Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (18/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de febrero de 2008 366878 ORDENANZA QUE APRUEBA EL AJUSTE DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, QUE PRECISA EL DERECHO DE VÍA DEL TREN URBANO EN LOS DISTRITOS DE VILLA EL SALVADOR, SAN JUAN DE MIRAFLORES Y VILLA MARIA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- Aprobar el Ajuste del Sistema Vial Metropolitano, que precisa el Derecho de Vía del Tren Urbano en los distritos de Villa El Salvador, San Juan de Mirafl ores y Villa Maria del Triunfo, en las siguientes Secciones Viales Normativas: Sección A-144’: Separadora Industrial (Villa El Salvador), según Lámina Nº 02 Sección A-93’: Los Héroes - A (San Juan de Mirafl ores), según Lámina Nº 04 Sección A-94’: Los Héroes - B (San Juan de Mirafl ores - Villa Maria del Triunfo), según Lamina Nº 05 Sección A-95’: Los Héroes - C (Villa María del Triunfo), según Lámina Nº 06 Artículo Segundo.- Incorporar al Sistema Vial Metropolitano la vía denominada “La Unión” ubicada en el Distrito de Villa María del Triunfo, que sirve de empalme entre la Av. Separadora Industrial y la Av. Los Héroes y en la que se ubica el futuro trazo del Tren Urbano, de conformidad con las Láminas Nos. 01 y 03, que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- El Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima efectuará las modifi caciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las Secciones Viales Normativas, de acuerdo a la modifi cación aprobada en el Artículo Primero. Artículo Cuarto.- Encargar a la Administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima para que en coordinación con las Municipalidades Distritales de Villa María del Triunfo Villa El Salvador y San Juan de Mirafl ores, de ser necesario, coloquen los hitos del trazo vial indicado en el Artículo Primero. POR TANTO, Mando se registre, publique y cumpla,En Lima, a los 11 días del mes de febrero de 2008LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L