Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2008 (22/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2008

de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 241819-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 486-2008-VIVIENDA MORDAZA, 21 de agosto de 2008 Visto, El Informe Especial Nº 07-2007-2-5303, MORDAZA de Seleccion LPI Nº 0003-2004/VIVIENDA/VMCS/ PARSSA "Sistema de Agua Potable de Chimbote - Lote 4", ex PARSSA; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Contraloria Nº 0082006-CG, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2006 de trescientos veinte (320) Organos de Control Institucional que se encuentran bajo el ambito de control del Sistema Nacional de Control; dentro de los cuales se encuentra el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y en cumplimiento de la mencionada Resolucion el Organo de Control Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, efectuo un Examen Especial al MORDAZA de Seleccion LPI Nº 00032004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA "Sistema de Agua Potable de Chimbote - Lote 4"; orientado a establecer la razonabilidad del MORDAZA de Seleccion, Negociacion, Elaboracion del Expediente Tecnico y de la Ejecucion de la Obra "Sistema de Agua Potable de Chimbote - Lote 4"; Que, el Organo de Control Institucional, como resultado de la revision practicada a la documentacion que sustenta el MORDAZA de la citada Licitacion Publica Internacional, emitio el Informe del visto, por el cual se determino que los ex funcionarios y ex servidores del ex PARSSA durante el desarrollo del MORDAZA de Licitacion, cometieron irregularidades que derivaron en la suscripcion del Contrato Nº 008-2005/VIVIENDA/VMCS/PARSSA -Contrato de Ejecucion Obra A Precios Unitarios- de fecha 23 de marzo de 2005, por el monto de US$ 27'357,868.18 Dolares Americanos, como consecuencia de una negociacion que tomo como base el "presupuesto referencial" elaborado por la Direccion de Ingenieria del ex PARSSA dejando de lado el presupuesto referencial ascendente a US$ 21'281,290.42 Dolares Americanos, elaborado por el Consultor Consorcio NIPPON KOEI - OIST, inobservandose las normas y lineamientos del Manual para Adquisiciones Financiadas con Prestamos de AOD del Japan Bank for International Cooperation - JBIC "Guidelines for Procurement under JBIC ODA Loans", ocasionando perjuicio economico al ex PARSSA, por el importe de US$ 6'076,577.76 Dolares Americanos el cual debe ser resarcido conforme a lo previsto en el articulo 1321 del Codigo Civil; Que, el inciso f) del articulo 15 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que los informes elaborados en base a las acciones de control tienen el caracter de prueba pre-constituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47 de la Constitucion Politica del Peru, el inciso f) del articulo 15 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado en asuntos judiciales; modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el articulo 7 de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda,

Construccion y Saneamiento, para que en representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra las personas comprendidas en el Informe Especial Nº 072007-2-5303, MORDAZA de Seleccion LPI Nº 0003-2004/ VIVIENDA/VMCS/PARSSA "Sistema de Agua Potable de Chimbote - Lote 4", ex PARSSA, y contra a aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 241819-3

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan magistrados provisionales y suplentes en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 311-2008-P-CSJL/PJ MORDAZA, 20 de agosto de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, es el objetivo principal de esta Presidencia, dictar las medidas necesarias con la finalidad de perfeccionar el servicio de administracion judicial en todos sus niveles, que asimismo, la politica que esta Corte pretende ejecutar es que las causas MORDAZA resueltas con la celeridad que el caso requiere, redoblando esfuerzos para lograr una recta y rapida Administracion de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un servicio eficiente en beneficio de los justiciables, por consiguiente y en virtud de las facultades conferidas puede designar, promover, reasignar y/o dejar sin efecto las designaciones de Magistrados Provisionales y Suplentes que integran la Corte Superior de Justicia de Lima. Por ello, con el fin de coadyuvar el cumplimiento de los lineamientos de la descarga procesal trazadas por esta Presidencia, resulta necesario que en estricta aplicacion de lo previsto en el articulo doscientos treinta y ocho de la Ley Organica del Poder Judicial, se reestructure el cuadro de Magistrados designados por esta Corte Superior. Por lo expuesto y de acuerdo a las facultades conferidas por los incisos tercero y noveno el articulo noventa del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA GAVANCHO MORDAZA, como Juez Provisional del 7° Juzgado Especializado en lo Civil. Articulo Segundo.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, como Juez Provisional del 28° Juzgado Especializado en lo Civil.

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