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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de diciembre de 2008 384743 Que, con la Ordenanza Nº 303-MSS de fecha 19.03.2008, se crea el Seguro Puntual Surcano como benefi cio a los contribuyentes del distrito que cumplan oportunamente con sus obligaciones tributarias; Que, mediante Memorándum Nº 857-2008-GAT-MSS de fecha 17.09.2008, la Gerencia de Administración Tributaria adjuntando el Informe Nº 4763-2008-SGROT-GAT-MSS de fecha 17.09.2008 de la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria, remite la propuesta de Ordenanza que amplía los servicios que brinda el Seguro Puntual Surcano, el cual fuera creado mediante Ordenanza Nº 303-MSS, en el sentido de incluir los servicios de Grúa y Auxilio Mecánico; Que, en atención a lo solicitado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Memorándum Nº 783-2008-OAJ-MSS de fecha 22.09.2008, la Subgerencia de Abastecimientos a través del Informe Nº 1002-2008-SGAB-GA-MSS de fecha 23.09.2008, concluye señalando que la implementación del servicio de grúa y auxilio mecánico, se deberá realizar mediante un nuevo proceso de selección, por un período de meses que sólo alcance hasta la culminación del Seguro Puntual Surcano y tenga en cuenta la Ordenanza Nº 303-MSS vigente hasta el 28.02.2009 o en su defecto se debería tener en cuenta la culminación del contrato del Seguro Puntual Surcano, a fi n de realizar una sola convocatoria, incluyendo el servicio de grúa y auxilio mecánico; Que, mediante Memorándum Nº 901-2008- GAT-MSS de fecha 06.10.2008, la Gerencia de Administración Tributaria indica conforme a lo señalado por la Subgerencia de Abastecimientos en su Informe Nº 1002-2008-SGAB-GA-MSS, que es posible implementar los servicios de Grúa y Auxilio Mecánico para este período, a través de un nuevo contrato, mediante un nuevo proceso de selección que sólo alcance hasta la culminación del actual Seguro Puntual Surcano, es decir hasta el 28 de febrero de 2009, por lo que ratifica su solicitud de ampliar los servicios del actual Seguro Puntual Surcano, adicionándole los servicios de Grúa y Auxilio Mecánico, desde este año, a fin que éstos constituyan un incentivo más para el cumplimiento de las obligaciones tributarias para este ejercicio e incentiven además el pago anticipado de los tributos al primer vencimiento del próximo año; Que, con Memorándum Nº 672-2008-OPP-MSS de fecha 28.10.2008, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que la contratación de los servicios a ser ampliados, contarían con cobertura presupuestal en la específi ca de gastos 531177 “Otros Seguros”, rubro 8 “Impuestos Municipales” hasta por el importe de S/. 130,282.00 Nuevos Soles; Que, con Informe Nº 1108-2008-OAJ-MSS de fecha 05.11.2008, la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala que el proyecto de Ordenanza que amplía los servicios brindados por el Seguro Puntual Surcano, tiene como fi nalidad ampliar los servicios que se indican en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 303-MSS a los servicios de Grúa y Auxilio Mecánico para los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 2º de la mencionada Ordenanza, siendo además que dichos servicios entrarán en vigencia una vez concluido el proceso de implementación de las medidas necesarias para la prestación de los mismos, opinando que resulta conveniente para la entidad el proyecto de Ordenanza presentado, que amplía los Servicios de Grúa y Auxilio Mecánico en las condiciones que se señala en la referida propuesta, siendo que la misma se encuentra acorde con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, debiendo elevarse para ser aprobada por parte del Concejo Municipal; Estando al Memorándum Nº 1661-2008-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Memorandos Nºs. 857, 901 y 992-2008-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 4763-2008-SGROT-GAT-MSS de la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria, el Informe Nº 1002-2008-SGAB-GA-MSS de la Subgerencia de Abastecimientos, el Memorándum Nº 672-2008-OPP-MSS de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 783-2008-OAJ-MSS y el Informe Nº 1 108-2008-OAJ- MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y contando con el Dictamen Conjunto N° 040-2008-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos; De conformidad con los Artículos 9º numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA LOS SERVICIOS BRINDADOS POR EL SEGURO PUNTUAL SURCANO Artículo Primero.- Ampliar los servicios que se indican en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 303-MSS; a los servicios de grúa y auxilio mecánico, para los contribuyentes que cumplan con los requisitos del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 303-MSS. Artículo Segundo.- Los servicios de grúa y auxilio mecánico, se prestarán respecto de un vehículo registrado a nombre del contribuyente o del cónyuge, siempre que esté destinado a uso particular. Las condiciones del servicio y la cobertura del mismo, en detalle, serán publicados en la página web de la Municipalidad de Surco, www.munisurco.gob.pe. Artículo Tercero.- Para hacer uso de los servicios del Seguro Puntual Surcano antes mencionados, ya sea el contribuyente benefi ciario o su cónyuge, el contribuyente deberá comunicarse a la línea de atención o correo electrónico especialmente designada para tal fi n, identifi cándose con su código de contribuyente o su Documento Nacional de Identidad y referir la placa del vehículo que recibirá el auxilio que solicita. Artículo Cuarto.- En cuanto a las condiciones de pérdida, recuperación del benefi cio, responsabilidad civil por servicios defectuosos o daños causados por la prestación de los servicios; éstas se rigen por lo dispuesto en los Artículos Quinto, Sexto y Sétimo de la Ordenanza Nº 303-MSS. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Dispóngase que los servicios de grúa y auxilio mecánico señalados en el Artículo Primero de la presente ordenanza, entrarán en vigencia una vez concluido el proceso de implementación de las medidas necesarias para la prestación de los mismos, lo cual será debidamente puesto en conocimiento de los vecinos del distrito, en su oportunidad. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administración, llevar a cabo los procesos de selección correspondientes de conformidad con la normatividad vigente. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Sistemas y Procesos y a la Ofi cina de Imagen Institucional, establecer formalmente las acciones orientadas a asegurar el otorgamiento de los benefi cios señalados en la presente ordenanza, así como la adecuada difusión de la misma. Cuarta.- Precísese que de lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 303-MSS, se entenderá que el término de la vigencia del benefi cio del Seguro Puntual Surcano será hasta el último día de febrero del 2009. Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 286878-3 Autorizan viaje de Teniente Alcalde y Regidor a Colombia para participar en evento de capacitación ACUERDO DE CONCEJO Nº 113-2008-ACSS Santiago de Surco, 26 de noviembre de 2008EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el D.S. Nº 2281152008, el Informe Nº 123-2008-GOP-MSS, el Informe Nº 027-2008-ACRV-GOP/MSS, el Memorándum Nº 182-2008-A-MSS, los Memorándum Nros. 3320 y 3379-2008-SG-MSS, el Memorando Nº 721-2008 y el Informe Nº 125-2008-OPP-MSS, el Memorando Nº 613-2008-GF-MSS, los Informes Nºs. 1175 y 1179-2008-Descargado desde www.elperuano.com.pe