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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2008 (15/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de julio de 2008 376142 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 104-2008-MINCETUR Lima, 14 de julio de 2008CONSIDERANDO:Que, en el marco del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífi co (APEC), se llevarán a cabo en la ciudad de Hangzhou, República Popular China, del 2 al 6 de agosto de 2008, las reuniones de los miembros de ABAC durante la Tercera Reunión del Consejo Consultivo Empresarial de APEC (ABAC 3), evento en el que se hará el seguimiento a las discusiones sobre la Integración Económica Regional en el Foro APEC así como al trabajo de los miembros de ABAC; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, ejerce la representación del Perú en las instancias comerciales del APEC y en las reuniones del Comité de Comercio e Inversión de APEC (CTI); por cuya razón es de interés institucional la participación de un representante del MINCETUR en las reuniones de negociaciones antes señaladas, con el fi n de que los intereses nacionales sean refl ejados en las discusiones de ABAC, sobre todo en los temas relacionados con la integración económica regional y los estudios referidos a los Acuerdos de Libre Comercio (FTAs) y los Acuerdos Regionales de Comercio (RTAs) y su vinculación con el cumplimiento de las metas relacionadas a la liberalización del Comercio en el Asia Pacífi co, adoptadas en Bogor; Que, por tales razones y dado que el Perú preside el Foro APEC del presente año, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Nathan Daniel Nadramija Nieva, profesional que presta servicios en dicho Viceministerio, a la ciudad de Hangzhou, para que en representación del MINCETUR asista a las reuniones antes mencionadas; Que, la Ley N° 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 29142 antes citada, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Nathan Daniel Nadramija Nieva, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Hangzhou, República Popular China, del 31 de julio al 08 de agosto de 2008, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en las reuniones a las que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 974,96 Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00Tarifa CÓRPAC : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 226335-4 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile y Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 645-2008 DE/SG Lima, 30 de junio del 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 484 de fecha 12 de mayo de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, el año 2007, se llevó a cabo en la ciudad de Valparaíso – Chile, la V Reunión de Estados Mayores y XX Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú, en la que se estableció la realización de la próxima Reunión entre Estados Mayores en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 21 al 25 de julio de 2008, para participar en la VI Reunión de Estados Mayores y XXI Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de DefensaDescargado desde www.elperuano.com.pe