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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2008 (15/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 15 de julio de 2008 376153 del Ministerio del Interior recepcionó la hoja de trámite número 2008-4613-E/SG MIN del 21 ENE2008, que contiene el Oficio N° 0050-2007-PJ-JMH-2S que remite copia certificada de la Sentencia N° 21 de fecha 18 de diciembre del 2007 que falla declarando FUNDADA la demanda, en consecuencia, se ordena que el Ministerio del Interior y la Dirección General de la Policía Nacional del Perú otorgue el grado de Mayor PNP con fecha primero de enero de mil novecientos noventa y nueve, y el grado de Comandante PNP a partir del primero de enero del dos mil tres al demandante JOSE MIGUEL PALACIOS CAYCHO, además se le indemnice económicamente por los daños y perjuicios ocasionados desde el diecisiete de julio de mil novecientos noventa y siete al dieciocho de febrero del dos mil; y la Resolución N° 22 de fecha 16 de enero del 2008 que declara consentida la Sentencia; en tal sentido, la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior se abstuvo de interponer recurso impugnatorio correspondiente al no haber sido emplazo según lo establecido en los artículos mencionados en el párrafo precedente, motivo por el cual, al haberse puesto en estado de indefensión al Ministerio del Interior se configura una real y grave violación del debido proceso y al derecho de legitima defensa, como derecho s fundamentales prescritos en la Constitución Política del Estado. Que, en ese sentido cuando se demanda al Ministerio del Interior representado en la persona del Ministro del Sector, sale en defensa del tal entidad estatal, la Procuraduría Pública a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, de conformidad a lo prescrito en el Artículo 32° del D.S. Nº 004-2005- IN - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, así, se tiene que el citado articulo del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior señala que es esta Procuraduría Pública es la encargada de asumir la defensa del Ministerio del Interior ante los órganos jurisdiccionales, exceptuándose, conforme lo señala la citada norma, a lo relativo a la Policía Nacional del Perú cuya defensa esta a cargo de su correspondiente Procuraduría Pública. Que, el perjuicio causado por el no emplazamiento del escrito de la demanda, demás resoluciones dictadas dentro del proceso y la Sentencia, deja al Ministerio del Interior en imposibilidad de poder ejercer su derecho de defensa, lo que afecta gravemente el acceso a la tutela jurisdiccional efectiva y el debido proceso, por lo tanto, se debió ser emplazar al Ministerio del Interior y el Órgano de Defensa Judicial que asume el patrocinio legal del Sector del Interior, es decir, la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior. Que, resulta de los actuados la existencia de una clara e irrefutable violación al derecho de defensa del Ministerio del Interior y evidente violación al debido proceso, por lo que en el presente caso resulta procedente autorizar al Procurador Público a interponer las acciones legales que sean necesarias a fi n de que se deje sin efecto dicha resolución judicial que vulnera derechos con rango y contenido constitucional. De conformidad con la Ley N° 29158 — Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 17537, Ley de Representación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales; el texto único ordenado del Decreto Legislativo N° 370 - Ley del ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en representación y en defensa de los intereses del Estado interponga la acción civil de Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, contra las resoluciones judiciales dictadas por el Juez Mixto de Huancané, Néstor TORRES ITO, en el proceso seguido por el Capitán PNP JOSE MIGUEL PALACIOS CAYCHO, contra el Ministerio del Interior y otros sobre Proceso Contencioso Administrativo. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente resolución y demás actuados administrativos a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior 226295-2 Designan representantes titular y alterno del Ministerio del Interior ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0595-2008-IN Lima, 14 de julio del 2008CONSIDERANDO:Que, el artículo 1° de la Resolución Suprema N° 234-2001-JUS del 01 de junio de 2001, estableció la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario, como órgano consultivo de carácter Multisectorial del Poder Ejecutivo, la cual está integrada entre otros, por un representante del Ministerio del Interior; Que, el artículo 6° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario — CONADIH, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 240-2001-JUS del 23 de julio de 2001, establece que los sectores e instituciones que integran la CONADIH deberán designar a sus representantes titulares y alternos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0585-2007- IN-0103 del 08 de agosto de 2007, se designó a la señora abogada Gisselle Emperatriz Canales Becerra, Secretaria Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, como representante titular del Sector ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH, y como representante alterno al Comandante Cuerpo Jurídico de la Policía Nacional del Perú Gustavo Adolfo BOTETANO VILLAFUERTE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0862-2007- IN del 30 de octubre de 2007, se dio por concluida la designación de la abogada Gisselle Emperatriz Canales Becerra, en el cargo público de confi anza de Secretaria Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Ministerio del Interior; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1 del artículo 17° de la ley N° 27444- Ley del procedimiento administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales a la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto hecho justifi cativo para su adopción; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación de la señora abogada Gisselle Emperatriz CANALES BECERRA, como representante titular, y del Comandante Cuerpo Jurídico de la Policía Nacional del Perú Gustavo Adolfo BOTETANO VILLAFUERTE, como representante alterno del Ministerio del Interior ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario — CONADIH y designar nuevos representantes; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-IN; Descargado desde www.elperuano.com.pe