Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2008 (22/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

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abonar las sumas requeridas, toda vez que hasta la fecha no ha sido cumplida, siendo exigible judicialmente por la Entidad; Que, en cuanto a la exigibilidad de la obligacion contenida en las Cartas Fianzas Nºs. 68-01001446-00 y 68-01001448-00, debe considerarse que la Fiadora emitio dichas garantias constituyendose en fiadora solidaria del Contratista, hasta por las sumas de S/. 121,000.00 y S/. 60,500.00, respectivamente, que la Entidad requirio al Contratista la renovacion de las garantias MORDAZA de su vencimiento sin que MORDAZA cumplido con dicha obligacion legal y contractual, y que la Entidad requirio por via notarial a la Fiadora para que haga efectivo el pago de las referidas Cartas Fianzas dentro del plazo previsto por el articulo 1898 del Codigo Civil, por lo que la Fiadora se encontraba obligada a abonar las sumas requeridas, toda vez que hasta la fecha no ha sido cumplida, siendo exigible judicialmente por la Entidad; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para que en representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra MAPFRE PERU CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., y los que resulten responsables, para conseguir el cobro de las obligaciones contenidas en las Cartas Fianzas Nºs. 68-01001446-00, 68-01001447-00, 68-01001448-00 y 68-01001449-00, todas de fecha 26 de diciembre del 2007; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, y el Decreto Ley Nº 17537 - Crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para que en representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra MAPFRE PERU CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., y los que resulten responsables, para conseguir el cobro de las obligaciones contenidas en las Cartas Fianzas Nºs. 68-01001446-00, 68-01001447-00, 6801001448-00 y 68-01001449-00, todas de fecha 26 de diciembre del 2007, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 241819-1

Que, mediante la Resolucion de Contraloria Nº 0082006-CG, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2006 de trescientos veinte (320) Organos de Control Institucional que se encuentran bajo el ambito de control del Sistema Nacional de Control; dentro de los cuales se encuentra el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y en cumplimiento de la mencionada Resolucion el Organo de Control Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, efectuo un Examen Especial al MORDAZA de Seleccion LPI Nº 0004-2004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA "Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Desagues de Chimbote Lote 5", orientado a establecer la razonabilidad del MORDAZA de Seleccion con alcance a la Evaluacion de la Situacion Financiera Actualizada de los postores precalificados de la Convocatoria Publica realizada el ano 2000, del Expediente Tecnico la elaboracion del presupuesto referencial, Negociacion para la firma del contrato y de la Ejecucion de la obra "Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Desagues de Chimbote - Lote 5"; Que, el Organo de Control Institucional, como resultado de la revision practicada a la documentacion que sustenta el MORDAZA de Licitacion Publica Internacional Nº 00042004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA, para la ejecucion de la obra "Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Desagues de Chimbote - Lote 5", emitio el Informe del visto, por el cual se determino que los ex funcionarios y ex servidores del ex PARSSA durante el desarrollo del MORDAZA de Licitacion cometieron irregularidades que derivaron en la suscripcion del Contrato Nº 011-2005/VIVIENDA/VMCS/ PARSSA -Contrato de Ejecucion Obra A Precios Unitariosde fecha 27 de MORDAZA de 2005, con la Empresa GyM S.A. por el monto de US$ 17'496,953.91 Dolares Americanos, como consecuencia de una negociacion que tomo como base el "presupuesto referencial" elaborado por la Direccion de Ingenieria del ex PARSSA dejando de lado el presupuesto referencial ascendente a US$ 14'247,812.63 Dolares Americanos, elaborado por el Consultor Consorcio NIPPON KOEI ­ OIST, inobservandose las normas y lineamientos del Manual para Adquisiciones Financiadas con Prestamos de AOD del Japan Bank for International Cooperation ­ JBIC "Guidelines for Procurement under JBIC ODA Loans", ocasionando perjuicio economico al ex PARSSA, por el importe de US$ 3'249,141.28 Dolares Americanos el cual debe ser resarcido conforme a lo previsto en el articulo 1321 del Codigo Civil; Que, el inciso f) del articulo 15 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que los informes elaborados en base a las acciones de control tienen el caracter de prueba pre-constituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47 de la Constitucion Politica del Peru, el inciso f) del articulo 15 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado en asuntos judiciales; modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el articulo 7 de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 082007-2-5303, - MORDAZA de Seleccion LPI Nº 0004-2004/ VIVIENDA/VMCS/PARSSA "Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Desagues de Chimbote - Lote 5", ex PARSSA, y contra aquellos que resulten responsables por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico al ex PARSSA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 485-2008-VIVIENDA MORDAZA, 21 de agosto de 2008 Visto, El Informe Especial Nº 08-2007-2-5303, - MORDAZA de Seleccion LPI Nº 0004-2004/VIVIENDA/ VMCS/PARSSA "Sistema de Alcantarillado y Tratamiento de Desagues de Chimbote - Lote 5", ex PARSSA;

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