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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (29/02/2008)

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TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de febrero de 2008 367523 Conforman Grupo de Trabajo que se encargará de implementar el “Programa Informático del Sistema de Inspectoría del Sector Defensa - Primera Etapa” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2008-DE/SG Lima, 28 de febrero de 2008 Visto el Ofi cio Nº 072-MD-IG de fecha 18 de febrero de 2008; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a la Ley Nº 29075, Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE, la Inspectoría General es el órgano encargado de ejercer funciones de supervisión, análisis, investigación y evaluación de las actividades castrenses, operativas y disciplinarias que ejecutan los órganos y organismos del Sector Defensa; Que, por Ofi cio Múltiple Nº 003-MD-IG-K de fecha 31.01.08 el Despacho Ministerial pone a conocimiento del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de los Comandantes Generales de los Institutos Armados, de los Jefes de los Organismos Públicos Descentralizados y Directores de las empresas del sector; los “Lineamientos de Política Ministerial para el Sistema de Inspectoría del Sector Defensa”; Que, en el marco de sus atribuciones y de las políticas referidas en el párrafo precedente, el Inspector General, a través del documento del Visto ha solicitado la conformación de un Grupo de Trabajo que tendrá como función principal implementar el “Programa Informático del Sistema de Inspectoría del Sector Defensa”, a fi n de optimizar el enlace entre las Inspectorías Generales, el mismo que en su primera etapa comprenderá a los Institutos Armados; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a los funcionarios que integrarán el Grupo de Trabajo referido en el párrafo precedente; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29075, Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica del Ministerio de Defensa; y, el Decreto Supremo N° 001-2008-DE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Conformar el Grupo de Trabajo que se encargará de implementar el “Programa Informático del Sistema de Inspectoría del Sector Defensa – Primera Etapa”, el mismo que estará presidido por el Vicealmirante (r) Carlos TUBINO Arias SCHREIBER, Inspector General del Ministerio de Defensa, e integrado de la siguiente manera: MINISTERIO DE DEFENSA- Coronel FAP Mario ALEJOS TORRES, Jefe de Integración y Desarrollo de Sistemas de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística. - Coronel FAP Francisco LIZARZABURU RECHKEMMER, Jefe de la Ofi cina de Inspecciones de la Inspectoría General. - CPC Cecilia PRICE ESPIRITU, Inspector. - Bach. Cont. Arturo SANTILLANA CORRO, Inspector.- Ing. Adolfo GAZZO VEGA, Jefe de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística. - Sr. Edgar RICALDI SAYAS, Administrador de Redes de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística. EJÉRCITO PERUANO- Crl Inf. EP Mario BOMBILLA MAZUELOS, Jefe de Planeamiento de la Inspectoría General. - Tte Crl Com EP Leicester CORDOVA SANDOVAL, Sub Director de Desarrollo de la Dirección de Telemática. - Cap Com EP Freddy MENENDEZ REATEGUI, Jefe del Departamento de Desarrollo de Sistemas. - Tte Com EP Renan FLORES FLORES, Jefe de la Sección de Telemática de la Inspectoría General.MARINA DE GUERRA - C de C AP Jair Mahidei ZANABRIA Rodríguez, Ofi cial del Departamento de Inspecciones de la Inspectoría. - C de C AP Luis Enrique GARCIA BARRIONUEVO, Jefe del Departamento de Seguridad e Información de la Dirección de Telemática. - T1 PDA AP Lucio Angel POMA SANTIBAÑEZ, Departamento de Seguridad e Información de la Dirección de Telemática. - T3 PDA AP Juan Alfredo MIGUEL HILARIO, Departamento de Evaluación de Inspectoría. FUERZA AÉREA- Cor FAP Adolfo Martin PACCHIONI NORIEGA, Inspector de Informática de la Inspectoría General. - Com FAP Hugo Ricardo ALVIAR CALLE, Jefe del Departamento de Informática de la Dirección de Telemática. - Com FAP Cesar Augusto BRUZZO RAMOS, Jefe del Departamento de Sistemas del Servicio de Informática. - May FAP Jorge ABANTO SARNIQUE, Jefe del Departamento de Soporte Técnico del Servicio de Informática. - Ten FAP Katia VENANCIO CHACON, Departamento de Sistemas. Artículo 2º.- El Grupo de Trabajo que se nombra con la presente Resolución, culminará el encargo en un plazo de 90 días calendario. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 170268-6 ECONOMIA Y FINANZAS Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de enero de 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 138-2008-EF/15 Lima, 27 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, modifi cada por la Ley N° 28323, se establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el Artículo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, establece que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los titulares de las concesiones mineras pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, los Artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, los Artículos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, sus normas modifi catorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinación de la Regalía Minera; Que, con base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante el Ofi cio Nº 004-2008-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, según el Ofi cio Nº 070-2008-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Ofi cio Nº 097-2008-SE-DGPU/DEEI, la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera; Que, el numeral 8.2 del Artículo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo