Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2008 (04/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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DISPOSICION TRANSITORIA

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 4 de diciembre de 2008

UNICA.- Dentro de los quince (15) dias de vigencia de esta Ley se procedera a la eleccion y, en su caso, a la rotacion de los Presidentes de Junta de Fiscales Superiores y Provinciales. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de noviembre de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 286643-1

Que, el articulo 33º de la referida Convencion establece un regimen de implementacion y seguimiento de este tratado, el mismo que debera ser puesto en funcionamiento por los Estados Partes signatarios de la Convencion, debiendo establecerse un mecanismo de coordinacion destinado a facilitar la adopcion de medidas al respecto desde un punto de vista multisectorial e intergubernamental; Que, se hace necesario conformar una Comision Multisectorial Permanente encargada de proponer medidas para la implementacion de la Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en concordancia con el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, la cual sera integrada por representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, de los Ministerios de la Mujer y Desarrollo Social; Transportes y Comunicaciones; Vivienda, Construccion y Saneamiento; Salud; Trabajo y Promocion del Empleo; y, Educacion; Que, resulta necesario perfeccionar los mecanismos de coordinacion con el Congreso de la Republica, organo que a traves de su Comision Especial de Discapacidad, ha venido cumpliendo una importante tarea en materia de promocion de los derechos de las personas con discapacidad; De conformidad con los articulos 35º y 36º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Constitucion Constituir la Comision Multisectorial Permanente encargada de proponer medidas para la implementacion de la Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Articulo 2º.- Conformacion La Comision Multisectorial Permanente conformada por los siguientes miembros: estara

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Crean Comision Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y propuesta de medidas para la implementacion de la convencion de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad
DECRETO SUPREMO Nº 080-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el ano 2006 se declaro el Decenio de las Personas con Discapacidad, como una muestra del compromiso del Estado Peruano en su conjunto, en la promocion de los derechos de las personas con discapacidad, debiendo adoptarse para tal efecto un conjunto de medidas y politicas publicas que permitan el reconocimiento de las instituciones y de la sociedad en su conjunto respecto a la importancia de fomentar la inclusion, integracion, independencia y productividad de las mismas; Que, con fecha 30 de marzo del 2007, el Estado Peruano suscribio la Convencion sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la misma que ha entrado en MORDAZA el 3 de MORDAZA del 2008, teniendo efectos vinculantes con nuestro MORDAZA en materia de promocion de derechos de las personas con discapacidad; Que, la Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad promueve un enfoque de diseno de politicas publicas que supera los criterios asistencialista y caritativo a otro de derechos y oportunidades;

- Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, quien la presidira. - Un representante del Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad CONADIS, quien se MORDAZA cargo de la Secretaria de la Comision. - Un representante de la Comision Especial de Discapacidad del Congreso de la Republica. - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. - Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Un representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. - Un representante del Ministerio de Salud. - Un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. - Un representante del Ministerio de Educacion. Sin perjuicio de lo anterior, la Comision Multisectorial Permanente podra realizar coordinaciones con los organismos constitucionalmente autonomos y otras entidades del sector publico o privado, segun sea el caso. Articulo 3º.- Coordinacion con el Congreso de la Republica La Comision Multisectorial Permanente realizara las coordinaciones de trabajo con los miembros de la Comision Especial de Discapacidad del Congreso de la Republica, cuyo representante participara en sus sesiones en forma permanente. Articulo 4º.- Designacion de los representantes Los miembros de la Comision Multisectorial Permanente seran designados por los titulares de los sectores correspondientes en el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir de la fecha de la publicacion de la presente norma. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de la Mujer y Desarrollo

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