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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2008 (13/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de enero de 2008 363906 dispone que el Instituto Nacional de Cultura, está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, el numeral 2) del artículo 1º del Título I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1207/ INC, del 10 de noviembre de 2004, se aprobó la Directiva Nº 002-2004-INC, “Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural”; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identifi cación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante el documento del visto la Dirección de Estudio y Registro de la Cultura en el Perú Contemporáneo solicita la declaración de la “Danza – Representación del Atoq Alcalde” del Centro Poblado El Porvenir, distrito de Llata, provincia de Huamalíes, región Huánuco, como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, dicha danza es una expresión de gran interés dado que se trata de una de las pocas representaciones del universo mítico andino, en una fábula de animales (zorro, venado, gorrión, picafl or, oso, entre otros) que compiten por el favor de la Mama Raywana durante la labor de siembra. Cada personaje tiene labor y habilidad propia en la labranza, sin embargo, es el zorro (atoq) quien es el personaje más activo y hace de “Alcalde” en esta faena. El atoq, personaje central de esta danza en honor a la Mama Raywana, une a su carácter inteligente y astuto (propio de las características atribuidas al animal) el presentarse como una autoridad comunal tradicional (el antiguo Alcalde Vara); Que, diversas investigaciones proponen que la danza – representación de la Mama Raywana es, en realidad, una alegoría de la siembra de la papa y el maíz, entendiendo éstos como cultivos sacralizados. Algunos textos afi rman que Mama Raywana era la diosa principal de la étnia Yaro que dominó la región hacia inicios del segundo milenio de nuestra era, y cuyas construcciones se encuentran en las regiones de Huánuco y Pasco; Que, la historia del Atoq y de la Mama Raywana y la representación concomitante ha abarcado un área panandina o, al menos, toda la sierra central, puesto que se encuentran relatos similares sobre Mama Raywana en Junín y en Pasco, asimismo, se encuentra el nombre de Mama Raywana en algunas referencias míticas en la sierra de Lima (en Tupicocha, Mama Raywana es la parte femenina de la pareja originaria de la comunidad). En Pasco, localidades de Junín y en el mismo Huánuco (provincias de Lauricocha y Ambo) la danza llamada Mama Raywana es representada pero hay que acotar que en este otro ámbito geográfi co el personaje principal es Mama Raywana acompañada de comparsas de animales (gorrión, picafl or, oso, etc.) sin la presencia signifi cativa del zorro, como es el caso de la danza en Llata, Huamalíes; Que, el expediente elaborado por la señora Gledy Mendoza Canales, investigadora de la Escuela Nacional Superior de Folklore José María Arguedas, sustenta ampliamente la originalidad y el contenido simbólico de la “Danza – Representación Atoq Alcalde” del Centro Poblado El Porvenir, distrito de Llata, provincia de Huamalíes, región Huánuco, así como su importancia identifi cadora para la comunidad; Estando a lo visado por el Director de Gestión, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Perú Contemporáneo y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, ”Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación” y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la “Danza – Representación Atoq Alcalde” del Centro Poblado El Porvenir, distrito de Llata, provincia de Huamalíes, región Huánuco, por su originalidad y contenido simbólico, así como por su valiosa contribución a la identidad nacional de nuestro país. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 151393-6 Aceptan donación de dinero efectuada para la recuperación del Museo “Adolfo Bermúdez Jenkins” de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 002/INC Lima, 3 de enero de 2008 Visto, el Ofi cio Nº 412-2007-UT-OA-GG/INC emitido por el Jefe de la Unidad de Tesorería y el Informe Nº 461-2007-OPP-GG/INC emitido por el Director de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Instituto Nacional de Cultura; y, CONSIDERANDO:Que, mediante los documentos del visto, se comunica que Tokio Broadcasting System-TBS, ha efectuado una donación a favor del Instituto Nacional de Cultura, por el importe de US$ 8,682.06 dólares (equivalente a Veinticinco mil setecientos setenta y siete y 04/100 nuevos soles, a tipo de cambio de S/. 2.969), destinados a la recuperación del Museo “Adolfo Bermúdez Jenkings” de Ica; Que, el Artículo 69° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, señalando que en el caso de montos superiores a las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, la referida Resolución se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano; por lo que resulta necesario emitir la resolución de aceptación de la referida donación la misma que constituye una importante contribución al desarrollo de la cultura; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Gerente General y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762-Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, Ley N° 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Resolución Directoral Nacional Nº 012-2004/INC, de fecha 09/01/2004, que aprueba la Directiva Nº 001-2004-INC - “Normas y Procedimientos referidos a las Donaciones efectuadas a favor del Instituto Nacional de Cultura”, y con las facultades que le confi ere el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-ED y modifi cado por D.S. Nº 028-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la donación efectuada por Tokio Broadcasting System-TBS por el importe total de US$ 8,682.06 dólares (equivalente a Veinticinco mil setecientos setenta y siete y 04/100 nuevos soles, a tipo de cambio de S/. 2.969), depositados en la Cuenta Corriente Nº 193-1577093-1-41 del Instituto Nacional de Cultura, según Recibo de Ingreso Nº 1414. Artículo 2º.- El monto de la donación, a que se refi ere el artículo precedente, será destinado a la recuperación del Museo “Adolfo Bermúdez Jenkins” de Ica. Artículo 3º.- Agradecer a Tokio Broadcasting System- TBS, por la donación otorgada a favor del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4°.- Encargar a la Ofi cina de Administración Documentaria la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 151393-5