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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2008 (13/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de enero de 2008 363899 Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 2003 habitantes, conjuntamente con los Caseríos de Murujaga, Caracha, Araumajada, Huaratara, Pampa Verde, Piedra Blanca y Pampa Colorada, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a 13 y 19 kilómetros de distancia, lo que representa que los pobladores tengan que trasladarse en acémila o a pie durante 3 y 4 horas por camino de herradura; o que para recurrir a los órganos jurisdiccionales de la sede judicial situados a 150 kilómetros de distancia en la ciudad de Chiclayo, los pobladores tengan que viajar durante más de 4 horas en vehículo por carretera afi rmada, lo cual además signifi ca un gasto excesivamente oneroso considerando las difi cultades económicas de dicha población; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 142-2007-SEP-GP-GG- PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Tallapampa, distrito de Salas, provincia, departamento y Distrito Judicial de Lambayeque; asimismo, en dicho informe aparecen los límites geográfi cos del citado Juzgado de Paz; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por haberse excusado de asistir, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Tallapampa, distrito de Salas, provincia, departamento y Distrito Judicial de Lambayeque; con competencia además en los Caseríos de Murujaga, Caracha, Araumajada, Huaratara, Pampa Verde, Piedra Blanca y Pampa Colorada. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDESSONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NUÑEZ 151251-4 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 276-2007-CE-PJ Lima, 21 de noviembre del 2007 VISTOS: El Ofi cio N° 110-2007-SJP-CSJAN/PJ, cursado por la Presidenta (e) de la Corte Superior de Justicia de Ancash, y el Informe N° 042-2007-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, la Presidenta (e) de la Corte Superior de Justicia de Ancash remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Llacshu, distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento y Distrito Judicial de Ancash, presentada por las autoridades del referido centro poblado; Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 1,466 habitantes, conjuntamente con los Caseríos de Chosica, Huandoy, Ocaracra, Paquian, Ticrapa y San Miguel; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que los órganos jurisdiccionales más próximos a los que acuden los pobladores de la zona son los Juzgados Mixto y de Paz Letrado ubicados en la ciudad de Caraz a 12 kilómetros de distancia, trasladándose a pie en dos horas de recorrido; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 042-2007-SEP-GP-GG- PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Llacshu, distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento y Distrito Judicial de Ancash incluyéndose los límites geográfi cos del citado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes del centro poblado y caseríos a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Javier Román Santisteban, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado de Llacshu, con competencia además en los Caseríos de Chosica, Huandoy, Ocoracra, Paquián, Ticrapa y San Miguel, ubicados en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, departamento y Distrito Judicial de Ancash. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 151251-5 RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 277-2007-CE-PJ Lima, 21 de noviembre del 2007