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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de agosto de 2008 378712 5. TEC. SUPERVISOR USAF KEVIN VAN GORDON 6. TEC. SUPERVISOR USAF MARCO COLLAO c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 25 al 28 de agosto de 2008. 243124-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 881-2008-DE/SG Lima, 25 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 749 de fecha 25 de julio de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de lo acordado en la VI Reunión de Jefes de Estado Mayor General, se cursa una invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea de Chile, para que un Ofi cial y dos cadetes participen en un intercambio en la Escuela de Ofi ciales de la FAP durante el mes de agosto; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) efectivos de la Fuerza Aérea Chilena, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 26 al 30 de agosto de 2008, para participar en un intercambio en la Escuela de Ofi ciales de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 881-2008 DE/SG 25.Ago.2008a) MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) efectivos de la Fuerza Aérea Chilena para participar en un intercambio en la Escuela de Ofi ciales de la Fuerza Aérea del Perú. b) IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA:1. COMANDANTE SERGIO VICENTE VALENCIA ESCUADRILLA2. CADETE CATALINA BOSCH SAENZ3. CADETE FRANCISCO JOSE VILLALONGA VEGA c) TIEMPO DE PERMANENCIA Del 26 al 30 de agosto de 2008. 243124-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 882-2008-DE/SG Lima, 25 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº F-745 de fecha 25 de julio de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, en el año 2007 se llevó a cabo la V Reunión de Estados Mayores y XIX Reunión Bilateral de Inteligencia Naval entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, acordándose la realización de Intercambios profesionales para el año 2008, habiéndose considerado dentro de ellos la realización del Curso de Operaciones Ribereñas en la ciudad de Iquitos; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) ofi ciales de la Armada Ecuatoriana, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 26 de agosto al 14 de diciembre de 2008, para participar en el Curso de Operaciones Ribereñas de la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Iquitos. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 882-2008 DE/SG 25.Ago.2008a) MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de dos (02) ofi ciales de la Armada Ecuatoriana para participar Descargado desde www.elperuano.com.pe