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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (03/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de diciembre de 2008 384421 Que, el artículo 28° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, establece la estructura Municipal básica de los Gobiernos Locales, la misma que comprende en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el Órgano de Control Interno, la Procuraduría Publica Municipal, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; determinando que los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determine cada gobierno local. Que, el inciso 3) del artículo 9° de la precitada ley, establece como atribución del Concejo, el aprobar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, señalando, su artículo 26º que la administración Municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Que, asimismo, el artículo 8° de la acotada norma, establece que la Administración Municipal está integrada por los funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros que prestan servicios a la Municipalidad; correspondiendo a cada Municipalidad organizar la administración, de acuerdo con sus necesidades y presupuesto. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, publicado con fecha 26.07.2006 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, disponiendo su artículo 34°, que la aprobación del ROF en las Municipalidades se realizará por Ordenanza Municipal. Que, la Gerencia de Planifi cación Estratégica remite, mediante Memorándum Nº 191-2008-MSB-GPE de fecha 11.11.2008, el Informe Sustentatorio Nº 089-2008-MSB-GPE-UR de fecha 11.11.2008, emitido por la Unidad de Racionalización, el cual recoge las recomendaciones planteadas referidas al proyecto de modifi cación parcial de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Informe Nº 635-2008-MSB-GAJ de fecha 12.11.2008, la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica que habiéndose superado las observaciones formuladas en el Informe Nº 622-2008-MSB-GAJ de fecha 04.11.2008, opina favorablemente respecto de la modifi cación parcial de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Borja. Que, mediante Memorándum Nº 017-2008-MSB-GM de fecha de 12.11.2008, la Gerencia Municipal opina favorablemente por que se modifi que la actual Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Borja, resaltando que la documentación pertinente se encuentra acorde con los requisitos técnicos y lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27658. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; con dispensa del trámite de aprobación de actas, se aprobó por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación parcial de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Borja, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Municipalidad de San Borja, www.munisanborja.gob.pe, dentro de los 5 días calendario siguientes a la fecha de publicación en el Diario Ofi cial, así como la remisión del texto modifi cado del ROF y Organigrama Institucional al Consejo Nacional de Descentralización. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACI ÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe