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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (03/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de diciembre de 2008 384423 Prorrogan vencimiento de plazo para el pago de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio Fiscal 2008 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-08-MSB-A San Borja, 1 de diciembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA Visto, el Informe Nº 080-2008-MSB-GR, de fecha 28.11.2008 e Informe Nº 166-2008-MSB-GR-JRT, de fecha 27.11.2008, de la Gerencia de Rentas y Unidad de Recaudación Tributaria, respectivamente. CONSIDERANDO:Que, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, en el artículo II de su Título Preliminar, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; disposición que es concordante con lo normado en la Constitución Política del Perú, que dispone en su artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Disponiendo, asimismo, la Ley Orgánica de Municipalidades que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece en su artículo 15º, que el impuesto predial podrá cancelarse, entre otros, en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, correspondiendo pagarse la cuarta cuota hasta el último día hábil del mes noviembre, Que, mediante Ordenanza Nº 399-MSB, se aprobó los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y seguridad ciudadana para el año 2008, norma que dispone en su artículo 1º, que para el ejercicio 2008, se aplicará en lo que corresponde a los arbitrios, la Ordenanza Nº 382-MSB, modifi cada por la Ordenanza Nº 384-MSB; normando la Ordenanza Nº 382-MSB, en su artículo 6º, que el plazo para el pago de la cuarta cuota de los Arbitrios, vence el último día hábil del mes de noviembre. Que, asimismo, acorde a lo normado en la Primera Disposición Final, de la Ordenanza Nº 399-MSB, se facultó al Alcalde para que mediante decreto de alcaldía dicte medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la misma. Que, acorde a las normas precitadas y siendo política de gestión de la actual administración, respecto dar facilidades a los vecinos del Distrito de San Borja, a efecto cumplan con el pago puntual de sus tributos; se hace necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios 2008. Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, el vencimiento del plazo para el pago de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio Fiscal 2008, hasta el 31 de Diciembre del año en curso. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Informática, Gerencia de Administración y Finanzas y las Jefaturas dependientes de las mismas, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 286001-1MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Modifican el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 252-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO;Visto en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de diciembre de 2008, la propuesta de Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, mediante Ordenanzas Nº 238-MSI y Nª 239-MSI, publicadas el 29 de junio de 2008 y 23 de julio de 2008 respectivamente, se aprobó la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Isidro; Que, mediante Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, se establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de licencias de habilitación urbana y de edifi cación; Que, la Quinta Disposición Final de la precitada Ley establece que las municipalidades, dentro del plazo de 45 días contados desde su entrada en vigencia, deberán actualizar su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, en virtud de lo expuesto es necesario modifi car el TUPA de la Municipalidad de San Isidro, con la fi nalidad de adecuarlo a las disposiciones contenidas en la Ley N° 29090; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8 del Artículo 9º y del Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro, correspondiente al Módulo “Obras Privadas” que comprende la inclusión de siete nuevos procedimientos y la modifi cación de diez procedimientos, y al Módulo “Catastro Integral”, que comprende la modifi cación de dos procedimientos, por adecuación a la Ley N° 29090, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Aprobar los procedimientos, requisitos y derechos de tramitación de los procedimientos contenidos en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Aprobar la exclusión de catorce procedimientos del Módulo “Obras Privadas”, un procedimiento del Módulo “Catastro Integral” y un procedimiento del Módulo “Fiscalización”, en adecuación a la Ley N° 29090, los mismos que se detallan en el Anexo 2 de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Disponer que de conformidad con el Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el presente dispositivo legal, sin sus anexos, sea publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional (www.msi.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo 5º.- Disponer que el texto de los Anexos aprobados por la presente Ordenanza, sean publicados Descargado desde www.elperuano.com.pe