Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2008 (27/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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VISTO: el Informe Nº 000196-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC, de la Subgerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000075-2008-GRC/ RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO:

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje de fiscales a Republica Dominicana para participar en la Primera Pasantia Internacional 2008
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 503-2008-MP-FN MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 378-2008-MP-FN, de fecha 25 de marzo de 2008, se aprueba la suscripcion del "Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional para la Transferencia Financiera", con el fin de fortalecer las Fiscalias Provinciales Especializadas en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas ­ Plan de Impacto Rapido ­ PIR 2008, entre el Ministerio Publico y el Consejo Ejecutivo de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas - DEVIDA; Que, el mencionado Convenio tiene por objeto establecer la cooperacion mutua para el MORDAZA de implementacion de la actividad "Fortalecimiento de Fiscalias Especializadas Antidrogas en la Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas ­ TID", el cual contribuira a alcanzar los objetivos planteados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas ­ ENLCD 2007-2011; Que, en el Plan de implementacion del Convenio, se ha programado el desarrollo de cuatro (04) Pasantias Internacionales, en las que participaran Fiscales Penales, Mixtos y Especializados con competencia en materia de Trafico Ilicito de Drogas a nivel nacional; Que, el Ministerio Publico como Unidad Ejecutora, es responsable de la ejecucion de las actividades contempladas en el Plan de Impacto Rapido ­ PIR 2008 por lo que resulta pertinente aprobar la ejecucion y participacion de los senores Fiscales a nivel nacional; Que, es preciso otorgar la autorizacion correspondiente a los miembros del Ministerio Publico que participaran en las citada pasantia, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 21 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 110, literal a) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM "Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico", corresponde otorgar licencia con goce de remuneraciones por capacitacion oficializada; Conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 27619 que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 28807 que establece que los viajes oficiales al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos se realicen en clase economica; Con los vistos de Gerencia General, Gerencias Centrales de Finanzas y Logistica, Oficina de Asesoria Juridica y Escuela del Ministerio Publico "Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Roedel", y; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la realizacion de la Primera Pasantia Internacional 2008, a desarrollarse en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica Dominicana, del 28 de MORDAZA al 2 de MORDAZA de 2008, en la sede de la Procuraduria General. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la participacion de los senores Fiscales de los Distritos Judiciales de MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y Tacna, segun el siguiente detalle: Fiscal Adjunta Suprema Provisional: MORDAZA Edi Galvan Calle; DISTRITO JUDICIAL DE LIMA: Fiscal Provincial Titular:

Que, por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, conforme al cual, el Sistema Registral esta conformado por los organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos de inscripcion, encontrandose encargadas, las Oficinas Registrales, del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina Registral que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refieren los Informes del Visto, ha formalizado expediente para delegacion de funciones registrales, el cual ha sido calificado positivamente por la Subgerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional respectiva; Que, el Articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada Comunidad MORDAZA debe existir una Oficina de Registro de Estado Civil, disponiendo el Art. 262º del Codigo Civil que el matrimonio en las Comunidades Nativas, se tramita y celebra ante un Comite Especial, respecto a lo cual, la Comunidad MORDAZA Ugarte no ha presentado Acta de Conformacion de dicho Comite, por lo que la remision de libros para ese efecto, se efectuara una vez que se acredite la conformacion acotada; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Ugarte, distrito de Manseriche, provincia de Datem del Maranon, departamento de Loreto. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA referida, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Subgerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento y Defuncion, a la Oficina Registral, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; correspondiendo a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4º.- La Subgerencia acotada, proveera los Libros de Matrimonio, a la Oficina Registral senalada, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se conforme el Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262º del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 192411-4

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