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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (30/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371553 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2008-MDSM San Miguel, 21 de abril de 2008 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELCONSIDERANDO:Que, con fecha 10 de mayo de 1920 el Presidente de la República Augusto B. Leguía promulgó la Ley Nº 4101, mediante la cual se creó el distrito de SAN MIGUEL; Que, en el mes de mayo del presente año se celebra el Octogésimo Octavo Aniversario de dicha Creación Política, siendo pertinente evocar la Historia del distrito y compartir con la población un encuentro cívico que eleve el espíritu para rea fi rmar el compromiso de desarrollo y progreso vecinal; Que, en este sentido, resulta importante y necesario que la ciudadanía sanmiguelina se mani fi este por tan magna efemérides, expresándose cívicamente con ejemplares actitudes de buena vecindad; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de SAN MIGUEL, desde el día 1 hasta el 31 de mayo del año 2008, con ocasión de conmemorarse el 88º Aniversario de Creación Política. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria de Imagen Institucional y la Gerencia de Policía Municipal y Control de la Ciudad el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 194748-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de beneficios tributarios contenidos en la Ordenanza Nº 023-MSS y modificatorias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2008-MSS Santiago de Surco, 29 de abril de 2008 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO: VISTOS: Los Informes Nº 226-2008-GAT-MSS, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; Informe Nº 051-2008-SGFT-GAT-MSS, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y el Informe Nº 420-2008-OAJ-MSS, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de los beneficios tributarios contenidos en las Ordenanzas Nº 023-MSS, Nº 039-MSS y Nº 072-MSS;CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú dispone en su artículo 194º que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; y en concordancia con el artículo 41º del mismo cuerpo legal, los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, con fecha 23 de marzo de 2008, se publicó la Ordenanza Nº 302-MSS, mediante la cual se deroga la Ordenanza Nº 023-MSS, modi fi cada por la Ordenanza Nº 039-MSS y Ordenanza Nº 072-MSS que crea la cédula de regularización para el registro de información y trámites municipales de predios de contribuyentes, en el extremo referido a los bene fi cios otorgados en materia administrativa; manteniéndose vigentes los bene fi cios tributarios contenidos en las mismas, hasta el 30 de abril de 2008; salvo que se establezca la prórroga de los mismos; Que, el artículo 5º de la citada ordenanza, faculta al Alcalde para que pueda prorrogar la vigencia de los bene fi cios tributarios contenidos en la Ordenanza N° 023- MSS, mediante decreto de alcaldía; Que, mediante Informe Nº 051-2008-SGFT-GAT-MSS, de fecha 17 de abril de 2008, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, se comunica que existe una buena disposición de los contribuyentes para acogerse a la Campaña de Regularización Tributaria para predios y/o construcciones no declaradas, con los bene fi cios tributarios de la Ordenanza Nº 023-MSS, por lo que recomienda, prorrogar la vigencia de los referidos bene fi cios a fi n de satisfacer la gran demanda de contribuyentes que de manera voluntaria desean regularizar su situación tributaria; En uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de mayo de 2008, la vigencia de los bene fi cios tributarios contenidos en la Ordenanza Nº 023-MSS y sus modi fi catorias. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Sistemas y Procesos, el cumplimiento del presente decreto de alcaldía, así como a la Ofi cina de Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances a los contribuyentes del distrito. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 194763-1 Designan Auxiliar Coactivo en la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, dependiente de la Gerencia de Administración Tributaria RESOLUCIÓN Nº 234-2008-RASS Santiago de Surco, 25 de abril del 2008 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: El Memorándum Nº 079-2008-A-MSS de Alcaldía, el Informe Nº 001-2008-CPAC-MSS, y Acta de fecha 11.02.2008 de la Comisión encargada del Concurso Público de Méritos para Designar a un Auxiliar Descargado desde www.elperuano.com.pe