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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (19/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de diciembre de 2008 385469 los respectivos mecanismos de verifi cación, en relación al Programa de Transporte Rural Descentralizado - PTRD), deberán de cumplir con presentar los documentos que sustentan el cumplimiento de los siguientes Mecanismos de Verifi cación: a. La Ordenanza Municipal que crea el Instituto Vial Provincial (IVP) y aprueba su correspondiente Estatuto. b. Resolución del Gobierno Local Provincial aprobando el Plan Vial Provincial Participativo (PVPP) o Acta del Comité Directivo del IVP (Alcalde Provincial y Alcaldes Distritales), indicando que se encuentra en proceso de elaboración, según sea el caso. c. Resolución de Alcaldía designando al Gerente General del IVP, lo que asegura su participación durante el proceso de ejecución de la transferencia fi nanciera condicionada de recursos correspondientes a los componentes de infraestructura vial del PTRD. Los Gobiernos Locales Provinciales que participan por primera vez, podrán validar su participación en la transferencia en cuanto presenten sus documentos probatorios del cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación. Con relación a los Gobiernos Locales Provinciales – IVP que han sido validados en años 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007 para recibir recursos del MTC – PROVÍAS DESCENTRALIZADO, no requerirán presentar nuevamente los Mecanismos de Verifi cación, para participar en la transferencia de recursos del Componente de infraestructura vial del PTRD. 4. PROCEDIMIENTOS PARA LA TRANSFERENCIALa transferencia de los recursos de los proyectos de infraestructura vial del Programa de Transporte Rural Descentralizado (PTRD) del PROVÍAS DESCENTRALIZADO del MTC, a los Gobiernos Locales Provinciales, se realizará de conformidad con las disposiciones de la presente directiva.  La transferencia de los recursos de inversión, ejecutada como transferencia fi nanciera condicionada, que el PROVÍAS DESCENTRALIZADO efectúe a favor de los Gobiernos Locales Provinciales - IVP, están referidos a los Proyectos de Infraestructura Vial del PTRD siguientes: i) Rehabilitación de Caminos Vecinales, que comprende la elaboración de estudios de rehabilitación de caminos vecinales, la ejecución de obras y la supervisión de obras de rehabilitación de caminos vecinales; ii) Mantenimiento Periódico de Caminos Vecinales, que comprende la elaboración de expedientes técnicos de mantenimiento periódico de caminos vecinales, la ejecución de obras y la supervisión de obras de mantenimiento periódico de caminos vecinales; iii) Mejoramiento de Caminos de Herradura, que comprende la elaboración de estudios de mejoramiento de caminos de herradura y la ejecución del mejoramiento de caminos de herradura; Los tramos viales en donde se ejecutarán dichos proyectos están comprendidos y priorizados en los Planes Viales Provinciales Participativos (PVPP) que implementan los IVP respectivos.  La transferencia fi nanciera de los recursos para la ejecución de los proyectos de infraestructura vial, será realizada siguiendo el principio de gradualidad, que cuenta con la No Objeción de los Bancos. Los Gobiernos Locales (GLP) con Institutos Viales Provinciales (IVP) evaluados como los más avanzados, recibirán y ejecutarán directamente los recursos destinados a los Proyectos Viales del PTRD que les corresponda, bajo el seguimiento y monitoreo de PROVÍAS DESCENTRALIZADO. Aquellos GLP con IVP evaluados como intermedios y en proceso, participarán en la ejecución que realice PROVÍAS DESCENTALIZADO, y podrán recibir la transferencia de la ejecución de los proyectos viales, mediante cesión de posición contractual, en cuanto alcancen los niveles de gestión adecuados. Los recursos de inversión de los Proyectos Viales del PTRD, estarán detallados en los Convenios Financieros suscritos por el PROVÍAS DESCENTRALIZADO con cada GLP-IVP que reciba la transferencia fi nanciera de recursos.  La transferencia fi nanciera condicionada de recursos se realizará de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4.1 Normas Generales de Administración Financiera, del Capítulo IV Programación Administrativa y Financiera, del Manual de Operaciones del Programa Transporte Rural Descentralizado PTRD, de los Contratos de Préstamos del BID Nº 1810/2007 y del BIRF Nº 7423-PE, que establece, en el segundo parágrafo del numeral 4.1.1 Gestión Financiera del PTRD, “La asignación de recursos presupuestales y fi nancieros a los GL se realizarán mediante la modalidad de Transferencia Financiera, la misma que será aprobada por el Titular del Pliego mediante Resolución Ministerial, la ejecución técnica estará a cargo de los IVP.” La Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera, se sustenta mediante el Convenio Financiero suscrito entre el GLP-IVP y el PROVÍAS DESCENTRALIZADO.  La transferencia fi nanciera de los recursos de los componentes del PTRD, son autorizados mediante Resolución Ministerial del MTC, de acuerdo a lo establecido en los Convenio de Préstamo suscrito por el Gobierno Peruano con los Bancos BID y BIRF, que originan el PTRD. La Resolución Ministerial será emitida en la oportunidad en que sea requerida, de acuerdo a la ejecución de los proyectos y lo previsto en la programación respectiva.  La transferencia fi nanciera de recursos será efectuada a los GL-IVP que hayan sido validados y tengan sufi ciente capacidad de gestión para ejecutar los componentes de infraestructura vial del PTRD, priorizados en sus respectivos Planes Viales Provinciales. Para ello, en el Convenio Financiero a suscribir, se establecen las referencias específi cas de los proyectos viales a transferir, en cada caso, de acuerdo a las previsiones del Plan Operativo Institucional.  Los GLP-IVP participantes en la transferencia, deberán conformar una Comisión de Transferencia de Recepción, que estará presidida por el Titular del Pliego e integrada por un máximo de tres (3) funcionarios o servidores públicos, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia. La Comisión será ofi cializada mediante Resolución de Alcaldía y notifi cada al PROVÍAS DESCENTRALIZADO, con copia fedateada a la Secretaría de Descentralización de la PCM.  Los GLP-IVP participantes en la transferencia, durante el proceso de preparación de la ejecución de la transferencia fi nanciera de recursos, deberán tener suscritos con PROVÍAS DESCENTRALIZADO, los siguientes documentos: i. Convenio Marco de Adhesión, establece los términos y condiciones de la cooperación interinstitucional y formaliza la adhesión voluntaria del Gobierno Local en el Programa de Transporte Rural Descentralizado (PTRD), asegura que los GLP–IVP recibirán los instrumentos, capacitación y asistencia técnica, que les permita realizar la gestión de los proyectos viales y, asimismo, determina los indicadores de gestión que permitirá medir el desempeño de los GLP–IVP en la ejecución de los proyectos viales del PTRD, con el objeto de garantizar una gestión por resultados efi ciente y efi caz. ii. Convenio Financiero, acuerdo que formaliza el compromiso de aporte de la Transferencia de los recursos fi nancieros a los GLP-IVP para la ejecución de los proyectos viales del PTRD y establece las condiciones de la ejecución respectiva; servirá de sustento a la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera condicionada de los recursos mencionados.  La transferencia fi nanciera de recursos de los proyectos viales del PTRD se organiza en un Expediente de Transferencia que contendrá la Resolución de Alcaldía que conforma la Comisión de Transferencia de Recepción, los Convenios Marco de Adhesión, Convenio Financiero y, en el caso de los GLP–IVP nuevos, los documentos probatorios del cumplimiento de los Mecanismos de Verifi cación. Copia fedateada del Expediente de Transferencia será remitido por el PROVÍAS DESCENTRALIZADO a la Secretaría de Descentralización.Descargado desde www.elperuano.com.pe