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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de diciembre de 2008 384435 Prorrogan plazo de vencimiento de la Ordenanza N° 249-MDSMP DECRETO DE ALCALDIA Nº 026-2008/MDSMP San Martín de Porres, 28 de Noviembre del 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 249-MDSMP (30. JUNIO.2008), publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 02.JULIO.2008 se aprobó la condonación de deuda tributaria e intereses generados por la omisión de las presentaciones y/o rectifi cación de la declaración jurada producto del levantamiento catastral, con vigencia hasta el 30.AGOSTO.2008; prorrogándose el plazo de su vencimiento hasta el 29.NOVIEMBRE.2008, mediante Decreto de Alcaldía Nº 018-2008/MDSMP (02.SETIEMBRE.2008); Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la mencionada Ordenanza faculta al señor alcalde dictar las medidas reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento y prórroga de su vigencia; Que, atendiendo al pedido de vecinos de la jurisdicción que desean acogerse a los benefi cios de la referida Ordenanza, corresponde emitirse la respectiva disposición municipal; existiendo las opiniones favorables de la Gerencia de Administración Tributaria (Informe No. 256-2008-GAT/MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 2356-2008-GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza No. 249-MDSMP de esta Entidad Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza No. 249-MDSMP (30.JUNIO.2008) hasta el 31.DICIEMBRE.2008. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como Subgerencias respectivas, el cumplimiento de este Decreto; y a la Secretaría General su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 285851-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000071 Callao, 25 de noviembre de 2008 El Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao;POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 25 de noviembre de 2008; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en su artículo N° 9 inciso 8) establece, que es atribución del Concejo Municipal la de aprobar, modifi car, o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 37 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos; asimismo, de acuerdo a lo señalado en su artículo 38 numeral 38.1, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) se aprueba por Ordenanza Municipal; Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, el Decreto Supremo Nº 024- 2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, el Decreto Supremo Nº 025-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de los Revisores Urbanos y el Decreto Supremo Nº 026-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica, regulan los procedimientos administrativos de habilitaciones urbanas y edifi caciones, disponiendo este último que las Municipalidades deberán adecuar sus procedimientos administrativos a lo establecido en el referido Reglamento en el plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles contados a partir de su entrada en vigencia; Que, el Decreto Legislativo Nº 1078, publicado el 28 de junio del 2008 que modifi ca la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, establece en su artículo tercero la obligatoriedad de la certifi cación ambiental para iniciar la ejecución de proyectos, actividades de servicios y comercio referidos a las políticas, planes y programas de nivel nacional, regional y local que puedan originar implicaciones ambientales signifi cativas; así como los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, que impliquen actividades, construcciones, obras y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impactos ambientales negativos signifi cativos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000038 del 10 de julio de 2008, la Municipalidad Provincial del Callao aprobó su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, norma que en la actualidad se encuentra vigente; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo N° 000285 el mismo que aprobó las modifi caciones realizadas a los procedimientos administrativos tanto referidos a los procesos de habilitaciones urbanas como de edifi caciones en concordancia con lo dispuesto en la Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones Nº 29090, en el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación, el Decreto Supremo Nº 025-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de los Revisores Urbanos y el Decreto Supremo Nº 026-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica, el cual tiene como antecedentes el Memorando Nº 2706-2008-MPC-GGDU, emitido por la Gerencia General de Desarrollo Urbano; asimismo, el Memorando Nº 1587-2008-MPC/GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y el Informe Nº 308-2008-MPC-GGAJC-SGCA, de la Gerencia de Coordinación y Apoyo, dependiente de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, sustentando la legalidad de las modifi caciones de los procedimientos administrativos propuestas por la Gerencia General de Desarrollo Urbano; siendo de opinión que resulta procedente por ser una adecuación dispuesta por ley general lo que implica cumplimiento obligatorio; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1 º.-Apruébase la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 000038 del 10 de julio de 2008, en el Órgano Gerencia General de Desarrollo Urbano; que comprende la denominación, requisitos, derechos de pago, califi cación y plazos de atención de los procedimientos administrativos números 8.1, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 28, 29, 30, 31, 32 y 34; de conformidad con el Anexo adjunto que forma parte de la presente Ordenanza Municipal.Descargado desde www.elperuano.com.pe