Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2008 (26/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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371323

SE RESUELVE:

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS
Modifican conformacion del Consejo Regional de Turismo Amazonas CORETUR AMAZONAS
ORDENANZA REGIONAL Nº 206 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de marzo del 2008, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, las regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo prescribe el Art. 197º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional; definicion que guarda relacion con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y correspondencia con el Art. 15º, Inc. a) del mismo cuerpo normativo, que senala como una de las atribuciones del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; constituyendo por lo tanto atribucion del Gobierno Regional, a traves del Consejo Regional y previo los procedimientos establecidos, aprobar la creacion del Consejo Regional de Turismo Amazonas, en concordancia con el Articulo 38º de la acotada Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, segun el Art. 63º, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, como parte de las funciones del Gobierno Regional en materia de turismo, senalado en su Inc. a), esta la de "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de desarrollo de la actividad turistica regional, en concordancia con la politica general del gobierno y los planes Sectoriales"; y en el Inc. c): la de "Aprobar Directivas relacionadas con la Actividad Turistica, asi como criterios tecnicos que aseguren el cumplimiento de objetivos y metas que se derivan de los lineamientos de la politica nacional de turismo"; postulados entre otros, que amparan el proposito de implementar los lineamientos necesarios para propiciar el concurso de las entidades pertinentes, en el desarrollo de las actividades turisticas de nuestro ambito regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 069-2004GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 26 de noviembre del 2004, se APROBO la creacion del Consejo Regional de Turismo Amazonas, integrado por representantes acreditados del sector publico y privado, vinculados directa o indirectamente con el desarrollo de actividades turisticas, para trabajar de manera coordinada y concertada con la Direccion Regional de Turismo; Que, siendo necesario conseguir un optimo nivel de consenso y compromiso mediante alianzas estrategicas entre el sector publico y el sector privado, para garantizar la continuidad y sostenibilidad del turismo interno y receptivo, que permita convertir a Amazonas en una region lider con cambios sustanciales bajo criterios tecnicos que se deriven de los lineamientos de la Politica Nacional de Turismo; la DIRCETUR Amazonas ha considerado conveniente incrementar el numero de actores que conforman el Consejo Regional de Turismo Amazonas - CORETUR-A, en atencion a los acuerdos establecidos en la reunion de trabajo multisectorial sostenida el dia 10 de enero del ano en curso, por lo que se hace necesario emitir el acto administrativo correspondiente;

Articulo Primero.- Declarar la NULIDAD de oficio de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 011-2008-ZR Nº XII, Suministro de Combustible para vehiculos oficiales de la MORDAZA Registral Nº XII, Sede Arequipa". Articulo Segundo.- Disponer que la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº XII-Sede MORDAZA, implemente lo indicado en el MORDAZA considerando de la presente resolucion; asi como, disponga las acciones correspondientes con la finalidad de determinar las responsabilidades del caso. Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General de la Sede Central de la SUNARP, notifique la presente resolucion a: 1) la MORDAZA Registral Nº XII-Sede MORDAZA, en el domicilio legal correspondiente; y, 2) remita, via correo electronico, la respectiva resolucion, para que la referida MORDAZA Registral cumpla con publicar la misma en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese en el SEACE y en el Diario Oficial El Peruano; MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 193451-1

Delegan al Superintendente Adjunto la Presidencia del Consejo Nacional de Catastro del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 128-2008-SUNARP/SN MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de MORDAZA de 2004, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28294 que crea el Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial - SNCP; Que, el articulo 5º de la referida Ley senala que son organos del Sistema: El Consejo Nacional de Catastro, la Secretaria Tecnica y las Comisiones Consultivas; Que, el articulo 7º de la Ley Nº 28294, establece que el Superintendente Nacional de los Registros Publicos SUNARP, preside el Consejo Nacional de Catastro; Que, de conformidad con el literal s) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, es facultad de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos, delegar las atribuciones que estime conveniente en el Superintendente Adjunto de la SUNARP; Que, resulta conveniente delegar la presidencia del Consejo Nacional de Catastro del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial en el Superintendente Adjunto de la SUNARP; Estando a las consideraciones que anteceden, y de conformidad con lo dispuesto en el citado literal s) del articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, doctor MORDAZA MORDAZA Scheelje, la Presidencia del Consejo Nacional de Catastro del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 193450-1

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