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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de abril de 2008 371548 Regional de Ucayali, Abog. Jorge Velásquez Portocarrero, que contiene el Ofi cio Nº 085-2008-GRU-P de fecha 06/03/2008, sustentado por el señor Rafael Pinedo Saromo Director Ejecutivo de Logística y Patrimonio Fiscal. Primero.- APROBAR la exoneración de los procesos de selección de la adquisición de bienes y contrataciones de los servicios efectuados por el Gobierno Regional de Ucayali para atender la situación de emergencia de la Provincia de Purús. Debiéndose entender la presente para la regularización correspondiente. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali la publicación del presente Acuerdo regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulación local y en la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.WILDER JOSÉ ALGUAYO ARGANDOÑA Consejero Delegado 194150-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Amplían vigencia de la Ordenanza Nº 277-2008/MDB-CDB, que aprueba beneficio tributario y no tributario a favor de contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2008-DA/MDB Breña, 14 de abril del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: El Informe Nº 048-A-2008-GATR-GM-MDB, Pase Despacho de Alcaldía. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 277-2008/MDB-CDB de fecha 3 de enero del 2008 se aprueba el bene fi cio tributario no tributario en la jurisdicción del distrito de Breña, con vigencia hasta el 31 de enero del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2008-DA/MDB de fecha 1 de febrero del 2008 recti fi cada por Decreto de Alcaldía Nº 003-2008-DA/MDB , prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2008/MDB de fecha 7 de abril del 2008. Que mediante Informe Nº 048-A-2008-GATR-GM/ MDB de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas solicita al Despacho de Alcaldía la prórroga de la Ordenanza Nº 277-2008/MDB-CDB hasta el 30 de abril del 2008, en virtud a que se ha procedido a realizar procesos para determinar las cuentas pendientes por pagar por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el año 2007, pudiendo establecer que aún está pendiente de pago cerca de S/. 19`500,000.00 Nuevos Soles, revisado dichos montos se establece que la difícil situación económica por la que esta atravesando el País como también el bajísimo grado de conciencia tributaria que tienen los contribuyentes del distrito. En tal sentido se ha evaluado esta realidad. Por ello es necesario ampliar el bene fi cio desde el 14 de abril al 30 de abril del 2008. Que, la Primera disposición fi nal de la Ordenanza N° 277-2008/MDB-CDB autoriza al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente ordenanza, Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6° del Artículo 20º. de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 277-2008/MDB-CDB de fecha 3 de enero del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2008-DA/MDB y Decreto de Alcaldía Nº 006-2008-DA/MDB , con efi cacia a partir del 14 de abril hasta el 30 de abril del 2008. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad, a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 194194-1 Amplían vigencia de la Ordenanza Nº 280-2008/MDB-CDB, que otorga beneficio tributario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2008-DA/MDB Breña, 14 de abril del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTOS: El Informe Nº 048-B-2008-GATR-GM-MDB, Pase Despacho de Alcaldía. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 280-2008/MDB-CDB de fecha 12 de Febrero del 2008 se aprueba la Ordenanza que otorga bene fi cio tributario en el Distrito de Breña, con vigencia hasta el 29 de Febrero del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2008-DA/MDB de fecha 3 de marzo del 2008, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2008-DA/MDB de fecha 7 de abril del 2008. Que mediante Informe Nº 048-B-2008-GATR-GM/ MDB de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas solicita al Despacho de Alcaldía la prórroga de la Ordenanza Nº 280-2008/MDB-CDB hasta el 30 de abril del 2008, en virtud a que se ha procedido a realizar procesos para determinar las cuentas pendientes por pagar por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el año 2007, pudiendo establecer que aún está pendiente de pago cerca de S/ 19`500,000.00 Nuevos Soles, revisado dichos montos se establece que la difícil situación económica por la que está atravesando el País como también el bajísimo grado de conciencia tributaria que tienen los contribuyentes del Distrito. En tal sentido se ha evaluado esta realidad. Por ello es necesario ampliar el bene fi cio desde el 14 de abril al 30 de abril del 2008. Que, la Primera disposición fi nal de la Ordenanza N° 280-2008/MDB-CDB autoriza al Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente ordenanza. Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6° del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 280-2008/MDB-CDB de fecha 12 de febrero del 2008, prorrogada por Decreto de Alcaldía Nº 005-2008-DA/MDB, y prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2008-DA/MDB, con efi cacia a partir del 14 de abril del 2008 hasta el 30 de abril del 2008. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Descargado desde www.elperuano.com.pe