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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de diciembre de 2008 385473 Que, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las funciones específi cas en materia agraria de los literales “e” y “q” detalladas en el Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, resulta necesario la suscripción de un Convenio de Gestión entre el Gobierno Regional del departamento de San Martín y el Ministerio de Agricultura que garantice la cadena de custodia del recurso forestal y de fauna silvestre, y que forma parte del Sistema Nacional de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre (SNIC); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 28273 - Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Efectivizar la transferencia en materia agraria de las actividades detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución de las Funciones Específi cas consignadas en los literales “e”, y “q” al Gobierno Regional del departamento de San Martín, establecidas por el artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, consideradas en el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales, conforme al cuadro de facultades recibidas por los Gobiernos Regionales y las retenidas por el Ministerio de Agricultura. Artículo 2°.- De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 28273, aprobado por Decreto Supremo Nº 080- 2004-PCM, el Instituto Nacional de Recursos Naturales y el Gobierno Regional del departamento de San Martín; deberán adecuar sus instrumentos institucionales y de gestión, previa a la formalización de la transferencia de las actividades de las funciones y facultades contenidas en las funciones específi cas “e” y “q”. Artículo 3°.- El Gobierno Regional del departamento de San Martín, con el objeto de contribuir en la implementación del Sistema Nacional de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre (SNIC), para la efectivización de las actividades no previstas en el artículo primero de la presente resolución, suscribirá un Convenio de Gestión con el Ministerio de Agricultura, en su calidad de ente rector del mencionado sistema, que permita el ejercicio de las funciones “e” y “q” en el ámbito de su jurisdicción. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura ANEXO Actividades de la función “e” materia de transferencia al Gobierno Regional de San Martín N° Actividades 2e Implementar en el ámbito de su jurisdicción las políticas, planes y normatividad aprobados por la autoridad nacional. 5e Apoyar y fortalecer los Comités de Gestión de Bosque, facilitando su participación en el control y vigilancia de los recursos forestales y de fauna silvestre. 7e Remitir a la autoridad nacional la información generada y sistematizada en materia de recursos forestales y de fauna silvestre. 8e Proponer la lista de los ecosistemas frágiles en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a los lineamientos establecidos por la autoridad nacional. 9e Promover y apoyar la realización de las evaluaciones poblacionales sobre la situación de las especies de fl ora y fauna silvestres, supervisando el cumplimiento y metodología establecidos por la autoridad nacional. 13e Promover, supervisar y registrar los zoocriaderos, zoológicos, centros de rescate, centros de custodia temporal y áreas de manejo de fauna silvestre en el ámbito de su jurisdicción. 14e Concertar con las autoridades competentes para hacer cumplir las disposiciones del sistema nacional de control, en el ámbito de su jurisdicción.N° Actividades 15e Proponer e implementar los registros forestales y de fauna silvestre en el ámbito regional de acuerdo a los lineamientos de la autoridad nacional. 16e Mantener actualizados los registros forestales y de fauna silvestre, en el ámbito de su jurisdicción. 17e Proponer y apoyar las investigaciones en coordinación con las instituciones educativas y cientí fi cas de su jurisdicción. 18e Coordinar, articular y apoyar en el cumplimiento de las funciones de la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables en el ámbito de su jurisdicción. Actividades de la función “q” materia de transferencia al Gobierno Regional de San Martín N Actividades 1q Implementar el ordenamiento del patrimonio forestal regional, así como del inventario, evaluación, catastro y registro o fi cial de los recursos forestales y de fauna silvestre y la zoni fi cación forestal en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a la normatividad establecida. 2q Proponer e implementar la promoción del desarrollo forestal sostenible en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a la política nacional. 3q Proponer e implementar y realizar los programas, planes y proyectos forestales en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a la normatividad establecida. 12q Promover la conformación y reconocer los Comités de Gestión de Bosque, en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. 13q Otorgar licencias de caza comercial o deportiva en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. 14q Otorgar y supervisar las autorizaciones para la caza comercial/ deportiva de ejemplares de fauna silvestre de acuerdo al calendario nacional de caza comercial/deportiva aprobado por la autoridad nacional. 15q Promover y aprobar los proyectos de zoocriaderos, centro de custodia temporal y de rescate y autorizar su funcionamiento, de acuerdo a la normativa nacional vigente 17q Transferir y fi scalizar los productos de fauna silvestre decomisados, a centros de educación, investigación ó difusión cultural, programas sociales, gobiernos locales y aquellas que brinden apoyo en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a normatividad nacional vigente. 18q Autorizar la caza sanitaria y disponer de su despojos para su incineración o para su uso por una Institución Cientí fi ca, de acuerdo a la normatividad nacional vigente. 23q Proponer la lista de especies de fl ora y fauna amenazadas en el ámbito de su jurisdicción a ser incluidas en la lista nacional de categorización. 24q Proponer la lista de los ecosistemas frágiles en el ámbito de su jurisdicción.25q Proponer y coordinar con la autoridad nacional la realización de las evaluaciones poblacionales de fl ora y fauna silvestres en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a los lineamientos establecidos por la autoridad nacional. 26q Apoyar y participar en la implementación del Plan de Supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables. 27q Proveer de documentación e Información a la autoridad encargada de la supervisión de concesiones forestales con fi nes maderables. 28q Apoyar y participar en las supervisiones extraordinarias y acciones de control a los contratos de concesión forestal con fi nes maderables. 30q Brindar las facilidades a personas jurídicas acreditadas por la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables, para realizar la supervisión de los planes de manejo de las concesiones forestales maderables. 32q Remitir información a la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables referida al cumplimiento del contrato de concesión forestal maderable por el lado del concedente. 33q Proponer normatividad relativa a las obligaciones del concesionario y supervisar el cumplimiento en lo que competeria. 34q Presentar a la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables las denuncias generadas como producto de las actividades de administración y control. 292972-1 Aprueban Acta de Acuerdos referente al uso de las aguas del río Santa, suscrita por los Gerentes Generales de los Proyectos Especiales Chavimochic y Chinecas RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 1011-2008-INRENA-IRH Lima, 17 de diciembre de 2008 VISTO: El Informe Técnico Nº 547-2008-INRENA-IRH-DIRHI/ JAH-ACF elaborado por la Dirección de Recursos Hídricos de esta Intendencia; y,Descargado desde www.elperuano.com.pe