Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2008 (13/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de enero de 2008 363896 primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa TELEVISORA DEL SUR S.A.C., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones encargado de las funciones de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2º de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 150960-1 Declaran extinguida concesión otorgada mediante R.M. Nº 092-2000- MTC/15.03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2008 MTC/03 Lima, 10 de enero de 2008 VISTA:La concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 092-2000-MTC/15.03 a la empresa TARMA VISIÓN S.R.L., para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 092-2000- MTC/15.03 de fecha 21 de febrero de 2000, se otorgó a la empresa TARMA VISIÓN S.R.L. concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la ciudad de Tarma, de la provincia de Tarma, del departamento de Junín; suscribiéndose el contrato respectivo el 14 de abril de 2000; Que, en el asiento D00004 de la partida registral Nº 11001315 de la Ofi cina Registral de Tarma, aparece registrada con fecha 10 de noviembre de 2006, la extinción de la empresa TARMA VISIÓN S.R.L; Que, el artículo 136º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, señala como causales de extinción de la concesión, entre otras, la muerte o declaratoria de quiebra del concesionario, en caso de ser persona natural; o, tratándose de personas jurídicas, por extinción, declaratoria de quiebra o acuerdo o declaratoria de disolución o liquidación. Que, asimismo, en el citado artículo, in fi ne, se establece que la extinción de la concesión opera de pleno derecho, sin perjuicio de su formalización mediante la correspondiente resolución ministerial; Que, mediante Informe N° 009-2008-MTC/27 la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones concluye que TARMA VISIÓN S.R.L. ha incurrido en causal de extinción de pleno de derecho, de la Concesión otorgada para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, establecida en el numeral 3) del artículo 136° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC;De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar que ha quedado extinguida la Concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 092-2000-MTC/15.03, a la empresa TARMA VISIÓN S.R.L. para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Regístrese, comuníquese y publíquese,VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 150963-1 Aceptan donación efectuada a favor del Ministerio que será destinada a la adquisición de repuestos y componentes para maquinaria y equipos de construcción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 035-2008-MTC/02 Lima, 10 de enero de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante intercambio de Notas Reversales entre la Embajada del Japón y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú de fecha 21 de marzo de 1995, el Gobierno de Japón acordó extender a la República del Perú una donación por la suma de ¥ 2 000 000 000.00 (Dos mil millones de yenes), cuyo monto más el interés derivado de la misma debía ser utilizado en la adquisición de productos enumerados en una lista elaborada de común acuerdo entre ambos gobiernos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 030-95-PCM, de fecha 21 de marzo de 1995, se aceptó la donación mencionada en el párrafo anterior bajo la modalidad de Cooperación Financiera No Reembolsable para la ejecución del Proyecto PER/95/R21 – IV Non Proyect Grand; Que, mediante Carta de Acuerdo fi rmada entre el Gobierno del Perú y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD los días 24 y 26 de mayo de 1995, se decidió delegar en la Ofi cina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas – UNOPS, las facultades para efectuar el servicio de adquisiciones con cargo al Fondo de Asistencia otorgado por el Gobierno del Japón; Que, mediante Resolución Ministerial N° 355-2004- PCM, de fecha 24 de noviembre de 2004, la Presidencia del Consejo de Ministros asignó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con efi cacia anticipada al 4 de octubre de 2001, un monto de US$ 500 000.00 (Quinientos Mil y 00/100 Dólares Americanos) proveniente del Gobierno de Japón, destinado a la adquisición de repuestos y componentes para maquinaria y equipos de construcción; Que, la entrega de los repuestos en la Ofi cina de Equipo Mecánico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones se formalizó en el período comprendido entre el 4 de diciembre de 2002 y el 11 de marzo de 2003, a través de las Actas de Recepción N° 016-2003-MTC/14.OEM.ALM, N° 017-2003-MTC/14.OEM.ALM, N° 018-2003-MTC/14.OEM.ALM, N° 019-2003-MTC/14.OEM.ALM y Nº 020-2003-MTC/14.OEM.ALM, ascendiendo el monto de los bienes donados a US$ 464 123.35 (Cuatrocientos Sesenta y Cuatro Ciento Veintitrés y 35/100 Dólares Americanos); Que, el artículo 1 7° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que se podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses