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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2008 (15/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de julio de 2008 376139 y sostenido benefi cio para las generaciones actuales, pero que mantenga su potencialidad para satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones futuras. La conservación es positiva y abarca la protección, el mantenimiento, la utilización sostenible, la restauración y la mejora del entorno natural. La conservación de los recursos vivos está relacionada específi camente con las plantas, los animales y los microorganismos, así como con los elementos inanimados del medio ambiente de los que dependen aquéllos. 9 Conservación Ex-situ : Conservación de componentes de la Diversidad Biológica fuera de sus hábitats naturales. 9Conservación In-situ : Conservación de los ecosistemas y los hábitats naturales y el mantenimiento y recuperación de poblaciones viables de especies en sus entornos naturales y, en el caso de las especies domesticadas y cultivadas, en los entornos en que se hayan desarrollado sus propiedades específi cas. 9Cupo de Exportación: En el marco de la CITES, un cupo anual de exportación es un límite sobre el número o la cantidad de especímenes de una determinada especie que puede exportarse de un país en un periodo de 12 meses. Es un instrumento de gestión que se utiliza para garantizar que las exportaciones se mantienen a un nivel no perjudicial (sostenible) para la población nacional de la especie, en base al dictamen de extracción no perjudicial del medio silvestre para las especies del Apéndice I y II elaborado por la Autoridad Científi ca CITES, garantizando que la especie se mantiene en toda su área de distribución a un nivel compatible con su función en el ecosistema en que ocurre. 9Ecosistema: Es un complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos y su medio no viviente que interactúan como una unidad funcional. 9Enfoque Ecosistémico: Estrategia para la gestión integrada de tierras, extensiones de aguas y recursos vivos por la que se promueve la conservación y utilización sostenible de modo equitativo, existiendo doce (12) principios para su aplicación: 1. La elección de los objetivos de la gestión de los recursos de tierras, hídricos y vivos debe quedar en manos de la sociedad; 2. La gestión debe estar descentralizada al nivel apropiado mas bajo; 3. Los administradores de ecosistemas deben tener en cuenta los efectos (reales o posibles) de sus actividades adyacentes y en otros ecosistemas; 4. Dados los posibles benefi cios derivados de su gestión, es necesario comprender y gestionar el ecosistema en un contexto económico; 5. A los fi nes de mantener los servicios de los ecosistemas, la conservación de la estructura y el funcionamiento de los ecosistemas debería ser un objetivo prioritario del enfoque por ecosistemas; 6. Los ecosistemas se deben gestionar dentro de los límites de su funcionamiento; 7. El enfoque por ecosistemas debe aplicarse a las escalas espaciales y temporales apropiadas; 8. Habida cuenta de las diversas escalas temporales y los efectos retardados que caracterizan a los procesos de los ecosistemas, se deberían establecer objetivos a largo plazo en la gestión de los ecosistemas; 9. En la gestión debe reconocerse que el cambio es inevitable; 10. En el enfoque por ecosistemas se debe procurar el equilibrio apropiado entre la conservación y la utilización de la diversidad biológica, y su integración; 11. En el enfoque por ecosistemas deberían tenerse en cuenta todas las formas de información pertinente, incluidos los conocimientos, las innovaciones y las practicas de las comunidades científi cas, indígenas y locales; y 12. En el enfoque por ecosistemas deben intervenir todos los sectores de la sociedad y las disciplinas científi cas pertinentes. 9Manejo: Gestión, planifi cación y ejecución de acciones, que conducen o guían hacia el cumplimiento de metas y objetivos planteados. Por consiguiente, el manejo se refi ere a la toma y ejecución de decisiones tendientes a obtener resultados deseados. En cualquier caso, solamente habrá manejo cuando las decisiones y acciones estén vinculadas a metas u objetivos que se quieren lograr. 9Rendimiento de la Madera: Determinación del coefi ciente resultante de la relación del volumen de los productos de madera obtenidos entre el volumen de madera empleada, expresado en porcentaje. 9Valor Agregado: Grado de procesamiento que incrementa el valor de un determinado producto a partir de transformación primaria. 9 Transformación Primaria: Procesos de transformación de productos forestales maderables, incluidos en la siguiente relación: a. Aserrío de madera en rollo, escuadrado de trozas, reaserrado, desmenuzado, chipeado, laminado y producción de pre-parquet. b. Elaboración de postes, vigas, cuartones, durmientes tablas, listones y maderas dimensionadas, y otros productos similares de madera. c. Producción y envasado, de leña y de carbón vegetal d. Fabricación de embalajes no estandarizados de maderas, tales como cajones, jabas y similares para transporte de productos. 9Producto Forestal Terminado: Producto forestal que no requiere de más procesamiento para su uso fi nal. 226337-6 Designan Subgerente de Agronegocios y Mercado de la Gerencia de Producción y Transformación Agraria del PRONAMACHCS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0584-2008-AG Lima, 14 de julio de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174-2007- AG de fecha 27 de mayo del 2007 se encargó a Renzo Zegarra Morán, las funciones inherentes al cargo de Subgerente de Agronegocios y Mercado (Plaza Nº 109), de la Gerencia de Producción y Transformación Agraria del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográfi cas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS, del Ministerio de Agricultura; Que, por necesidades del servicio se ha considerado pertinente dar por concluida la referida encargatura de funciones, procediendo a designar a la persona que desempeñará el cargo de Subgerente de Agronegocios y Mercado (Plaza Nº 109), de la Gerencia de Producción y Transformación Agraria del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográfi cas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS, del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura a Renzo Zegarra Morán, de las funciones inherentes al cargo de Subgerente de Agronegocios y Mercado (Plaza Nº 109), de la Gerencia de Producción y Transformación Agraria del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográfi cas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS, del Descargado desde www.elperuano.com.pe