TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de julio de 2008 376707 Artículo 9.- Refrendo La presente Resolución Suprema deberá ser refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Relaciones Exteriores, por el Ministro de Agricultura y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 230712-2 Inscriben a la Mancomunidad Municipal Mochica - Chimú en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 042-2008-PCM/SD Lima, 21 de julio de 2008VISTOS: El Oficio s/n del 10.07.2008 – Registro N° 18701, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdo de Concejo Nº 158-2008-MPT, Acuerdo de Concejo Nº 038-2008-MDE, Acuerdo de Concejo Nº 137-2008-M.D.M., Acuerdo de Concejo Nº 093-2008-MDVLH, Acta de Constitución y Estatuto aprobados por los Alcaldes de las Municipalidades que integran la “Mancomunidad Municipal Mochica – Chimú”, y el Informe Nº 025-2008-PCM-SD/MIRA. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley N° 29029 establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo señalar su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016- 2008-PCM, se abrió el Registro de Mancomunidades Municipales y se aprobó su reglamento, estableciéndose los requisitos para solicitar la inscripción de éstas; Que, mediante el ofi cio de vistos, los Señores Alcaldes de las Municipalidades Provincial de Trujillo y Distritales de La Esperanza, Moche y Víctor Larco Herrera, de la misma provincia, en el Departamento de La Libertad, solicitan la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Mochica – Chimú”; Que, el Informe Técnico de vistos, contiene información sobre análisis interno de las municipalidades; aspecto legal, poblacional, educativo, de salud; identifi cación de problemas comunes, potencialidades y utilidad; y se señalan las recomendaciones para constituir la Mancomunidad Municipalidad, que en su conjunto justifi can la viabilidad técnica; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Provincial de Trujillo y Distritales de La Esperanza, Moche y Víctor Larco Herrera, aprueban el Informe Técnico de Viabilidad y la constitución de la “Mancomunidad Municipal Mochica – Chimú”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Mochica – Chimú”, aprobado por los Alcaldes de las Municipalidades que integran la Mancomunidad, mediante Acta de Constitución de vistos, señala como fi nes de la misma: a) Implementación del Centro de Competitividad Empresarial, para el desarrollo de la pequeña y micro empresa industrial; b) Proyecto de seguridad ciudadana integral; c) Conservación y puesta en valor del patrimonio monumental y cultural y de las áreas naturales protegidas, Proyecto Huacas del Sol y La Luna, Proyecto Huaca El Dragón, Proyecto Huaca Arco Iris, Proyecto Área de Conservación Regional Cerro Campana; d) Desarrollo industrial y agroindustrial, que vinculado a la actividad agropecuaria y la agro exportación, presenta grandes perspectivas en base al desarrollo agrícola de alta tecnología, en torno al Proyecto Chavimochic; e) Proyecto de sofocación de incendios y control de siniestros; f) Sistema de información de la mancomunidad, como importante herramienta para una gestión moderna, efi ciente y transparente, basado en la aplicación de tecnologías de información y comunicación; g) Implementación del mercado mayorista pesquero; h) Construcción del Terminal Terrestre; i) Implementación del Parque Zonal Metropolitano; j) Implementación de la Planta de Reciclaje de residuos sólidos; k) Proyecto de defensas ribereñas y construcción de malecones turísticos; l) La prestación de servicios y la ejecución de obras; m) La instalación y sostenimiento de un servicio común de apoyo; n) Se promoverá e impulsará el desarrollo económico y social de las municipalidades mancomunadas; o) Promocionar y ejecutar proyectos de desarrollo sostenible; p) Ejecutar acciones, convenios y proyectos conjuntos entre las municipalidades mancomunadas; q) Elaborar, gestionar, promover e implementar proyectos ante entidades nacionales e internacionales, públicas y/o privadas, que busquen y auspicien el desarrollo económico, productivo, social y cultural; pudiendo para ello gestionar recursos fi nancieros, humanos y técnicos ante distintas fuentes en concordancia con las normas vigentes sobre la materia; r) Procurar mejores niveles de efi ciencia y efi cacia en la gestión de los gobiernos locales a través del cumplimiento de las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información; propiciando la participación ciudadana, la modernización de la gestión municipal y los procesos de integración y desarrollo económico y local; y s) Desarrollar e implementar planes y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades, asistencia técnica e investigación tecnológica en convenio con universidades, institutos superiores y otras entidades educativas públicas y privadas; Que, asimismo, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Mochica – Chimú”, contiene información sobre denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto, funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, condiciones para la admisión, renuncia y separación de sus miembros, requisitos para su modifi cación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la solicitud de inscripción, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Mochica – Chimú”, se ha cumplido con los principios, los objetivos y los requisitos establecidos en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 29029, y con lo dispuesto en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, acorde con el Informe Nº 025-2008-PCM-SD/ MIRA, procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Mochica – Chimú”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad Municipal Mochica – Chimú”; integrada por las Municipalidades Provincial de Trujillo y Distritales de La Esperanza, Moche y Víctor Descargado desde www.elperuano.com.pe