneración o pensión del personal activo o cesante. Número Cuenta Bancaria .- Número de cuenta bancaria que se utiliza para el pago de las remuneraciones o pensiones del personal activo o cesante. Tipo Personal .- Según el clasifi cador de persona 1. Régimen Laboral .- Según clasifi cador 1. Condición Laboral Actual .- Según clasifi cador 1. Grupo Ocupacional .- Según clasifi cador 1. Nº Exped. Judicial .- Número del expediente que cuente con Sentencia Judicial con calidad de cosa juzgada emitida por el órgano jurisdiccional competente, relacionada al DU. Nº 037-94. Nº Resol. Reconoc. de Deuda .- Número de la Resolución del Titular del Pliego en virtud del cual se reconoce la deuda proveniente de la Sentencia Judicial con calidad de cosa juzgada relacionada al DU. Nº 037-94. Fecha de Resol. .- Fecha de la Resolución del titular del Pliego en virtud del cual se reconoce la deuda proveniente de la Sentencia Judicial relacionada al DU. Nº 037-94. Cant. meses .- Número de meses que se adeuda al benefi ciario. Monto Reconoc. Pliego. .- Importe de la deuda reconocida en Resolución del Titular del Pliego. Monto Amortizado Pliego .- Importe acumulado de deuda atendida. Monto Pendiente de Pago al 31.12.2007 .- Importe pendiente de pago = Monto Reconocido – Monto Atendido. No incluye intereses. Cargas Sociales y Otros Descuentos: Importe de las cargas sociales y sentencias judiciales que gravar el Monto Pendiente de Pago al 31.12.2007 Monto a Pagar .- Monto Pendiente de Pago al 31.12.2007 (–) Cargas Sociales y Otros Descuentos. Datos Referenciales: Monto Interés .- Importe de los intereses generados por la deuda al 31.12.2007 1.- Directiva 012-06-MEF/76.01 “Directiva para el registro de información y adecuación en el MCPP-SNP del SIAF-SP”, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en Separata Especial del 10 de junio de 2006 (Pág. 320979 al 320990). Adicionalmente se encuentra publicada en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe Descargado desde www.elperuano.com.pe