Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2008 (05/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 5 de febrero de 2008

traves del Informe Tecnico Nº 002-2006/APCI-GOC de fecha 08 de febrero de 2006, aplicables para la evaluacion de los expedientes de solicitud de devolucion de Impuesto General a las Ventas ­ IGV e Impuesto de Promocion Municipal ­ IPM; Que, mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 001-2008/APCI-DE de fecha 3 de enero de 2008, se aprobo la Directiva Nº 002-2008/APCI-DOC que regula la Emision de Constancias para solicitar ante la SUNAT el Beneficio Tributario de Devolucion del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto de Promocion Municipal ­ IPM, dejando sin efecto la Directiva Nº 003-2006/APCIDE aprobada mediante Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 049-2006/APCI-DE; Que, el literal i) del articulo 13º del Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, establece que el Director Ejecutivo tiene la facultad de dirigir tecnica y administrativamente la APCI, aprobando la organizacion interna de las Direcciones y Oficinas, y estableciendo las Directivas y Manuales que precisen las funciones y responsabilidades de los organos de apoyo, de asesoramiento y de linea, para el mejor cumplimiento de los fines institucionales; Que, por lo expuesto es necesario adecuar el nombre y el formato del Formulario "Regimen de Devolucion de IGV e IPM", a lo dispuesto en la Directiva MORDAZA senalada, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 783 y el Decreto Supremo Nº 036-94-EF; Que, con los visados de la Direccion de Operaciones y Capacitacion y la Oficina de Asesoria Juridica y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692 ­ Ley de Creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI y sus normas modificatorias, Ley Nº 28386 y Ley Nº 28925; el Decreto Supremo N° 0282007-RE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI; el Decreto Legislativo Nº 783, "Aprueban MORDAZA sobre devolucion de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomaticas y otros"; el Decreto Supremo 036-94-EF, "Reglamento de la Aplicacion del

Beneficio Tributario de Devolucion de Impuestos Pagados en las Compras de Bienes y Servicios Efectuadas con Financiacion de Donaciones y Cooperacion Tecnica Internacional No Reembolsable" y la Directiva Nº 0022008/APCI-DOC que "Regula la Emision de Constancias para solicitar ante la SUNAT el Beneficio Tributario de Devolucion del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto de Promocion Municipal ­ IPM aprobada por Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 003-2008/APCI-DE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Formulario "Constancia para Regimen de Devolucion del IGV e IPM", el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. El referido formulario debera ser utilizado por las entidades comprendidas dentro del Decreto Supremo N° 036-94-EF para acogerse al beneficio tributario otorgado por el Decreto Legislativo N° 783 y obtener la emision de la MORDAZA correspondiente. Articulo Segundo.- Para acogerse al beneficio de los dispositivos legales mencionados en la parte considerativa de la presente Resolucion, se debera cumplir previamente con lo dispuesto por la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional, Decreto Legislativo N° 719 y su Reglamento, Decreto Supremo N° 015-92-PCM, asi como con las Directivas complementarias que dicten sobre la materia. Articulo Tercero.- Para efectos de acogerse al beneficio tributario dispuesto por el Decreto Legislativo 783, los beneficiarios que tuvieran los formularios que fueron emitidos en el MORDAZA de la Resolucion Directoral Ejecutiva Nº 260-2004/APCI-DE podran utilizarlos y presentarlos a la APCI hasta el 15 de marzo de 2008. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperacion Internacional

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. 5.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@ editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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