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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (04/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 4 de diciembre de 2008 384470 VISTOS: El Expediente N° 2008031810, iniciado por ING Fondos SAF S.A.C., así como el Informe N° 881-2008-EF/94.06.2 del 24 de noviembre de 2008; CONSIDERANDO:Que, por Resolución CONASEV N° 007-2005-EF/94.10 del 09 de febrero de 2005, se autorizó el funcionamiento de ING Fondos SAFM S.A.C. para administrar únicamente fondos mutuos de inversión en valores. Asimismo, mediante Resolución CONASEV N° 018-2008-EF/94.01.1 del 31 de marzo de 2008, se autorizó el funcionamiento de ING Fondos SAF S.A.C. para administrar también fondos de inversión; Que, mediante escritos presentados el 28 y 29 de octubre de 2008, complementados el 11 y 14, 17, 18 y 24 de noviembre de 2008, ING Fondos SAF S.A.C. solicitó la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados “ING Renta Corto Plazo Soles – FMIV” e “ING Renta Corto Plazo Dólares – FMIV”, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores; Que, asimismo, ING Fondos SAF S.A.C. ha solicitado modifi caciones a las Normas Generales de los fondos mutuos que administra, relacionadas con el custodio, las cuales no generan en los partícipes el derecho de rescatar sus cuotas de participación sin estar afectos a la comisión de rescate y ha presentado un nuevo formato de contrato en el que se incluye la denominación de los nuevos fondos; Que, de la evaluación a la documentación presentada, se ha determinado que ING Fondos SAF S.A.C. ha cumplido con lo establecido en los artículos 24 y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y sus modifi catorias, así como con lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 11 literal l) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; los artículos 24 y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF, así como los literales c) y f) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2007-EF; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados “ING Renta Corto Plazo Soles – FMIV” e “ING Renta Corto Plazo Dólares – FMIV”, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2°.- Aprobar la inscripción de las modifi caciones a las Normas Generales del Reglamento de Participación, las cuales serán aplicables a todos los fondos mutuos de inversión en valores que administra ING Fondos SAF S.A.C., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3°.- Aprobar la inscripción de las modifi caciones al Contrato de Administración, el que será aplicable a todos los fondos mutuos de inversión en valores que administra ING Fondos SAF S.A.C., en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- La publicidad que realice ING Fondos SAF S.A.C para promocionar los fondos mutuos denominados “ING Renta Corto Plazo Soles – FMIV” e “ING Renta Corto Plazo Dólares – FMIV”, no debe inducir a error o confusión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras y sus modifi catorias. Artículo 5°.- Las inscripciones a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas de los mencionados fondos mutuos u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad de los mismos. Artículo 6°.- ING Fondos SAF S.A.C. deberá remitir un (01) ejemplar del Reglamento de Participación de los fondos mutuos de inversión en valores a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, así como de los modelos de contrato de administración y de las solicitudes de suscripción, transferencia y rescate de cuotas en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes de notifi cada la presente resolución. Artículo 7°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 8°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de CONASEV. Artículo 9°.- Transcribir la presente resolución a ING Fondos SAF S.A.C. y al Scotiabank Perú S.A.A. en su calidad de custodio de los fondos mutuos a los que alude la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.RODNY RIVERA VIA Director de Patrimonios Autónomos (e) 283565-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan realización de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específicas (EROE) correspondiente al IV Trimestre 2008 en Lima Metropolitana” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 338-2008-INEI Lima, 24 de noviembre de 2008Visto el Ofi cio Nº 265-2008-MTPE/4/10.3, de la Ofi cina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización para realizar la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas del IV Trimestre 2008 en Lima Metropolitana”. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas; Que, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con la fi nalidad de contar con información estadística sobre las remuneraciones mensuales de los trabajadores en las ocupaciones específi cas más frecuentes inherentes a la actividad económica de las empresas; tiene previsto ejecutar la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas del IV Trimestre 2008 en Lima Metropolitana”; Que, en concordancia con la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 29158 “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, seguirá ejecutando la referida Encuesta, mientras fi nalice el proceso de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales; Que, es necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas correspondiente al IV Trimestre 2008 en Lima Metropolitana”, dirigida a las empresas seleccionadas por actividades económicas más importantes en términos de empleo generado de 10 a más trabajadores del sector privado, así como aprobar el formulario respectivo y fi jar el plazo máximo de entrega de la información; Descargado desde www.elperuano.com.pe