Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2008 (04/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 4 de diciembre de 2008

aguas, combustibles ni MORDAZA de energia, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado, el derecho asi adquirido y que se exceptua el caso de necesidad publica expresamente declarada por Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros conforme a Ley; Que, el articulo 13° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM, establece que las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, podran celebrar contratos en todo el territorio nacional, incluyendo el area comprendida dentro de los cincuenta (50) kilometros de fronteras y que, para efecto de realizar actividades de exploracion y explotacion o explotacion de hidrocarburos en MORDAZA de frontera, la referida MORDAZA reconoce que estas constituyen casos de necesidad nacional y publica; Que, el articulo 3° de la Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, aprobada mediante Ley N° 27133, declara como MORDAZA de interes nacional y necesidad publica, el fomento y desarrollo de la industria del gas natural, que comprende la explotacion de los yacimientos de gas, el desarrollo de la infraestructura de transporte de gas y condensados, la distribucion de gas natural por red de ductos y los usos industriales en el pais; Que, el articulo 13° del Decreto Legislativo N° 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada y sus normas reglamentarias establecen de necesidad nacional la inversion privada, nacional y extranjera, en actividades productivas realizadas o por realizarse en las zonas de frontera del pais; Que, BPZ Energy Inc., es una empresa norteamericana, matriz de la empresa BPZ Exploracion & Produccion S.R.L. (antes BPZ Energy Inc., Sucursal Peru); la misma que celebro con el Estado Peruano el Contrato de Licencia para la Exploracion y Exploracion de Hidrocarburos en el Lote Z-1, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0522001-EM y modificado mediante Decretos Supremos N° 045-2002-EM, N° 003-2004-EM y N° 002-2005-EM; Que, la empresa BPZ Exploracion & Produccion S.R.L. ha solicitado autorizacion para adquirir un terreno rural dentro de los cincuenta kilometros (50 km) en la MORDAZA de frontera con Ecuador con el objetivo de construir y operar una Planta de Procesamiento de Gas Natural, que procesara el gas natural extraido del Lote Z-1, de conformidad con el Contrato de Licencia para la Exploracion y Exploracion de Hidrocarburos en el Lote Z-1; Que, de otro lado, mediante documento de fecha 4 de noviembre de 2008 (Expediente Nº 1834267) la empresa BPZ Energy, Inc. ha senalado que la central termoelectrica que construiran, denominada Central Termoelectrica de Nueva MORDAZA, utilizara el gas natural extraido del Lote Z-1 y que esta se interconectara a la sub-estacion electrica de Zorritos, por lo cual el total de la energia electrica que se genere ingresara al Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN); Que, la solicitud presentada por la empresa BPZ Exploracion & Produccion S.R.L., se encuentra incluida dentro del supuesto de necesidad publica establecido en el articulo 71° de la Constitucion Politica del Peru, dado que el interes en establecer una Planta de Procesamiento de Gas Natural trasciende al interes privado, incidiendo de manera decisiva en la comunidad y su bienestar, puesto que mediante dicha excepcion se trata de lograr el desarrollo de las zonas de frontera, con el consiguiente aumento del bienestar colectivo de la MORDAZA de incidencia de la actividad hidrocarburifera descrita en el presente Decreto Supremo; Que, la solicitud presentada por BPZ Exploracion & Produccion S.R.L., cuenta con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remitida al Ministerio de Energia y Minas por la Secretaria General del Ministerio de Defensa mediante Oficio Nº 435-SGMDA de fecha 28 de agosto de 2006 y ratificada mediante Oficio Nº 993 SG/A/01 de fecha 8 de MORDAZA de 2008; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 3) del articulo 11° de la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; y, en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Declarar de necesidad publica la inversion privada en la construccion y operacion de una Planta de Procesamiento

de Gas Natural, que procesara el gas natural extraido del Lote Z-1, a fin de que la empresa BPZ Exploracion & Produccion S.R.L., pueda adquirir el predio detallado en el articulo 2° del presente Decreto. Articulo 2°.- Autorizacion de adquisicion de terreno en MORDAZA de frontera Autorizar a BPZ Exploracion & Produccion S.R.L., para adquirir el terreno ubicado dentro del area de los cincuenta kilometros (50 km) en la MORDAZA de frontera con Ecuador, en la parte alta del Centro Poblado Nueva MORDAZA, distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, que cuenta con una extension de 94 809,76 m², inscrito a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en merito de la Resolucion N° 058-2006/SBN-GO-JAR, del 18 de MORDAZA de 2006; inscrito en la Partida Electronica N° 1100737 del Registro Predial de Tumbes y delimitado por las siguientes coordenadas UTM:

Vertice 1­2 2­3 3­4 4­5 5­6 6­7 7­8 8­9 9 ­ 10 10 ­ 11 11 ­ 12 12 - 1

Norte 9597705.9140 9597669.1880 9597501.9780 9597406.6320 9597239.3380 9597179.1400 9597131.2260 9597159.7930 9597159.7900 9597291.6160 9597291.5670 9597346.5980

Este 544097.8910 544004.8710 543946.2380 543876.1390 543946.0610 543895.5460 543953.4810 544079.2370 544145.7640 544147.3200 544118.5970 544097.7730

Articulo 3° .- Abastecimiento a la Planta Termoelectrica Precisar que de acuerdo a lo manifestado por la empresa BPZ Exploracion & Produccion S.R.L., la Planta de Procesamiento de Gas Natural a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, abastecera de gas natural a la central termoelectrica denominada Central Electrica de Nueva MORDAZA, que dicha empresa construira en Nueva MORDAZA, distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante MORDAZA, departamento de Tumbes, la que se interconectara a la sub-estacion electrica de Zorritos, por lo que el total de la energia electrica que se genere ingresara al Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN). Articulo 4°.- Sancion La transferencia de la posesion o propiedad del bien a que se refiere el presente Decreto Supremo a otros inversionistas extranjeros que no cuenten con la correspondiente autorizacion MORDAZA lugar a la perdida del derecho adquirido por el inversionista, en beneficio del Estado Peruano, conforme a lo establecido en el articulo 71° de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa 286641-2

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