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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de agosto de 2008 378714 Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de OCOÑA HYDRO S.A., que se identifi cará con el código Nº 21161608, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica OCO 2010, con una potencia instalada estimada de 154,5 MW, los cuales se realizarán en el distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 706 771,536 8 270 900,123 2 706 726,592 8 271 112,207 3 705 408,240 8 270 796,547 4 705 318,352 8 262 337,855 5 705 530,877 8 262 347,719 6 705 627,965 8 270 623,921 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 242039-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño 2008 - Sector Mujer y Desarrollo Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 388-2008-MIMDES Lima, 26 de agosto de 2008 VISTOS:La Nota N° 115-2008-MIMDES/DGPDS del Director General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Social y la Nota N° 199-2008-MIMDES/OGPP de la Directora General de Planifi cación y Presupuesto, referidas ambas a la propuesta de Metas e Indicadores de Desempeño 2008 - Sector Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley N° 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social establece que es función del Ministerio, entre otras, la de formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política en el área de Mujer y Desarrollo Social; Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES señala que la misión del MIMDES es constituirse en un Sector integrado, moderno y articulador, liderando las políticas del sector, descentralizadamente y contribuyendo a la superación de la pobreza, inequidad y exclusión, orientado a las personas en situación de pobreza y grupos vulnerables, con un enfoque de desarrollo humano integral y de equidad, generando igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM ha establecido las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional; Que, el artículo 1 de la precitada norma defi ne como política nacional toda norma que con ese nombre emite el Poder Ejecutivo en su calidad de ente rector, con el propósito de defi nir objetivos prioritarios, lineamientos y contenidos principales de política pública así como los estándares nacionales de cumplimiento y provisión que deben ser alcanzados para asegurar una adecuada prestación de los servicios y el normal desarrollo de las actividades privadas; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño 2008 - Sector Mujer y Desarrollo Social; Con las visaciones del Director General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Social, la Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño 2008 - Sector Mujer y Desarrollo Social, documento que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Políticas de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social se encargue de elaborar los informes evaluativos correspondientes de las metas e indicadores del Sector Mujer y Desarrollo Social 2008. Artículo 3.- Disponer la publicación de las Metas e Indicadores de Desempeño 2008 - Sector Mujer y Desarrollo Social en la página web del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 243934-1 PRODUCE Declaran caducidad de licencias de operación otorgadas a determinados titulares de plantas de procesamiento industrial pesquero de consumo humano RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 400-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 31 de julio del 2008 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, en su Artículo 29º, establece que la actividad de procesamiento Descargado desde www.elperuano.com.pe