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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de febrero de 2008 366042 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, el Perú y los países del European Free Trade Association - EFTA, conformado por Suiza, Liechtenstein, Noruega e Islandia, han iniciado las negociaciones para lograr un Tratado de Libre Comercio - TLC, que permitirá incrementar y consolidar el acceso de los productos de Perú a los mercados de bienes y servicios de la EFTA, así como incentivar la inversión extranjera directa proveniente de dicho bloque; habiéndose llevado a cabo tres rondas de negociaciones hasta la fecha; Que, en el marco de dichas negociaciones, del 11 al 15 de febrero de 2008, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, se realizarán las reuniones de los Capítulos de Acceso a Mercados, Reglas de Origen, Propiedad Intelectual, Asuntos Institucionales y Solución de Controversias; en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje de los funcionarios y profesionales que en representación del MINCETUR participarán en las referidas reuniones; Que, de acuerdo con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 29142 antes citada, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, de los funcionarios y profesionales que, en representación del MINCETUR, participarán en las reuniones de Negociaciones para un Tratado de Libre Comercio con la European Free Trade Association - EFTA, a realizarse en dicha ciudad, en las fechas que a continuación se indica: - Del 10 al 16 de febrero de 2008: Señores: Luis Alberto Mesías Changa Cristina Sánchez Rocha Pamela Ugaz Valenzuela Sara Rosadio Colán Beatriz Cubas Zanabria Diego Urbina Fletcher - Del 11 al 16 de febrero de 2008: Señores: Sandra Li Carmelino Teresa Mera Gómez Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Señores: Luis Alberto Mesías Changa, Cristina Sánchez Rocha, Pamela Ugaz Valenzuela y Sara Rosadio Colán, Diego Urbina Fletcher y María Beatriz Cubas Zanabria (del 10 al 16 de febrero de 2008): Pasajes (US$ 2 029,89 x 6) : US$ 12 179,34 Viáticos (US$ 260,00 x 6 días x 6) : US$ 9 360,00Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 6) : US$ 181,50 Señoras: Sandra Li Carmelino y Teresa Mera Gómez (del 11 al 16 de febrero de 2008): Pasajes (US$ 2 208,39 x 2) : US$ 4 416,78 Viáticos (US$ 260,00 x 5 días x 2) : US$ 2 600,00Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 2) : US$ 60,50Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 161668-12 ECONOMIA Y FINANZAS Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por escolaridad fijada en S/. 300,00 por la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 DECRETO SUPREMO Nº 017-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 6º, numeral 6.1, inciso b), de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se establece una Bonifi cación por Escolaridad hasta por la suma de S/.300,00 a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados, obreros permanentes y eventuales del Sector Público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como a los pensionistas a cargo del Estado, comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, Decretos Leyes Nºs 19846 y 20530, Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, publicado el 12 de abril de 1988, y la Ley Nº 28091, señalando que la misma se otorga conjuntamente con la planilla del mes de febrero del presente año fi scal; Que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, aprobado por la Ley Nº 29142, se han autorizado recursos que permiten atender la referida Bonifi cación, por lo que resulta necesario dictar normas reglamentarias para que las entidades públicas puedan efectuar adecuadamente las acciones administrativas conducentes al otorgamiento de la Bonifi cación por Escolaridad en el marco de la citada Ley; De conformidad con lo establecido por el artículo 118º, numeral 8), de la Constitución Política del Perú, el artículo 8º, numeral 2, inciso e), de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Quinta Disposición Transitoria, numeral 2, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene como fi n establecer normas reglamentarias para el otorgamiento