Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (18/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de diciembre de 2008 385408 VISTOS: La Carta S/N recibida en fecha 13 de octubre del 2008, el Ofi cio Nº 1946-2008-CONAFU-P de fecha 4 de noviembre del 2008, la Carta S/N recibida en fecha 25 de noviembre del 2008, el Ofi cio Nº 932-2008-CONAFU-CDAA de fecha 01 de diciembre del 2008, el Informe Legal Nº 321-2008-CONAFU-CJ de fecha 03 de diciembre del 2008, y el Acuerdo Nº 519-2008-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU llevada a cabo los días 09 y 10 de diciembre del 2008, y; CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verifi cación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el Artículo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de Julio del 2006; Que, es atribución del Pleno del CONAFU “Aprobar o denegar los Proyectos de Desarrollo Institucional de las nuevas Universidades”, de conformidad con el artículo 10º inciso c) del Estatuto del CONAFU”; Que, con Carta S/N recibida en fecha 13 de octubre del 2008, la Promotora “Instituto Superior Tecnológico Estatal Federico Villareal S.A.C.”, debidamente representada por el señor Atilio Rodolfo Buendía Giribaldi; solicita la autorización de funcionamiento del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo -UNID; Que, “El Proyecto de Desarrollo Institucional, consolida los resultados del estudio de los aspectos técnicos, económicos, fi nancieros, administrativos e institucionales con el fi n de instalar, poner en marcha y desarrollar una Universidad o Escuela de Postgrado Particular no perteneciente a Universidades, con previsiones económicas para sus diez primeros años de funcionamiento”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8° del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004 (En Adelante el Reglamento); Que, en el Artículo 14º del Reglamento, se establecen los requisitos que comprende el Proyecto de Desarrollo Institucional; y en el artículo 21º del Reglamento antes referido, se establece que: “El procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud de Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para la evaluación de admisión a trámite de la solicitud… Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de Mesa de Partes, ingresará ofi cialmente el expediente y lo remitirá a la Secretaría General para que remita la parte a) a la Consejería de Evaluación y Asuntos Académicos y la parte b) a la Comisión Jurídica, quienes dispondrán de cinco días calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciará el procedimiento corriendo los plazos y términos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgará a la promotora el plazo de cinco días hábiles para que subsane las defi ciencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedirá la resolución que declara su inadmisibilidad”; Que, por Ofi cio Nº 1946-2008-CONAFU-P de fecha 4 de noviembre del 2008, el Presidente del CONAFU, remite las observaciones formuladas a la Parte “A” y “B” del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo -UNID; a fi n de que la Promotora del proyecto Universitario cumpla con subsanar las observaciones formuladas a dicho Proyecto;Que, Carta S/N recibida en fecha 25 de noviembre del 2008, el señor Atilio Rodolfo Buendía Giribaldi, en calidad de Representante de la Promotora del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo -UNID, remite el levantamiento de Observaciones trasladadas mediante Ofi cio Nº 1946-2008-CONAFU-P; Que, con Ofi cio Nº 932-2008-CONAFU-CDAA de fecha 01 de diciembre del 2008, el Consejero de Asuntos Académicos, informa al Pleno del CONAFU, que el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo -UNID, ha cumplido en forma debida con subsanar todas las observaciones advertidas correspondiente a la Parte “A” del PDI presentado; opinando que se continúe con el trámite correspondiente; Que, con Informe Legal Nº 321-2008-CONAFU- CJ de fecha 03 de diciembre del 2008, la Comisión Jurídica informa al Pleno del CONAFU, que el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo -UNID, ha cumplido en forma debida con subsanar todas las observaciones advertidas correspondiente a la Parte “B” del PDI presentado; por lo que opina que se admita a trámite la solicitud de autorización de funcionamiento presentada; Que, en el artículo 22º del Reglamento, se establece que: “Con los dictámenes favorables, la Secretaría General solicitará a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluación del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comisión Organizadora propuesta con una comisión de Consejeros del Pleno, con la fi nalidad de conocer sobre su hoja de vida documentada, su vinculación con la actividad académica, su identifi cación y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente será puesto en consideración del Pleno del Consejo para su admisión a trámite”; Que, con fecha 09 de octubre del 2008 se ha llevado a cabo la entrevista de los Promotores y Comisión Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo -UNID, con los miembros del Pleno del CONAFU; en cumplimiento con la norma descrita en el párrafo anterior; Que, en sesión de fecha 09 y 10 de diciembre del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 519-2008-CONAFU acuerda admitir a trámite la solicitud de Autorización de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo -UNID, presentado por la Promotora “Instituto Superior Tecnológico Estatal Federico Villareal S.A.C.”, debidamente representada por el señor Atilio Rodolfo Buendía Giribaldi; solicitud que se admite con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Enfermería, 2) Farmacia y Bioquímica; y, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Por estas Consideraciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ADMITIR a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo, presentado por la Promotora “Instituto Superior Tecnológico Estatal Federico Villareal S.A.C.”, debidamente representada por el señor Atilio Rodolfo Buendía Giribaldi; solicitud que se admite con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Enfermería, 2) Farmacia y Bioquímica. Artículo Segundo.- PROSÍGASE con el trámite de la solicitud de Aprobación del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo –UNID, bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU -aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU- y toda la normatividad vigente del CONAFU. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Universidad Interamericana para el Desarrollo -UNID, para que CUMPLA con acreditar el pago por Derecho de Evaluación para la Aprobación Descargado desde www.elperuano.com.pe