Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2008 (13/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de enero de 2008

el rol de vacaciones anuales de la Oficina Regional MORDAZA correspondiente al ano 2007, estableciendo el mes de marzo para el procesado, con lo que pretende justificar las ausencias del mes de marzo de 2007, situacion que le fue denegado por no contar con la autorizacion de su jefe inmediato, citacion que reconsidero con fecha 23 de MORDAZA de 2007, sin embargo corre en autos a fojas 232 del expediente la Notificacion Nº 0372007-INPE/16-261-ARH de fecha 30 de MORDAZA de 2007, en el cual le hacen conocer que las vacaciones del periodo 2007, los puede hacer efectivo a partir del 9 de junio del 2007, con lo que queda acreditado la denegatoria de las vacaciones en el mes de marzo de 2007; dicho servidor no enerva los cargos formulados en su contra; Que, por lo expuesto, se colige que los servidores del Instituto Nacional Penitenciario: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Ica de la Oficina Regional Lima; MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ; del Establecimiento Penitenciario de Huaral de la Oficina Regional Lima; MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de MORDAZA de la Oficina Regional Sur Arequipa; y MARITZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Andahuaylas de la Oficina Regional Sur Oriente MORDAZA, no han desvirtuado los cargos formulados en su contra, al registrar ausencias injustificadas en su centro de trabajo por mas de tres (03) dias consecutivos en un periodo de treinta (30) dias calendario o por mas de quince (15) dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario, incumpliendo el inciso 10, del articulo 125º del Reglamento de Seguridad de los Establecimientos Penitenciarios del INPE, aprobado por Resolucion Presidencial Nº 761-2003-INPE/P de fecha 25 de noviembre de 2003, asi como el numeral 6 de articulo 7º de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y el inciso c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, falta prevista en el inciso k) del articulo 28º del acotado Decreto Legislativo; asimismo con relacion al servidor MORDAZA MORDAZA DEGOLLAR CHUPICA, del Establecimiento Penitenciario de Huaral de la Oficina Regional MORDAZA, ha desvirtuado en parte los cargos formulados en su contra en la Resolucion de instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario; incumpliendo el inciso 10, del articulo 125º del Reglamento de Seguridad de los Establecimientos Penitenciarios del INPE, aprobado por Resolucion Presidencial Nº 761-2003INPE/P de fecha 25 de noviembre de 2003 y el inciso c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, falta prevista en el inciso k) del articulo 28º del acotado dispositivo legal; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contando con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 152-2007-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXCLUIR al servidor MORDAZA MORDAZA EGUREN PALLO, del Establecimiento Penitenciario de Tacna de la Oficina Regional Sur MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario, de los alcances de la Resolucion Presidencial Nº 535-2007-INPE/P de fecha 13 de agosto de 2007, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION a los servidores del Instituto Nacional Penitenciario: MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ; Agente Penitenciario, nivel STF, del Establecimiento Penitenciario de Huaral de la Oficina Regional Lima; MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario, nivel STF, del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de MORDAZA de la Oficina Regional Sur Arequipa; y MARITZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario, nivel STF, del Establecimiento Penitenciario de Andahuaylas de la Oficina Regional Sur Oriente Cusco. Articulo 3º.- IMPONER la sancion disciplinaria de SUSPENSION sin goce de haber por espacio de TREINTA

(30) DIAS a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ETIS, nivel STF, del Establecimiento Penitenciario de Ica; y MORDAZA MORDAZA DEGOLLAR CHUPICA, Agente Penitenciario, nivel STF, del Establecimiento Penitenciario de Huaral de la Oficina Regional Lima. Articulo 4º.- Las medidas disciplinarias a que se contrae la presente Resolucion se ejecutara una vez que MORDAZA quedado agotada la via administrativa conforme a lo establecido en el numeral 237.2 del Articulo 237° de la Ley de Procedimientos Administrativos General. Articulo 5º.- DISTRIBUIR MORDAZA de la presente resolucion a los interesados e instancias correspondientes para los efectos de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Nacional Penitenciario

151137-1

Aprueban Calendario de Compromisos Inicial del mes de enero del ano fiscal 2008
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 027-2008-INPE/P
MORDAZA, 10 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 30º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el calendario de compromisos constituye la autorizacion para la ejecucion de los creditos presupuestarios, en funcion del cual se establece el monto MORDAZA para comprometer gastos a ser devengados y se aprueba a nivel Pliego, Unidad Ejecutora, Fuente de Financiamiento y Grupo Generico de Gasto; Que, la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29142 establece que los calendarios de compromisos y sus ampliaciones en los Pliegos del Gobierno Nacional son aprobados por el Titular de Pliego o quien este delegue a propuesta del Jefe de Presupuesto o el haga sus veces. Dicha aprobacion se efectua con cargo a los creditos presupuestarios aprobados en el Presupuesto Institucional y de acuerdo a la disponibilidad financiera en todas las MORDAZA financiamiento, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Generico de Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 048-2007EF/76.01, se ha establecido la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada para el Pliego Instituto Nacional Penitenciario correspondiente al Primer Trimestre del ano fiscal 2008; Que, es necesario aprobar el calendario de compromisos inicial correspondiente al mes de enero del ano fiscal 2008; Estando a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y contando con las visaciones de las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto y Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y de acuerdo a la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 152-2007-JUS. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Calendario de Compromisos Inicial del mes de enero del ano fiscal 2008, del Pliego Instituto Nacional Penitenciario a nivel Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Generico de Gasto y Fuente de Financiamiento conforme a los montos que se detallan en los Anexos Consolidados de la Distribucion del Calendario Inicial 2008 mes de enero, que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2°.- El Calendario de Compromisos Inicial aprobado por la presente resolucion no autoriza, ni convalida actos, acciones o gastos de las Unidades Ejecutoras del Pliego Instituto Nacional Penitenciario que no se cinan a la normatividad vigente, en el MORDAZA de lo establecido en el numeral 30.3 del articulo 30º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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