Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2008 (03/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de diciembre de 2008

Articulo 2º.- Apruebase la eliminacion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos; de los procedimientos administrativos numeros 25, 27 y 33 correspondientes a la Gerencia General de Desarrollo Urbano. Articulo 3º.- Apruebase el reordenamiento numerico en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos; de los procedimientos Administrativos 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, correspondiendoles la nueva numeracion 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 respectivamente; de conformidad con el Anexo adjunto que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Articulo 4º.- Publicase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encargase a la Gerencia de Informatica la publicacion de la Ordenanza Municipal y su Anexo en el MORDAZA Institucional www. municallao.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Articulo 5º.- Encargase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia 04 de diciembre de 2008. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

285832-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA
Declaran el mes de noviembre de cada ano como "El mes de la no violencia contra la mujer"
ORDENANZA MUNICIPAL N° 18-10-2008-MPT
Talara, treinta de octubre del dos mil ocho. VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de octubre del 2008, la aprobacion de Ordenanza Municipal que declara en la provincia de Talara, el mes de noviembre de cada ano como "Mes de la No Violencia Hacia la Mujer"; CONSIDERANDO: · Que, los gobiernos locales emanan de la voluntad popular y tienen por mision organizar y conducir la gestion publica de acuerdo a sus competencias legalmente conferidas; · Que, el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, senala la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; · Que, el articulo 7º de la Constitucion senala que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o metal, tiene derecho al respecto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad; · Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; · Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece como una de las finalidades esenciales " ...garantizar el ejercicio pleno de los derechos y de la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con las politicas, planes y programas nacionales regionales y locales de desarrollo"; · Que, el articulo 5º de la Convencion sobre eliminacion de todas las formas de Discriminacion contra la Mujer CEDAW hace alusion a la necesidad de tomar medidas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con el proposito de alcanzar la eliminacion de los prejuicios, practicas consuetudinarias

y de cualquier otra indole que esten basados en la idea de la inferioridad y superioridad de cualquiera de los sexos o funciones estereotipadas de hombres y mujeres; · Que, el articulo 6º incisos a) y b) de la Convencion para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, establece el derecho de toda mujer a una MORDAZA libre de violencia e incluye entre otros, el derecho a ser libre de toda forma de discriminacion y el derecho de la mujer a ser valorada y educada, libre de patrones estereotipados de comportamiento de practicas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinacion; · Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2005MIMDES del 12 de setiembre del 2005 se aprueba el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidad entre Mujeres y Varones 2005-2010 que establece politicas y lineamientos que implican la accion conjunta del Estado y la Sociedad Civil, constituyendose en un instrumento de politica que sirve de MORDAZA orientador para la implementacion de acciones dirigidas a eliminar toda forma de discriminacion y desigualdad entre mujeres y varones; · Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 828-2006MIMDFES de fecha 3 de noviembre del 2006, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, declaro el Mes de noviembre como el Mes de la No Violencia contra la Mujer; · Que, el 25 de noviembre fue declarado "DIA INTERNACIONAL DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER", en el primer encuentro feminista de Latinoamerica FAMILIAR"; · Que, es politica de esta gestion municipal, trabajar conjuntamente con las mujeres de la provincia, habiendose desarrollado importantes iniciativas para ellos y sus familias ademas de promocionar, consolidar y fortalecer el desarrollo de diferentes formas de organizacion; por lo que es necesario establecer las disposiciones especiales en cuyo MORDAZA deberan implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones educativas para eliminar toda forma de discriminacion, marginacion y desigualdad de la mujer en la provincia de Talara; · Que, se cuenta con el Informe 871-10-2008-OAJ-MPT de Asesoria Juridica asi como el Dictamen 16-10-08-CFPPMPT de la Comision de Fiscalizacion y Asuntos Legales; Estando a las atribuciones conferidas por el articulo 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el con la dispensa del tramite de aprobacion del acta el Concejo por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL

Articulo 1.- DECLARAR, el mes de noviembre de cada ano como el "EL MES DE LA NO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER". Articulo 2.- DISPONER, que durante el mes de noviembre de cada ano, se realice una MORDAZA provincial de difusion y promocion de la No Violencia hacia la Mujer, en conmemoracion al 25 de noviembre "Dia Internacional de la No Violencia Contra la Mujer". Articulo 3.- DISPONER que este Provincial se incorpore activamente en las celebraciones y actividades que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, realice cada ano. Articulo 4.- INSTITUIR, el uso del MORDAZA MORDAZA como distintivo dentro de la provincia de Talara durante la celebracion de la No Violencia Contra la Mujer. Articulo 5.- EXPRESAR, nuestro saludo y reconocimiento al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, por las acciones que viene ejecutando para enfrentar la problematica de la violencia familiar, asi como tambien hacer un reconocimiento a las Mujeres Talarenas que han sido victimas de violencia y que han tenido la valentia de denunciar los hechos ante la autoridad competente. Articulo 6.- ENCARGAR, al Despacho Superior de Alcaldia la programacion de actividades para conmemorar el Mes de la No Violencia Contra la Mujer. Articulo 7.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 8.- ENCARGAR, la publicacion de la presente Ordenanza a la Unidad de Logistica. Registrese, comuniquese, publiquese, y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

284830-1

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