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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de febrero de 2008 367508 la transferencia de funciones sectoriales en el marco de la progresividad y orden que dispone el artículo 188° de la Constitución Política del Perú, señalándose en su artículo 7°, los Requisitos Generales para acreditar y consecuentemente acceder a la transferencia de las funciones sectoriales; Que, por Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, así como de las funciones sectoriales pendientes incluidas en los Planes 2004, 2005 y 2006; Que, el numeral 5.1.3. de la Directiva Nº 001-2007- PCM/SD, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM-SD, establece que la Secretaría de Descentralización informará a los Sectores del Gobierno Nacional, el cumplimiento de los Requisitos Generales; Que, el numeral 5.2.2 de la Directiva Nº 006-2007- PCM/SD, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM-SD, regula la presentación de Ordenanzas Regionales que aprueban los Requisitos Generales establecidos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-PCM, se amplió el plazo para culminar las transferencias de competencias, funciones, atribuciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos, programadas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, establecidas en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, hasta el 31 de marzo de 2008, manteniéndose vigente lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 074-2007-PCM; y asimismo, se encargó a la Secretaría de Descentralización emitir las normas complementarias que sean necesarias, para la ejecución de esta disposición; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 001-2008-PCM/SD, se amplió hasta el 31 de marzo de 2008, los plazos para la culminación de los procedimientos previstos en las resoluciones detalladas en la parte considerativa de dicha disposición y sus normas modifi catorias, entre las que se encuentran las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM-SD y Nº 025-2007-PCM-SD; De conformidad con las Leyes Nº 27783, Nº 27867 y N° 28273, y sus normas modifi catorias y complementarias; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por D.S. Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cumplimiento de los Requisitos Generales Certifi car el cumplimiento de los Requisitos Generales para acceder a la transferencia de las funciones sectoriales incluidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado por Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, por los Gobiernos Regionales de Huancavelica y San Martín. Artículo 2°.- Culminación de la Transferencia Los Gobiernos Regionales señalados en el artículo precedente y los Sectores del Gobierno Nacional, deberán continuar con el procedimiento establecido en las Directivas N° 001-2007-PCM/SD y N° 006-2007-PCM/SD, a efectos de culminar y concretar la mencionada transferencia, en el plazo establecido en la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 001-2008-PCM/SD. Artículo 3°.- Informe a los Sectores del Gobierno Nacional Entiéndase que se ha cumplido con informar el cumplimiento materia del artículo 1° de la presente disposición, a los Sectores del Gobierno Nacional, desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese.GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 170249-1AGRICULTURA Autorizan viaje de representantes de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado a República Popular China para participar en la II Ronda de Negociaciones para la firma de un TLC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2008-AG Lima, 28 de febrero de 2008 VISTO:El Facsímil Circular Nº 014-2008-MINCETUR/VMCE, de fecha 08 de febrero de 2008, del Viceministro de Comercio Exterior y el Ofi cio Nº 064-2008-AG-UAAM del Coordinador (e) de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado del Despacho Viceministerial del Ministerio de Agricultura, el Informe Nº 056-2008-AG-OGA-UCEP de la Unidad de Control y Ejecución Presupuestal; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la relación comercial entre el Perú y la República Popular China, se han iniciado negociaciones con miras a lograr un Tratado de Libre Comercio, habiéndose realizado la I Ronda de Negociaciones en la ciudad de Lima, del 20 al 23 de enero de 2008; Que, en la ciudad de Beijing, República Popular China, del 03 al 07 de marzo de 2008, se llevará a cabo la II Ronda de Negociaciones, para los grupos de Acceso a Mercados, Defensa Comercial y Reglas de Origen, entre otros; Que, conforme al cronograma establecido, en las mesas de Acceso a Mercados, Reglas de Origen y Defensa Comercial que sesionarán del 03 al 05, del 03 al 07 y del 06 al 07 de marzo de 2008, respectivamente, se tratarán temas que dado su tecnicismo o especifi cidad, requerirán sustentar sólidamente la posición del Sector en los compromisos que se acuerden en los proyectos de texto de negociación, de garantizar que sólo las mercancías que califi quen como originarias de las partes en el Acuerdo se benefi cien del tratamiento preferencial pactado entre ellas, y de asegurar que los intercambios comerciales entre ambas partes, particularmente para los productos agropecuarios, se desarrollen en un marco de prácticas leales; Que, con dicho propósito, mediante Facsímil Circular Nº 014-2008-MINCETUR/VMCE de fecha 08 de febrero de 2008, del Viceministro de Comercio Exterior y el Ofi cio Nº 064-2008-AG-UAAM del Coordinador (e) de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado del Despacho Viceministerial del Ministerio de Agricultura, se solicita la autorización de viaje para la participación de representantes del Ministerio de Agricultura en las citadas reuniones; Que, mediante Ofi cio Nº 072-20008-AG-DVM, del 18 de febrero de 2008, el Viceministro de Agricultura informa que en la citada Ronda de Negociación participarán los economistas César Armando Romero, Inés Fanny Santi Huaranca y Luz Irma Puelles De la Cruz, profesionales de la Unidad de Agronegocios y Acceso al Mercado; Que, en virtud a lo expuesto y considerando que la fi rma de un Tratado de Libre Comercio con China constituye uno de los objetivos y metas del gobierno, resulta de importancia para el país la participación de los citados funcionarios en la referida Reunión Comercial, a través de las Mesas de Acceso a Mercados, Defensa Comercial y Reglas de Origen; Que, de acuerdo al numeral 8.2 de la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se encuentran exceptuados de las medidas de austeridad los viajes que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, el Decreto Ley Nº 25902 – Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;