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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de diciembre de 2008 384723 Explotador y Especifi caciones Técnicas de Operación. Artículo 9°.- Si la Administración verifi case la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obligación por parte de STAR UP S.A. - STAR PERU , de otorgar la garantía global que señala el Artículo 93º de la Ley N° 27261, en los términos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que señala el Artículo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 11º.- La empresa STAR UP S.A. - STAR PERU deberá presentar cada año el Balance de Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguiente. Artículo 12º.- La empresa STAR UP S.A. - STAR PERU deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 13.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley N° 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO LOPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 282477-1 Otorgan a Lan Perú S.A. - LAN renovación y modificación de su permiso de operación de aviación comercial - transporte aéreo regular y nacional de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 217-2008-MTC/12 Lima, 17 de noviembre de 2008Vista la solicitud de la empresa LAN PERU S.A. - LAN, sobre Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 089-2004-MTC/12 del 11 de junio del 2004 se otorgó a la Compañía LAN PERU S.A. - LAN Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 28 de junio del 2004, modifi cada a través de las Resoluciones Directorales Nº 226-2005-MTC/12 del 15 de diciembre del 2005, Nº 026-2006-MTC/12 del 16 de febrero del 2006, Nº 101-2006-MTC/12 del 19 de junio del 2006, Nº 076-2007-MTC/12 del 10 de abril del 2007 y Nº 180-2007-MTC/12 del 05 de setiembre del 2007. Que, mediante Documento de Registro N° 029934 del 18 de marzo del 2008 precisado mediante Documentos de Registro Nº 040895 del 16 de abril del 2008, Nº 047734 del 06 de mayo del 2008, Nº 060610 del 09 de junio del 2008, Nº 072591 del 07 de julio del 2008, Nº 078378 del 21 de julio del 2008 y Nº 104726 del 19 de setiembre del 2008 la Compañía LAN PERU S.A. - LAN, solicitó la Renovación y Modifi cación de su respectivo Permiso de Operación; Que, según los términos del Memorando N° 440-2008- MTC/12, Memorando Nº 630-2008-MTC/12, Memorando Nº 764-2008-MTC/12, Memorando Nº 1136-2008-MTC/12, Memorando Nº 3572-2008-MTC/12.04 e Informe Nº 040-2008-MTC/12.07.LIC; la recurrente ha cumplido con los requisitos que para el trámite de renovación del permiso de operación establece la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa LAN PERU S.A. - LAN, la Renovación y Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial -Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 29 de junio del 2008, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 089-2004-MTC/12 del 11 de junio del 2004. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa LAN PERU S.A. - LAN deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: -Aviación Comercial – Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: -Airbus A319-Airbus A320-Boeing 767 RUTAS Y FRECUENCIAS: -Lima – Cuzco y/o Puerto Maldonado y/o Arequipa y/o Juliaca y/o Tacna y/o Trujillo y/o Chiclayo y/o Piura y/o Talara y/o Tumbes y/o Cajamarca y/o Talara y/o Iquitos y/o Tarapoto y/o Pucallpa y/o Cuzco y/o Arequipa y/o Trujillo y/o Chiclayo y/o Pucallpa y/o Tarapoto y/o Ayacucho y/o Jauja y v.v., con un mínimo de 335 frecuencias semanales y sin límite máximo, pudiendo omitir puntos y variar la dirección de los vuelos. BASE DE OPERACIONES: -Aeropuerto Internacional Jorge Chávez Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa LAN PERU S.A. - LAN deben estar provistas de sus correspondientes Certifi cados de Matrícula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Público de Aeronaves de la Ofi cina Registral de Lima y Callao; de sus Certifi cados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certifi cado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La empresa LAN PERU S.A. - LAN está obligada a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- La empresa LAN PERU S.A. - LAN está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fi n de mantener permanente información del tráfi co aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- La empresa LAN PERU S.A. - LAN empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certifi cación de aptitud expedido o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil.Descargado desde www.elperuano.com.pe