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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (04/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de diciembre de 2008 384459 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Amplían actividades de servicios que pueden desarrollarse en la ZOFRATACNA DECRETO SUPREMO Nº 008-2008-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que la Ley Nº 27688 - Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, declaró de interés nacional el desarrollo de la Zona Franca de Tacna - ZOFRATACNA para la realización de actividades industriales, agroindustriales, de maquila y de servicios y, de la Zona Comercial de Tacna, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible de la Región Tacna, a través de la promoción de la inversión y el desarrollo tecnológico; Que, el artículo 7º de la citada Ley, modifi cado por el artículo 2º de la Ley Nº 28599, establece las actividades que los usuarios pueden desarrollar en la ZOFRATACNA, y dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo, de la Producción y de Economía y Finanzas podrán incluirse otras actividades; Que, dicha disposición ha sido reglamentada mediante el artículo 5º del Texto Único Ordenado - TUO del Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, Ley Nº 27688, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2006-MINCETUR, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2007-MINCETUR; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco del Plan Estratégico Nacional Exportador y el Plan Operativo Exportador para el Sector Servicios, ha fi jado como uno de sus objetivos, promover el desarrollo de la oferta exportable peruana en el sector servicios así como ejecutar acciones y formular propuestas específi cas para su crecimiento. En tal sentido, ha identifi cado las actividades de servicios de Call Center y servicios de desarrollo de Software, como actividades que poseen un signifi cativo potencial de crecimiento y desarrollo en el departamento de Tacna, tanto por el uso intensivo de mano de obra, como por el alto valor agregado y atracción de la inversión nacional y extranjera, que generan; Que, por tal razón, es conveniente incluir dichas actividades de servicios entre aquellas que los usuarios pueden desarrollar al interior de la ZOFRATACNA; De conformidad con la Ley Nº 27688 - Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna modifi cada por la Ley Nº 28599, la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y del numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA:Artículo 1º.- Ampliación del literal e) del artículo 5º del TUO del Reglamento de la Ley Nº 27688 Amplíase el literal e) del artículo 5º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27688 - Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2006-MINCETUR, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2007-MINCETUR, incluyendo entre las Actividades de Servicios que los usuarios pueden desarrollar al interior de la ZOFRATACNA, las siguientes: - Servicios de Call Center; y, - Servicios de desarrollo de Software Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil ocho.ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y MinasEncargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 286641-3 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la Formalización de los Créditos Suplementarios del III Trimestre del año fiscal 2008, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 141-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 42.3 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que la Dirección Nacional del Presupuesto Público propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modifi caciones al Presupuesto consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 196- 2007-EF, establece, entre otros aspectos, que las modifi caciones al Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se aprueban en períodos trimestrales mediante Decreto Supremo, conforme a los procedimientos establecidos en el Texto Ordenado de la Directiva Nº 004-2007-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial”, aprobado por la Resolución Directoral Nº 014-2008-EF/76.01; Que, en consecuencia es necesario aprobar la formalización de los Créditos Suplementarios del III Trimestre del año fi scal 2008, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y, De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el numeral 42.3 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 196-2007-EF y los artículos 25º (modifi cado por el artículo 3º del Anexo Modifi catorias y Derogatorias de la Resolución Directoral Nº 014-2008-EF/76.01), 26º y 27º del Texto Ordenado de la Directiva Nº 004-2007-EF/76.01 aprobado por la Resolución Directoral Nº 014-2008-EF/76.01; DECRETA:Artículo 1º.- Objeto Apruébase, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al año fi scal 2008, la formalización de los Créditos Suplementarios del III Trimestre del citado Año Fiscal por la suma de TRECE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 578 488,00), de acuerdo al siguiente desagregado:Descargado desde www.elperuano.com.pe