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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (30/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371550 Artículo Tercero.- DISPONER que el Banco de Crédito del Perú, efectúe la publicación de esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente de noti fi cado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Cuarto.- Remitir los presentes actuados administrativos en copia certi fi cada a la Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su rati fi cación de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO VALDIVIA ZUÑIGA Gerente de Obras y Desarrollo Urbano 194279-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Disponen el embanderamiento general del distrito con ocasión de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina, El Caribe y la Unión Europea DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2008-MM EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO:Que, según lo dispuesto por el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales son entidades, básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; Que, entre los días 13 y 17 de mayo del presente año se llevará a cabo en nuestro país, la V Cumbre de Jefes de Estado de América Latina, el Caribe y la Unión Europea (ALC-UE)”, a la cual han asegurado su asistencia un total de 60 Jefes de Estado de las diferentes naciones que integran este foro; Que, Mirafl ores en su condición de ciudad turística, cosmopolita y en mérito a su calidad de “ciudad heroica”, ha sido elegida sede de diversas actividades relacionadas con el evento central que se vienen llevando a cabo desde el inicio del año; Que, a fi n de resaltar el carácter heroico y el fervor patriótico de la ciudad y en homenaje a los Jefes de Estado que asistirán a la “V Cumbre de Jefes de Estado de América Latina, el Caribe y la Unión Europea” se ha previsto el embanderamiento general del distrito; Que, la actual administración municipal de Mira fl ores, siendo respetuosa de los valores cívicos nacionales, está empeñada en promover y realzar aquellos eventos que nos permitan destacar y a fi anzar los sentimientos de peruanidad; En uso de la facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPÓNGASE el embanderamiento general del distrito de Mira fl ores entre el 1º y 31º de mayo del presente año, con ocasión de la “V Cumbre de Jefes de Estado de América Latina, el Caribe y la Unión Europea”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, entre el 13 y 17 de mayo de 2008. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Fiscalización y Control dar cumplimiento al presente Decreto. Dado en la Casa Consistorial de Mira fl ores a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil ocho. MANUEL MASÍAS OYANGURENAlcalde 194722-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aceptan y agradecen donación que será destinada a obras de iluminación del Parque Leite Ribeyro ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2008-MPL Pueblo Libre, 17 de abril de 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO LIBREPOR CUANTO:En Sesión Ordinaria Nº 07 de la fecha; y,VISTO: El Dictamen Nº 021-2008-MPL/CPL- CPAFP de la Comisión Permanente de Administración, Finanzas y Presupuesto del Concejo Municipal de Pueblo Libre; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 20) del artículo 9° la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala como una de las funciones de los Concejos Municipales, el aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, mediante Expediente Nº 5169-2008 Odebrecht Perú Ingeniería y Construcción S.A.C., realiza una donación de S/. 20,705.25 (Veinte Mil Setecientos Cinco y 25/100 Nuevos Soles) a fi n que sean destinados a las obras de iluminación del Parque Leite Ribeyro, ubicado en el distrito; Que, el Informe N° 086-2008-MPL-OA/UT de la Unidad de Tesorería, da cuenta del depósito del Cheque de Gerencia Nº 04379883 del Banco de Crédito por el importe S/. 20,705.25 (Veinte mil setecientos cinco y 25/100 Nuevos Soles) en la cuenta corriente Nº 000-5289696 Donaciones del Banco Scotiabank según papeleta de depósito Nº 050.003.0010; Que, asimismo la Ofi cina de Asesoría Jurídica según Memorando Nº 157-2008-MPL/OAJ opina que no existe inconveniente legal en que el Concejo Municipal acepte la donación efectuada; Que, resulta pertinente expedir el acto que formalice la aceptación de la donación para las subsecuentes acciones de control, así como el agradecimiento por la donación realizada a Odebrecht Perú Ingeniería y Construcción S.A.C.; En uso de las facultades conferidas por el numeral 20) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; Descargado desde www.elperuano.com.pe