Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2008 (01/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 1 de diciembre de 2008

Que, en razon a que el Ministerio de la Produccion brinda un servicio en beneficio de la sociedad, es necesario que los recursos provenientes de los derechos de pesca pagados por el sector privado MORDAZA destinados principalmente para el financiamiento de actividades y/o proyectos con fines de investigacion cientifica, tecnologica, capacitacion y otros vinculados al desarrollo pesquero, en el MORDAZA del articulo 17° del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca; Que, el articulo 27° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE y modificado por el Decreto Supremo N° 002-2008PRODUCE de fecha 12 de enero de 2008, establece que las actividades y/o proyectos a ser financiados con recursos provenientes de los derechos de pesca, seran previamente analizados, evaluados, aprobados y priorizados por una Comision Especial que contara con la participacion del sector pesquero privado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 386-2008PRODUCE de fecha 6 de marzo de 2008, modificada por Resolucion Ministerial N° 448-2008-PRODUCE de fecha 17 de MORDAZA de 2008, se constituyo la Comision Especial encargada de analizar, evaluar y priorizar la ejecucion de las actividades y/o proyectos, con cargo a los recursos provenientes de los derechos de pesca; Que, en virtud a lo dispuesto en el articulo 3° de la Resolucion Ministerial N° 386-2008-PRODUCE de fecha 06 de marzo de 2008, la Comision Especial presentara al Despacho Ministerial el respectivo Proyecto de Reglamento de Funcionamiento para su aprobacion; Que, en el MORDAZA del mandato conferido la Comision Especial cumple con formular y presentar el proyecto de Reglamento de Funcionamiento de la Comision Especial encargada de analizar, evaluar, aprobar y priorizar la ejecucion de actividades y/o proyectos, con cargo a los recursos provenientes de los derechos de pesca; Que, de conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado mediante Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE, la Ley N° 27293 ­ Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, el Decreto Ley N° 25977- Ley General de Pesca, el Reglamento de la Ley de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modificatorias; Con las visaciones de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, la Oficina General de Administracion y la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Reglamento de Funcionamiento de la Comision Especial encargada de analizar, evaluar, aprobar y priorizar la ejecucion de actividades y/o proyectos con fines de investigacion cientifica, tecnologica, capacitacion y otros vinculados al desarrollo pesquero, con cargo a los recursos provenientes de los derechos de pesca. Dicho reglamento que consta de cinco (5) Titulos y (23) veintitres Articulos, forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Las Oficinas Generales de Administracion y de Planificacion y Presupuesto dentro del ambito de sus competencias y en el MORDAZA de lo establecido en el Reglamento que se aprueba en la presente Resolucion Ministerial, efectuaran las acciones administrativas, presupuestales y financieras correspondientes para el financiamiento de las actividades y/o proyectos priorizados por la Comision Especial constituida mediante Resolucion Ministerial N° 386-2008-PRODUCE. Articulo 3°.- Incluir como MORDAZA parrafo del articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 386-2008-PRODUCE, modificado mediante Resolucion Ministerial N° 448-2008PRODUCE, el siguiente texto: "Cada miembro integrante de la Comision Especial, acreditara oportunamente a un miembro suplente como su reemplazante en las reuniones o sesiones de trabajo en las que por situaciones excepcionales, les sea imposible participar". Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion

Reglamento de Funcionamiento de la Comision Especial encargada de analizar, evaluar, aprobar y priorizar la ejecucion de actividades y/o proyectos, con cargo a los recursos provenientes de los derechos de pesca

TITULO I NATURALEZA Y AMBITO DE APLICACION

Articulo 1°.- Alcance reglamentario El presente Reglamento es de alcance para la Comision Especial a que se refiere el articulo 27° del Reglamento de la Ley General de Pesca, encargada de analizar, evaluar, aprobar y priorizar la ejecucion de actividades y/o proyectos, con recursos provenientes de los derechos de pesca.

TITULO II OBJETIVO Y FUNCIONES DE LA COMISION ESPECIAL

Articulo 2°.- Objetivo El presente Reglamento es un documento tecnico normativo, que formaliza la organizacion y funcionamiento de la Comision Especial, constituida por Resolucion Ministerial N° 386-2008-PRODUCE y modificada con Resolucion Ministerial N°448-2008-PRODUCE, orientada a propiciar y establecer procesos permanentes de interaccion efectiva entre los Organismos Publicos del Sector Produccion y el Despacho Viceministerial de Pesqueria, con el fin de ejecutar actividades y/o proyectos, con recursos provenientes de los derechos de pesca recaudados por el Pliego Presupuestal del Ministerio de la Produccion. Articulo 3°.- Funciones Son funciones de la Comision Especial: 3.1. Analizar, evaluar, aprobar y priorizar las actividades y/o proyectos de investigacion cientifica, tecnologica, capacitacion y otros vinculados al desarrollo pesquero y acuicola presentados por los Organismos Publicos, Sector Privado y/o los Organos de Linea del Despacho Viceministerial de Pesqueria. 3.2. Coordinar con las entidades publicas y gremios empresariales en el diseno y ejecucion de actividades y/ o proyectos orientados al desarrollo pesquero y acuicola conjuntamente con los Organismos Publicos del Sector.

TITULO III ORGANIZACION
Articulo 4°.- Conformacion 4.1. La Comision Especial esta integrada por ocho (08) miembros: - El Viceministro de Pesqueria, quien la presidira; - El Presidente del Consejo Directivo de Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE); - El Presidente del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES); - El Presidente del Consejo Directivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP); - Un representante de la Sociedad Nacional de Pesqueria; - Un representante de la Asociacion de Armadores Pesqueros del Peru; - Un representante de la Asociacion de Armadores de nuevas embarcaciones pesqueras; y - Un representante de la Asociacion Nacional de Armadores Pesqueros ­ Ley N° 26920. 4.2. El cargo de Secretario Tecnico de la Comision Especial sera ejercido por el Presidente del Consejo Directivo de Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE). 4.3. La Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de la Produccion, es la unidad organica encargada de asistir al Secretario Tecnico de la Comision Especial, de acuerdo a la normatividad vigente para los Sistemas de Planeamiento, Presupuesto e Inversion. Articulo 5º.- Asesoria La Comision Especial, segun la complejidad o naturaleza del caso, podra convocar asesores especializados ad honorem y a los Organos de Linea del

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