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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (01/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de diciembre de 2008 384308 c. Tercer Nivel Cada actividad y/o proyecto incluye un campo con la descripción del tipo de intervención a desarrollarse, de acuerdo con la lista que se detalla a continuación, la misma que es enunciativa y no limitativa: (a) Acuicultura (b) Capacitación(c) Investigación Científi ca y Tecnológica(d) Medio Ambiente(e) Nuevas Pesquerías(f) Pesca Artesanal(g) Protección de la Biomasa(h) Otros que determine la Comisión d. Cuarto Nivel Cada actividad y/o proyecto incluye un campo para registrar la fecha de su aceptación por la Comisión Especial. e. Quinto Nivel Las actividades y/o proyectos tendrán asignados un orden de prioridad para cada Organismo Público y Órgano de Línea del Despacho Viceministerial de Pesquería y/o cualquier entidad con la que el Despacho Viceministerial de Pesquería haya celebrado un Convenio para tal fi n, el cual deberá ser redefi nido cada vez que se incorpore una nueva actividad y/o proyecto a esta lista. 284555-4 Designan Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 832-2008-PRODUCE Lima, 28 de noviembre del 2008 VISTOS: el Memorando Nº 4740-2008-PRODUCE/SG de la Secretaría General, el escrito s/n presentado por el señor Augusto Effi o Ordoñez y el Informe Nº 258-2008-PRODUCE/ OGAJ-nkics de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 470-2008- PRODUCE del 30 de abril de 2008, se designó al señor Augusto Effi o Ordoñez en el cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; Que, mediante el escrito de vistos el señor Augusto Effi o Ordoñez ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia y se designe al funcionario que desempeñará el cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor AUGUSTO EFFIO ORDOÑEZ, al cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor JUAN FAUSTINO SALCEDO ARTICA, en el cargo de Director de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 284597-1TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Arequipa para la ejecución de proyecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 868-2008-MTC/02 Lima, 27 de noviembre de 2008 CONSIDERANDOQue, la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que es competencia del referido Ministerio, integrar interna y externamente al país, para lograr un racional ordenamiento territorial vinculando las áreas de recursos, producción, mercados y centros poblados, a través de la formulación, aprobación, ejecución y supervisión de la infraestructura de Transportes y Comunicaciones; Que, PROVÍAS DESCENTRALIZADO, es la Unidad Ejecutora resultante de la fusión del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental – PROVÍAS DEPARTAMENTAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural – PROVÍAS RURAL, dispuesta por Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC, publicado el 12 de agosto de 2006, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y rural en sus distintos modos; así como el desarrollo y fortalecimiento de sus capacidades institucionales para la gestión descentralizada del transporte departamental y rural; Que, mediante Convenio de Cooperación Interinstitucional Financiero de fecha 25 de noviembre del 2008, suscrito entre PROVÍAS DESCENTRALIZADO y el Gobierno Regional de Arequipa se establecen los términos, montos y condiciones para la ejecución de la Obra: “Mejoramiento y Construcción de la carretera Ayo – Huambo”, la cual de acuerdo a la fi cha SNIP se realizará a nivel de afi rmado, con pase por Tingo y Puente Mamacocha en el sector de Chiringa, Margen derecha Río Colca, Canco. Longitud Total Ayo – Huambo: 43.45 Km., Tramo Huambo – Canco: 27+400 Km, Tramo Ayo-Canco: 16047.056 m; ubicado en las provincias de Castilla y Caylloma, Región de Arequipa; con un monto de inversión de S/. 48’800,168.00, a ejecutarse por el Gobierno Regional de Arequipa por administración directa; Que, mediante dicho Convenio suscrito entre PROVÍAS DESCENTRALIZADO y el Gobierno Regional de Arequipa se establece expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutará la obra materia del citado proyecto; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 establece, que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia fi nanciera es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante reso lución del titular del pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. La citada resolución debe publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del pliego, señalando que el Gobierno Nacional suscribe, previamente convenios con los organismos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras, indicando que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, en consecuencia, conforme a la normatividad citada, corresponde autorizar la transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Regional de Arequipa; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2008; Descargado desde www.elperuano.com.pe