Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2008 (07/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2008

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios profesionales para la defensa judicial de funcionarios del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 334-2008-PRODUCE MORDAZA, 1 de febrero del 2008 VISTOS: El Memorando Nº 0043-2008-PRODUCE/ OGA de la Oficina General de Administracion, el Informe Tecnico Nº 004-2008/PRODUCE/OL de la Oficina de Logistica e Informe Nº 0013-2008-PRODUCE/OGAJNKICS de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, se establecieron disposiciones para la defensa judicial de funcionarios y servidores de entidades, instituciones y organismos del Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo referido precedentemente, establece que pueden solicitar a los Titulares de las entidades, instituciones u organismos publicos del Poder Ejecutivo, la asesoria legal correspondiente, en forma gratuita, los funcionarios publicos, aun cuando a la fecha de inicio del MORDAZA hayan dejado de prestar sus servicios; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 286 y 287-2007-PRODUCE de fecha 20 de setiembre de 2007, se concedio el beneficio dispuesto por el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM a los funcionarios MORDAZA MORDAZA Vertiz MORDAZA, Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y Klebert MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Consumo Humano Indirecto (e) de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, respectivamente; Que, el literal f) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que las contrataciones para los servicios personalisimos se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que las contrataciones de los servicios para la defensa judicial de los funcionarios, servidores, ex funcionarios y ex servidores de entidades, instituciones y organismos del Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra, emanados del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos; Que, este Ministerio requiere contratar los servicios profesionales de un abogado que patrocine a los funcionarios MORDAZA MORDAZA Vertiz MORDAZA, Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y Klebert MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Consumo Humano Indirecto (e) de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, en los procesos judiciales seguidos contra estos por presunto delito contra la administracion publica ­ abuso de autoridad, concusion y otros, en agravio del Estado; Que, a traves del Informe Tecnico Nº 004-2008/ PRODUCE/OL, la Oficina de Logistica, opina que los servicios a contratar cuentan con el sustento tecnico necesario por lo que opina favorablemente a la exoneracion del MORDAZA correspondiente; Que, mediante Informe Nº 031-2008-PRODUCE/ OGPP-OP de fecha 10 de enero de 2008, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto determina que existe disponibilidad presupuestal para la contratacion de los servicios requeridos; Que, en tal sentido, se justifica tecnica y legalmente la contratacion de los servicios de defensa judicial mediante

la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, cumpliendose asi con lo estipulado en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con el articulo 20º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que el contrato que se celebre como consecuencia de aquella debera cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos N° 083-2004-PCM y N° 084-2004-PCM, respectivamente, asi como por la Ley N° 27789 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de la Produccion del MORDAZA de seleccion que corresponda para la contratacion de los servicios profesionales para la defensa judicial de dos funcionarios del Ministerio, conforme a lo dispuesto en el inciso f) del articulo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. Articulo 2º.- La contratacion a que se refiere el Articulo 1° de la presente Resolucion se realizara con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con la finalidad de contratar los servicios vinculados al objeto de la presente resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administracion para que proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes para la contratacion de los servicios objeto de la presente Resolucion, conforme a lo previsto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Disponer, la remision de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE y en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, dentro del plazo establecido en la ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 161020-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan a la Defensoria del Pueblo a efectuar pago de cuota al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI)
RESOLUCION SUPREMA Nº 039-2008-RE MORDAZA, 6 de febrero de 2008 VISTO: El oficio Nº 210-2008-DP-OAF, de fecha 11 de enero de 2008, de la Defensoria del Pueblo, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota del ano 2008, correspondiente al periodo MORDAZA 2008 a junio 2009, al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI);

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