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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de agosto de 2008 378461 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionario de OSINERGMIN para participar en el V Seminario Iberoamericano de la Energía que se realizará en Guatemala RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 178-2008-PCM Lima, 21 de agosto de 2008Visto el Ofi cio Num. 051-2008-OS/PRES del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN y la Resolución del Consejo Directivo del OSINERGMIN Num. 579-2008-OS/CD; CONSIDERANDO: Que el Director de Relaciones Externas de la Comisión Nacional de Energía de España y Secretario Ejecutivo de la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía - ARIAE, ha invitado al Gerente de la Ofi cina de Estudios Económicos del OSINERGMIN, a fi n que participe como expositor en el V Seminario Iberoamericano de la Energía sobre “Transacciones de energía, asignación y operación de infraestructuras”, a llevarse a cabo en la ciudad de Antigua, República de Guatemala, del 8 al 9 de setiembre de 2008; Que el mencionado evento tiene por fi nalidad intercambiar experiencias regulatorias referentes al pago de la capacidad de generación eléctrica y del diseño del mercado de gas natural en cada país de América Latina; Que resulta de interés institucional la participación del Gerente de la Ofi cina de Estudios Económicos del OSINERGMIN en el citado Seminario debido a que permitirá aprender de las distintas experiencias de los países de América Latina para estar en mejor capacidad de proponer mejoras al diseño regulatorio nacional actual; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por OSINERGMIN; siendo que los gastos por concepto de viáticos serán asumidos por los organizadores del evento; De conformidad con la Ley Num. 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; la Ley Num. 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Num. 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Num. 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Raúl Pérez-Reyes Espejo, Gerente de la Ofi cina de Estudios Económicos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, a la ciudad de Antigua, Guatemala, los días 7 al 10 de setiembre de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes Aéreos US$ 1 100,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 241991-3 AGRICULTURA Designan Procurador Público Ad Hoc para que asuma defensa del Estado en acciones legales iniciadas contra presuntos invasores de tierras eriazas en la provincia de Cañete RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2008-AG Lima, 21 de agosto de 2008VISTO, el Ofi cio Nº 319-2008-AG-DM, de fecha 3 de julio de 2008, del Ministro de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 001-99-AG se incorporó al dominio del Estado tierras eriazas con aptitud agropecuaria, ubicadas en el distrito de San Vicente de Cañete, provincia de Cañete, departamento de Lima, disponiéndose su inscripción a favor del Ministerio de Agricultura en el Registro de la Propiedad Inmueble de Cañete; al mismo tiempo las incluyó en el Proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo de la COPRI (hoy Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN), para su venta o concesión mediante subasta pública; Que, dicha Resolución Suprema fue modifi cada por la Resolución Suprema Nº 057-2000-AG, señalándose que el área de libre disponibilidad del Estado incluida en el Proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo de la COPRI comprende 22,499.93 hectáreas, al haberse excluido 1,180.57 hectáreas, por las razones que en esa Resolución se señalan; posteriormente por Resolución Suprema Nº 026-2002-AG, de 16 de octubre de 2002, se excluyeron 339.9940 ha, con lo que el área neta de tierras eriazas de libre disponibilidad del Estado sujeta al proceso de Promoción de la Inversión Privada es de 22,159.9360 ha, conforme al plano de independización y memoria descriptiva que forman parte de la mencionada Resolución; Que, se vienen produciendo sucesivas invasiones a diversas zonas de las tierras eriazas descritas, dando origen a diversos procesos judiciales, civiles y penales, desbordando la capacidad de atención de la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura debido a la enorme carga procesal que afronta; Que, resulta conveniente designar al profesional que ejerza la representación y defensa de los intereses del Estado en los supuestos antes mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y el Reglamento para la Designación de Procuradores Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al doctor JOSE LUIS ZOLEZZI IBÁRCENA, como Procurador Público Ad Hoc del Ministerio de Agricultura, para que asuma la representación y defensa de los derechos e intereses del Estado Peruano, en las acciones legales a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.Descargado desde www.elperuano.com.pe