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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (27/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371330 Artículo 4°.- Encargar el Despacho de la Ministra de Justicia a la doctora VERÓNICA ELIZABETH ZAVALA LOMBARDI, Ministra de Transportes y Comunicaciones, a partir del 2 de mayo de 2008 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 194099-3 Dejan sin efecto transferencia financiera de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Jesús María autorizada por R.M. Nº 412-2005-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2008-PCM Lima, 24 de abril de 2008Visto, el Memorándum Nº 129-2008-PCM/CMAN del Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Políticas del Estado en los Ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional - CMAN; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 412-2005-PCM, se autorizó una transferencia fi nanciera de recursos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros a favor de distintas entidades públicas, entre ellas, a la Municipalidad Distrital de Jesús María, hasta por la suma de S/. 200 000,00; Que, por Acuerdo de Consejo Nº 012-2007-MDJM, la Municipalidad Distrital de Jesús María ha procedido a consignar ante el 5º Juzgado Especializado en lo Civil la cantidad de S/. 205 231,84 a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, correspondiente al importe del fondo transferido y no utilizado, así como a los intereses devengados; Que, en razón de lo indicado, resulta pertinente dejar sin efecto la transferencia dispuesta mediante la Resolución Ministerial Nº 412-2005-PCM a favor de la mencionada Municipalidad Distrital; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto, la transferencia fi nanciera de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Jesús María hasta por S/. 200 000,00, autorizada por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 412-2005-PCM. Los demás extremos que comprende el citado dispositivo, continúan vigentes. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Ofi cina General de Administración y a la Procuraduría Pública a efectos adoptar las acciones administrativas, presupuestales y judiciales a que hubiere lugar. Regístrese comuníquese y publíquese.JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 193519-1Establecen requisitos y condiciones para que notarios participen en el servicio de constitución de empresas a través del Sistema Integrado de Servicios Públicos Virtuales (SISEV) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 137-2008-PCM 24 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2007-PCM, se estableció el uso de la Ventanilla Única del Estado a través del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE), y se creó el Sistema Integrado de Servicios Públicos Virtual (SISEV) para acceder mediante éste a la Ventanilla Única del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2007-PCM, se dictaron las disposiciones referidas a la participación de los Notarios en el servicio de constitución de empresas a través del Sistema Integrado de Servicios Públicos Virtuales (SISEV) de la Ventanilla Única del Estado; Que, conforme lo establece el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 058-2007-PCM, cada Colegio de Notarios presentará a aquellos Notarios que cumplan con los requisitos y condiciones de capacitación previa y la infraestructura física y tecnológica sufi ciente, para su participación en el SISEV; Que, es necesario establecer los requisitos y condiciones de capacitación y de infraestructura física y tecnológica sufi ciente, para que los Notarios participen en el servicio de constitución de empresas a través del SISEV; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM - Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, y lo establecido mediante Decreto Supremo Nº 058-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- De la infraestructura física y tecnológica sufi ciente. Los Notarios que opten por participar en el Servicio de Constitución de Empresas mediante el Sistema Integrado de Servicios Públicos Virtuales (SISEV) a través de la Ventanilla Única del Estado, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 019-2007-PCM, y del Decreto Supremo Nº 058-2007-PCM, deberán contar como mínimo, con la siguiente infraestructura física y tecnológica: 1.1 Una computadora personal con las siguientes características: 1.1.1 Pentium IV como mínimo o superior; 1.1.2 512 Mb de memoria RAM; 1.1.3 Disco duro de 80 GB;1.1.4 Tarjeta de red de 100 MBps;1.1.5 Lectora de CD;1.1.6 Navegador de Internet (Internet Explorer, Mozilla, Opera); 1.1.7 Software antivirus actualizado; y,1.1.8 Firewall personal. 1.2 Una impresora láser o de inyección de tinta; 1.3 Acceso a Internet, para uso exclusivo de la computadora personal, con las características siguientes: • 500 Kbps en ADSL; ó, • 256 Kbps con overbooking de 3:1 en línea dedicada 1.4 Un token para impresión de códigos de seguridad en los Partes de Constitución de Empresas, lector y tarjeta criptográfi ca. 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