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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (13/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de agosto de 2008 378008 delito, y logrando un sistema de control efectivo que prevenga su ocurrencia tiene un fi n específi co y tiene como fi nalidad emitir un informe fi nal; Que, por tanto corresponde la creación de la Comisión Multisectorial que se encargue de determinar y proponer las modifi caciones necesarias a la normatividad vigente sobre hurtos en instalaciones eléctricas, coordinando acciones conjuntas contra este delito, y logrando un sistema de control efectivo que prevenga su ocurrencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Creación y Objeto de la Comisión Multisectorial Créase una Comisión Multisectorial, dependiente del Ministerio de Energía y Minas, encargada de determinar y proponer las modifi caciones necesarias a la normatividad vigente sobre hurtos en instalaciones eléctricas, coordinando acciones conjuntas contra este delito, y logrando un sistema de control efectivo que prevenga su ocurrencia. Artículo 2º.- De la Conformación de la Comisión La citada Comisión Multisectorial, estará conformada por un representante de las siguientes entidades: - Ministerio de Energía y Minas, quien la presidirá; - Ministerio del Interior;- Ministerio de Justicia;- Ministerio Público;- Fondo Nacional de Financiamiento de la actividad empresarial del Estado - FONAFE; - Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; - Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; Cada Empresa Concesionaria de Distribución privada podrá tener un representante en la Comisión Multisectorial. Asimismo, el grupo de las Empresas Concesionarias de Distribución estatales, a través de FONAFE, designarán como mínimo dos y como máximo cuatro representantes en la Comisión Multisectorial. Artículo 3º.- Designación de los Representantes Los representantes de la citada Comisión, serán designados mediante resolución del Titular de su Sector dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la entrada en vigencia de la presente Resolución. Las Empresas Concesionarias de Distribución privadas que deseen formar parte de la Comisión deberán comunicar al Ministerio de Energía y Minas, mediante ofi cio, la designación de sus representantes para la formalización mediante la expedición de la Resolución Ministerial correspondiente en el mismo plazo indicado en el párrafo precedente. Artículo 4º.- Informes de la Comisión Multisectorial Dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario de la entrada en vigencia de la presente resolución, la Comisión Multisectorial elaborará y aprobará un Plan de Trabajo para un período de seis (06) meses, el mismo que será presentado al Titular de Energía y Minas. La mencionada Comisión elaborará informes parciales y un informe fi nal sobre el avance y resultados de su gestión, los mismos que deberán ser publicados en los Portales de Internet de las entidades que la conforman. Artículo 5º.- Refrendos La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Interior, la Ministra de Justicia y el Ministro de Economía y Finanzas.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas 237851-8 PRODUCE Autorizan viaje de representantes del IMARPE en eventos relativos al establecimiento de un Organismo Regional de Ordenación Pesquera para el Alta Mar del Pacífico Sur RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2008-PRODUCE Lima, 12 de agosto de 2008Vistos: el Informe Técnico Nº OPP-009-2008- PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú, el Informe (Viaje) Nº 0103-2008-PRODUCE/OGPP-Octai de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Informe Nº 151-2008-PRODUCE-OGAJ-EAF de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DSL-AMA) Nro. 180, de fecha 4 de junio de 2008, la Directora de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores comunicó al Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción, la realización de la Sexta Ronda de Negociaciones para establecer un Organismo Regional de Ordenación Pesquera para el Alta Mar del Pacífico Sur, a realizarse en la ciudad de Canberra, Australia, del 6 al 10 de octubre de 2008; asimismo, señaló que en la semana previa a la referida Ronda, del 29 de septiembre al 3 de octubre de 2008, se llevarán a cabo reuniones de los Grupos de Trabajo “Científico” y de “Data e Información,” en dicha ciudad; Que, a través del Ofi cio Nº 680-2008-PRODUCE/DVP de fecha 26 de junio de 2008, el Despacho Viceministerial de Pesquería acreditó ante la Directora de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación de los señores Víctor Ulises Munaylla Alarcón y Teobaldo Dioses Romero del Instituto del Mar del Perú, en los citados Grupos de Trabajo, y del primero de los nombrados además en la referida Ronda de Negociaciones; Que, la creación de un Organismo Regional de Ordenación Pesquera para el Alta Mar del Pacífi co Sur permitirá defi nir el futuro de la pesquería pelágica del “jurel”, “caballa” y “pota”, de los recursos pelágicos transzonales en el lado del Pacífi co Oriental y Central de la pesquería de fondo del “orange roughy” y de los recursos demersales transzonales en el lado del Pacífi co Occidental; asimismo, permitirá el desarrollo de la pesquería en el Perú; Que, en ese sentido, la participación de los representantes del IMARPE en los eventos mencionados, resulta necesaria; Descargado desde www.elperuano.com.pe