Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2008 (18/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

366889

DEFENSA
Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno durante el Estado de Emergencia declarado en las provincias de Huaura, Huaral y Barranca del departamento de MORDAZA, en las provincias de Huarmey, Casma y MORDAZA del departamento de MORDAZA y en la provincia de MORDAZA del departamento de La MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 057-2008-DE MORDAZA, 18 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2008PCM, se ha declarado el estado de emergencia en las provincias de Huaura, Huaral y Barranca del departamento de Lima; en las provincias de Huarmey, Casma y MORDAZA del departamento de Ancash; y en la provincia de MORDAZA del departamento de La Libertad; por un plazo de 7 dias; Que, el articulo 137º, inciso 1) de la Constitucion, dispone que en estado de emergencia las Fuerzas

Armadas asumen el control interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 4 del articulo 118º y el Articulo 137º de la Constitucion Politica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno durante el estado de emergencia declarado mediante Decreto Supremo Nº 012-2008-PCM, en las provincias de Huaura, Huaral y Barranca del departamento de Lima; en las provincias de Huarmey, Casma y MORDAZA del departamento de Ancash; y en la provincia de MORDAZA del departamento de La Libertad. La Policia Nacional del Peru contribuira al logro de dicho objetivo en las provincias indicadas en el parrafo anterior. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa 166103-2

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. LA DIRECCION

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