Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (27/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371338 Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Dora María de los Angeles Salazar Roncagliolo Vda. de Watkins, Directora General de Control de Drogas, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 30 de abril al 02 de mayo de 2008, para integre la Delegación peruana que participará en el 43º Período de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA). Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participación en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Dora María de los Angeles Salazar Roncagliolo Vda. de Watkins 1,390.40 220.00 3+1 880.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido Período de Sesiones, la mencionada funcionaria diplomática deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 189959-1 SALUD Aprueban Directiva Administrativa “Sistema de Información de la Campaña de Vacunación para el Control Acelerado de Hepatitis “B” - 2008” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2008/MINSA Lima, 18 de abril del 2008Visto el Expediente Nº 08-019699-001 que contiene el Memorándum Nº 091-2008-2008-DG-OGEI/MINSA de la Ofi cina General de Estadística e Informática; CONSIDERANDO: Que, el desarrollo e integración de procesos y sistemas de información sectoriales, constituye uno de los objetivos funcionales del Ministerio de Salud;Que, por Resolución Ministerial Nº 610-2007/MINSA se aprobó la Directiva Sanitaria Nº 014-MINSA/DGSP-V.01: “Esquema y Calendario Nacional de Vacunación”, que incluye la realización de la actividad complementaria Campaña de Vacunación para el Control acelerado de Hepatitis “B”; Que, acorde a sus funciones, la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones, es responsable del correcto desarrollo de la campaña y del cumplimiento de las metas programadas para la misma; Que, a fi n de contar con información oportuna y confi able sobre el desarrollo de la Campaña de Vacunación, es necesaria la implementación de un Sistema de Información que permita recoger y procesar información detallada sobre los avances de la misma; Que, el correcto funcionamiento del Sistema de Información depende del soporte técnico, la participación y colaboración efi caz de las partes involucradas, representadas en la Ofi cina General de Estadística e Informática, la Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones, y quiénes hagan sus veces en los niveles regional y local; Que, a fi n de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema de Información para la Campaña de Vacunación para el Control acelerado de Hepatitis “B” es necesario defi nir normas que regulen la participación de las partes involucradas; Que, en ese sentido, mediante documento del visto la Ofi cina General de Estadística e Informática ha propuesto para su aprobación la Directiva Administrativa “Sistema de Información de la Campaña de Vacunación para el control acelerado de Hepatitis “B” - 2008; Con el visado de los Directores Generales de la Ofi cina General de Estadística e Informática, de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 del Ministerio de Salud. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 129-MINSA/DGSP-OGEI V.01: “Sistema de Información de la Campaña de Vacunación para el Control Acelerado de Hepatitis “B” – 2008”, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La Ofi cina General de Estadística e Informática y la Dirección General de Salud de las Personas son responsables de la difusión, implementación y supervisión del cumplimiento de la citada Directiva. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, son responsables de la difusión, implementación, supervisión del cumplimiento y aplicación de la citada Directiva, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Ofi cina General de Comunicaciones publicará la presente Resolución en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/portal/06transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNAN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 193614-1 Designan Coordinadora Nacional del Sistema de Referencia y Contrarreferencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2008/MINSA Lima, 22 de abril del 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe