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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de diciembre de 2008 385412 Visto El ofi cio Nº 1602-2008-VRAC-URP, de la Universidad Ricardo Palma; y, CONSIDERANDO:Que en el marco de las atribuciones de la Asamblea Nacional de Rectores, el artículo 92º Inc. e) de la Ley Universitaria Nº 23733, dispone la coordinación previa e indispensable para la creación de carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad acordados por una universidad; Que mediante ofi cio de visto, la Universidad Ricardo Palma hace llegar la documentación correspondiente a la creación de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, aprobada por su Asamblea Universitaria en sesión del 13 de octubre del 2006, mediante Resolución Nº 730026-AU-R-SG; Que, habiéndose examinado la documentación citada en el considerando anterior sobre el plan de estudios, infraestructura, personal docente y recursos académicos; se desprende que su organización se encuentra acorde con las exigencias académicas y formales, cuya ejecución está orientada a lograr la formación profesional con criterio de calidad. Estando a lo Informado; y En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que la creación de la Facultad de Derecho y Ciencia Política, en la Universidad Ricardo Palma, cumple con lo previsto por el artículo 92 Inc. e) de la Ley Universitaria Nº 23733, cuyo plan de estudios queda aprobado para su funcionamiento. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución, en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma yPresidente (e) de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario GeneralAsamblea Nacional de Rectores 292000-6 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Autorizan viaje de Presidente y Consejero del Consejo Nacional de la Magistratura a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 154-2008-P-CNM San Isidro, 9 de diciembre de 2008 VISTOS:Los Ofi cios Nºs. 1828 y 2143-2008-PCNM, el Acta de Sesión Plenaria Ordinaria del Consejo Nacional de la Magistratura y el Memorando Nº 164-2008-P-CNM de fechas 01 y 30 de Octubre, 23 de Octubre y 03 de diciembre respectivamente, sobre viaje a la ciudad de Santiago de Chile; CONSIDERANDO:Que, dentro de los lineamientos y fi nalidad del Consejo Nacional de la Magistratura, están el de difundir la misión y visión de la Institución, dar a conocer los procesos y actividades que viene desarrollando la Institución, para difundir la labor que cumple realmente el Consejo Nacional de la Magistratura para la transformación de la justicia en el país, así como conocer otras prácticas exitosas sobre el sector justicia que se presentan en el exterior, para un intercambio de experiencias con un benefi cio mutuo: Que, el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura planteó la posibilidad que dentro del marco del Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú (JUSPER), una delegación de dos consejeros visiten la República de Chile para determinar cómo funciona su sistema de justicia y el Consejo de la Judicatura, y ver qué mecanismos de los que ellos emplean pueden servir para la aplicación sobre todo del Código Procesal Penal que es un modelo muy similar que se está implementando en el Perú, habiendo el Presidente de la Corte Suprema de Chile expresado su beneplácito por esta visita: Que mediante Memorando Nº 164-2008-P-CNM, el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), dispone que la delegación mencionada en el considerando anterior está conformada por el Presidente del CNM y por el Sr. Consejero Dr. Carlos Mansilla Gardella, quienes estarían viajando a Santiago de Chile el 14 de diciembre a las 00.30 horas y retornando a Lima el 19 de diciembre a las 08.15 horas, es decir por seis días calendario. Que, una parte de los gastos del referido viaje, estarán cubiertos por el Proyecto JUSPER hasta cubrir cinco días de alojamiento y manutención, por lo que es necesario que el CNM asuma los gastos que faltan cubrir correspondiente a un día adicional y los gastos propios de la instalación y traslado correspondiente; Que, la Ley Nº 27619 de 21 de diciembre de 2001, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, disponen que los gastos por concepto de viáticos según la escala aprobada para países de América del Sur es de Doscientos (US $200.00) dólares diarios, que se podrá adicionar por una sola vez equivalente a un día de viáticos, por conceptos de gastos de instalación y traslado, que se autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores mediante resolución de la más alta autoridad de la entidad, debiéndose sustentar en el interés institucional, publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje, y presentar el comisionado dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la rendición de cuentas por el gasto realizado y un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año 2008, están exceptuados de la prohibición de viajes al exterior los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212; Que, para el Consejo Nacional de la Magistratura, es importante la visita antes referida, con la fi nalidad de fortalecer las coordinaciones e intercambiar experiencias con los magistrados y funcionarios del Sistema de Justicia de Chile; Que, por las razones señaladas en los considerandos anteriores es necesario encargar las funciones de la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, la Ley Nº 27619 la Ley Nº 29142 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y con las visaciones de la Ofi cina de Administración, la Ofi cina de Asuntos Legales y la Ofi cina de Planifi cación del Consejo Nacional de la Magistratura; Descargado desde www.elperuano.com.pe