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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (05/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de febrero de 2008 365945 Designan magistrados en despachos de fiscalías provinciales de los Distritos Judiciales de Cajamarca y Piura RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 145-2008-MP-FN Lima, 4 de febrero de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluida la designación del doctor Jesús Portal Castrejón, Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de San Marcos, Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de San Marcos; materia de la Resolución N° 998-2005-MP-FN, de fecha 4 de mayo del 2005. Artículo Segundo .- Nombrar al doctor Jesús Portal Castrejón, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca; designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de San Marcos, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero .- Nombrar a la doctora Cecilia Raquel Vega Palomino, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca; designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de San Marcos. Artículo Cuarto. - Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLIVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 160318-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 146-2008-MP-FN Lima, 4 de febrero de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar al doctor Juan Martín Seminario Gómez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Piura, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de Castilla. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLIVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 160318-2ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Aprueban el Formulario “Constancia para Régimen de Devolución del IGV e IPM” RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 017-2008/APCI-DE Mirafl ores, 4 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, es un organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI, debidamente modifi cada por la Ley Nº 28386 y Ley Nº 28925, responsable, como ente rector de la cooperación técnica internacional de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los benefi cios tributarios que la ley establece; Que, el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 783, “Aprueban Norma sobre Devolución de Impuestos que Gravan las Adquisiciones con Donaciones del Exterior e Importaciones de Misiones Diplomáticas y Otros”; establece que podrá ser objeto de devolución el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal, que se pague en las compras de bienes y servicios, efectuadas con fi nanciación proveniente de donaciones del exterior y de la cooperación técnica internacional no reembolsable otorgadas por Gobiernos e Instituciones Extranjeras u Organismos de Cooperación Técnica Internacional en favor del Gobierno Peruano, entidades estatales excepto empresas, o instituciones sin fi nes de lucro previamente autorizadas y acordadas con el Gobierno Peruano; Que, el Decreto Supremo 036-94-EF, “Reglamentan la Aplicación del Benefi cio Tributario de Devolución de Impuestos Pagados en las Compras de Bienes y Servicios Efectuadas con Financiación de Donaciones y Cooperación Técnica Internacional No Reembolsable”, en su artículo 4º establece que los sujetos del benefi cio deberán obtener una constancia del Ministerio de Relaciones Exteriores o de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional - SECTI, actual APCI, la misma que debe ser remitida a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, para efecto de la califi cación especial para las entidades benefi ciarias de la devolución del IGV e IPM; Que, el literal f) del Artículo 4º de la Ley N° 27692 modifi cado por la Ley Nº 28925, establece que una de las funciones de la APCI, es velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales que regulan la cooperación técnica internacional, pudiendo para tal efecto dictar las medidas correctivas que considere necesarias; Que, en ese sentido, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 260-2004/APCI-DE de fecha 26 de mayo de 2004, se aprobó la nueva versión del Formulario “Régimen de Devolución de IGV e IPM”, a fi n que sea utilizado por las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto Supremo Nº 036-94-EF para acogerse al benefi cio tributario otorgado por el Decreto Legislativo Nº 783, la misma que actualizó a los formatos aprobados por Resolución Directoral Nº 0110/RE de fecha 01 de junio de 1994 de la Dirección General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Resolución Ministerial Nº 296-94-PRES de fecha 31 de agosto de 1994 del Ministerio de la Presidencia, respectivamente; Que, del mismo modo, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 025-2006/APCI-DE de fecha 12 de abril de 2006, se aprobaron los criterios propuestos por la Gerencia de Operaciones y Capacitación, actual Dirección de Operaciones y Capacitación de la APCI a