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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (20/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de diciembre de 2008 385634 en el Distrito de Pichanaki el proyectista ha ubicado los terrenos de los componentes del sistema, con un criterio técnico, económico que permita el funcionamiento del sistema en su conjunto y de la selección de alternativa de ubicación de los terrenos de los componentes del sistema han sido determinados como única alternativa y viable, existe un INFORME LEGAL Nº 189-2008-OAJ-MDP, que señala en atención a los documentos, los terrenos se encuentran saneados, por lo recomienda pase a Consejo Municipal, a fi n de determinar la compra y el monto a ser cancelado, por lo que pasa a Sesión de Consejo y mediante ACUERDO DE CONSEJO Nº 070-2008-MDP, de fecha 23 de julio presente, se autoriza al Econ. Zosimo Cárdenas Muje, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pichanaki, en su condición de representante legal, suscriba las Minutas, y/o Escrituras Públicas de Compra – Venta de 01 terreno, ubicado dentro de la Asociación de Pequeños Productores La Libertad de una Extensión Superfi cial conforme el estudio técnico del proyecto de la obra para la planta de tratamiento de agua potable, es de 10161.40 m2. Que, estando al INFORME LEGAL Nº 406-2008-OAJ- MDP. De fecha 15 de noviembre del año 2008, sobre proceso de exoneración de selección, por el cual la ofi cina de Asesoría legal ante los antecedentes y acciones relazadas, informes técnicos Nº 002-2008-CCH/RO/LDA – INFORME TECNICO Nº 1530-2008-IDUR-MDP de fecha 15 de noviembre del 2008, expedido por el Área Usuaria, Gerencia de Infraestructura Desarrollo Urbano y Rural, cuyo responsable Ing. José Eduardo Vega Lazo, donde señala la justifi cación del bien señalado como único bien y que no hay otro bien que pueda sustituir a este bien identifi cado y que reúne las características de altura y dotación para una correcta ejecución, distribución y desempeño hidráulico de la estructura acanteada que benefi ciará al Distrito de Pichanaki, que se encuentra en la Asociación de Pequeños Productores la Libertad del Distrito de Perene con fi nes de construirse la planta de tratamiento de agua potable por considerarse una situación de emergencia de la Selva Central. lo que concluye la Ofi cina de Asesoría Legal OPINA se disponga la exoneración del proceso de selección del predio y parte de la propiedad de la Asociación de Pequeños Productores la Libertad, del predio denominado la Libertad, inscrito en la Partida Registral Nº 11023402 del Registro de Propiedad de la Ofi cina Registral sede Satipo, del sector parte del fundo Sangani, por haberse considerado un bien que no se admite sustituto alguno y haber una situación de emergencia de contar con una planta de tratamiento y reservorio de Agua Potable. En tal sentido. la adquisición y la exoneración del proceso de selección debe darse mediante acuerdo de Concejo Municipal, cumpliendo con las exigencias del Inc. “C” del Art. 20 de Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, disponiéndose el cumplimiento del Art. 148 del D. S. antes referido, en cuyo caso la adquisición debe ser inmediata y con carácter defi nitivo, para la suscripción del contrato respectivo por el titular del pliego, así mismo, se debe tenerse presente lo que dispone el Inc. 2 del Art 150 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueban la exoneración no son impugnables. Por las consideraciones expuestas, de conformidad a los Arts. 39° y 41° de la ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad del pleno de Regidores: Acordó por unanimidad: Primero.- APROBAR la EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN correspondiente a la adquisición del terreno destinado para la planta de tratamiento del reservorio de Agua Potable del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de Pichanaki – Sangani” de conformidad al Art. 19 del D. S. Nº 083-2004-PCM y el D. S. Nº 084-2004-PCM, por considerarse un bien inmueble insustituible, la misma que será fi nanciada por la fuente de fi nanciamiento FONCOMUN, por un valor referencial de S/. 65,000.00 nuevos soles (sesenta y cinco mil). Segundo.- Se disponga que la Ofi cina Encargada de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pichanaki, se encargue del cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que señala el Art. 148 del Texto Único Ordenado del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D. S. Nº 084-2004-PCM y la compra venta será inmediata mediante escritura de compra y venta, en razón de que la contratación será de carácter defi nitivo. Tercero.- Se ordene publicar del contenido del acuerdo de consejo Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE Alcalde 290709-2 PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, los Acuerdos y Ordenanzas que ratifi can y aprueban el Régimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2009, deberán publicarse a más tardar el 31 de diciembre de 2008.Se exhorta a los municipios para que, dada la congestión que se genera por las fi estas de fi n de año, hagan llegar dichos dispositivos a la brevedad y, de ser posible, antes del 21 de diciembre. LA DIRECCIÓN Descargado desde www.elperuano.com.pe