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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (07/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de febrero de 2008 366055 CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2008, correspondiente al período julio 2008 a junio 2009, al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI), con cargo al presupuesto de la Defensoría del Pueblo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Defensoría del Pueblo a efectuar el pago de US$ 750.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI), correspondiente al pago de la cuota del año 2008, correspondiente al período julio 2008 a junio 2009. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Defensoría del Pueblo. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 161668-15 Autorizan ampliación de asignación de viáticos a expedicionarios de la Decimoctava Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XVIII RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0112/RE Lima, 29 de enero de 2008 VISTOS:El Memorándum Nº 037-2008/IAP, de 23 de enero de 2008; la Resolución Ministerial Nº 1380-2007/RE, de 29 de noviembre de 2007, que autorizó el viaje en Misión Ofi cial (comisión especial de servicios en el extranjero), a los expedicionarios integrantes de la Decimoctava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVIII) asignándoles los viáticos por permanencia en la República de Chile; y el Memorándum Nº 020-2008/IAP, de 16 de enero de 2008; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1380-2007- RE, de 29 de noviembre de 2007, se autorizó el viaje en Misión Ofi cial (comisión especial de servicios en el extranjero), a los expedicionarios integrantes de la Decimoctava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVIII), a partir del 4 de diciembre de 2007, para que se trasladen a la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP) en la Isla Rey Jorge, Antártida, vía la ciudad de Punta Arenas, República de Chile;Que, asimismo, la citada resolución dispuso que para los días en que los expedicionarios permanezcan en la República de Chile, tanto en el viaje de ida (fase de despliegue de la Expedición) como a la vuelta de la Antártida (fase de repliegue de la Expedición) el viático por día sea de US$ 200.00 (doscientos y 00/100 dólares americanos), autorizando una asignación de viáticos a los expedicionarios de la ANTAR XVIII por un período de cuatro días; Que, mediante el Memorándum Nº 020-2008/IAP, de 16 de enero de 2008, la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos informó que, por razones de fuerza mayor relacionadas con el estado del tiempo en el Continente Antártico, se ha tenido que reajustar el “Cronograma Final de la ANTAR XVIII”, lo que ha dado por resultado que la totalidad de los expedicionarios deba permanecer un día adicional a lo programado, en la ciudad de Punta Arenas, República de Chile, por lo que se hace necesario otorgar viáticos para cubrir dicho gasto imprevisto para los expedicionarios integrantes de la mencionada expedición científi ca; Que, la Resolución Ministerial Nº 1380-2007-RE, de 29 de noviembre de 2007, dispone que los gastos que irrogue el cumplimiento de la comisión que autoriza, sean cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores; Teniendo en cuenta que el Ministerio de Relaciones Exteriores, como consecuencia de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 1213-2007-RE, el Decreto de Urgencia Nº 036-2007 y la Resolución Ministerial Nº 1270-2007-RE, cuenta con la disponibilidad presupuestaria para asumir los gastos por concepto de viáticos de los expedicionarios de la Decimoctava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida – ANTAR XVIII; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la asignación de viáticos a los expedicionarios de la Decimoctava Campaña Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XVIII), comisionados mediante la Resolución Ministerial Nº 1380-2007-RE para viajar en Misión Ofi cial (comisión especial de servicios en el extranjero), con la fi nalidad de cubrir gastos de permanencia en la República de Chile por un (01) día adicional a lo dispuesto en la referida resolución, la misma que será de US$ 200.00, de acuerdo al siguiente detalle: Nº Nombres y ApellidosViáticos por día en Punta Arenas- Chile US$Número de días Total viáticos US$ 1 Com. FAP Carlos Alfonso del Castillo Pinto 200 1 200 2 MY. EP. Juan José Hernandez Rodriguez 200 1 2003 CAP. EP. Amillton Atalaya Juscamaita 200 1 2004 SO1. MCE. Ulises Vargas Vargas 200 1 2005 Tco3 MA Juan Régulo Verástegui Castañeda 200 1 2006 EC. Juan Oswaldo Zegarra Heras 200 1 2007 EC. Demetrio López Castañeda 200 1 2008 EC. Genaro Telésforo Toledo Rodríguez 200 1 2009 EC. Roberto Zamudio Cerna 200 1 20010 EC. Tiburcio Quispe Alata 200 1 20011 Tco. Jefe Marcos Pacheco Sanchez 200 1 20012 Tco3 IM. Albino Alberto Milla Alegre 200 1 20013 SO1º MEI. Carlos Augusto Rivas Dimas 200 1 20014 Luis Fernando Suárez Salas 200 1 20015 Ana Contreras Marín 200 1 20016 MY. FAP José Washington Castillo Estremadoyro 200 1 20017 Raúl Eymard Sánchez Scaglioni 200 1 20018 Liliana Elizabeth Ayala Ayala 200 1 20019 Luis Fernando Felipe Alvites 200 1 20020 Orlando Ccora Tuya 200 1 20021 Manuel Arturo Echeandía Soberón 200 1 200