Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (01/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de junio de 2008 373268 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Acuerdos Nºs. 448, 449 y 450-2008/GRP-CR.- Exoneran de procesos de selección la adquisición de bienes y contratación de servicios por situación de emergencia en el Gobierno Regional de Piura 373282 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE R.A. Nº 0265.- Nombran Auxiliar Coactiva de la Municipalidad 373288MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO D.A. Nº 007-2008-A/MDC.- Disponen la celebración de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito 373288 R.A. Nº 161-2008-A/MDC.- Designan Auxiliar Coactivo de la Municipalidad 373289 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOLOCO Acuerdo Nº 005-2007-MDS/PCH/R.AMAZONAS.- Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de alquiler de maquinaria pesada para ejecución de obra de mejoramiento de trocha carrozable 373289 PODER EJECUTIVO DEFENSA Crean el Diploma al Mérito del Ministerio de Defensa en memoria del “General de División Enrique López Albújar Trint” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 484-2008-DE/SG Lima, 23 de mayo de 2008CONSIDERANDO:Que, el artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2008-DE, de fecha 02 de enero de 2008, señala que la Misión del Sector es formular y ejecutar la política de Defensa Nacional para el cumplimiento de los mandatos que la Constitución Política y las leyes asignan al Sector, a través de la modernización y fortalecimiento institucional; la formación, califi cación y entrenamiento de los recursos humanos; la renovación y optimización de los recursos materiales; todo ello sobre la base de los principios de convergencia e interoperabilidad, efi ciencia y transparencia administrativa y el respeto al Estado de Derecho; Que, el Ministerio de Defensa recibe, de muchas personas e instituciones, un apoyo invalorable para el cumplimiento de su misión; Que, es necesario crear un Diploma mediante el cual el Ministerio de Defensa acredite el reconocimiento al apoyo y colaboración de dichas personas e Instituciones; Que, el sustento y mérito en virtud del cual se confi ere el otorgamiento del Diploma constará en una Resolución Ministerial; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 29075- Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2008-DE de fecha 02 de enero de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Créase el Diploma al Mérito del Ministerio de Defensa, en memoria del “GENERAL DE DIVISIÓN ENRIQUE LÓPEZ ALBÚJAR TRINT”, quien fuera el primer Ministro de Defensa del Perú. Artículo 2°- El Diploma al Mérito “GENERAL DE DIVISIÓN ENRIQUE LÓPEZ ALBÚJAR TRINT”, se otorga a las personas e instituciones que por su apoyo y colaboración al cumplimiento de la misión del Sector Defensa, se hagan acreedoras del mismo, a criterio del Ministro de Defensa Artículo 3°.- El diploma tiene el siguiente texto:DIPLOMA AL MÉRITO “GENERAL DE DIVISIÓN ENRIQUE LÓPEZ ALBÚJAR TRINT” El Ministro de Defensa del PerúOtorga el presente diploma de reconocimiento a , en testimonio al invalorable apoyo y colaboración al cumplimiento de la misión del Sector Defensa. Lima, de de Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 207349-1 ECONOMIA Y FINANZAS Sustituyen el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del IGV e ISC, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modificatorias DECRETO SUPREMO N° 071-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 61° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF y normas modifi catorias, por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se podrá modifi car las tasas y/o montos fi jos, así como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV; Que, resulta conveniente modifi car el Nuevo Apéndice III del citado TUO; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 61° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; DECRETA: Artículo 1°.- Sustituyen el Nuevo Apéndice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo Sustitúyase el Nuevo Apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Descargado desde www.elperuano.com.pe